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¿Qué impuestos paga una empresa en España?

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Si tienes o quieres crear una empresa deberás conocer qué impuestos paga una empresas en España. Las obligaciones con Hacienda son numerosas en el sistema tributario español, y en algunos casos varían según comunidades autónomas.

Leyendo este artículo aprenderás:

¿Qué impuestos paga una empresa española?

En un primer lugar, tenemos que diferenciar los impuestos destinados a gravar a las empresas en dos tipos: impuestos directos e indirectos. Los impuestos directos son aquellos que gravan la posesión o generación de riqueza (es decir, pagan por lo que tienen en caja o han ingresado). Por otro lado, los impuestos indirectos son aquellos que gravan el consumo (es decir, del uso que se hace con esa riqueza generada).

Además de impuestos directos e indirectos, encontramos otras tres clasificaciones relativas a la distribución u organización territorial:

  • Impuestos estatales: principalmente, Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), el Impuesto sobre Sociedades (IS), el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
  • Impuestos autonómicos: varían por región y los veremos más adelante, pero en la página específica del Ministerio de Hacienda y Función Pública puedes encontrarlos todos.
  • Tributos locales: impuestos, tasas y contribuciones.

Tipos de impuestos para empresas según categoría

Ahora que podemos diferenciar entre estas dos categorías (impuestos directos e indirectos; y por ámbito territorial), podemos resumir todos los impuestos que gravan a las empresas:

  • Impuestos directos estatales: Impuesto de la Renta sobre las personas físicas o IRPF (solo para autónomos); Impuesto sobre Sociedades (IS).
  • Impuestos indirectos estatales: Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA); aduanas e impuestos especiales de gestión estatal.
  • Impuestos directos de las comunidades autónomas: Impuesto sobre sucesiones y donaciones.
  • Impuestos indirectos de las comunidades autónomas: Impuesto sobre transmisiones y actos jurídicos documentados; impuestos especiales de gestión autonómica.
  • Impuestos directos locales: Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE); Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI); Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM); impuestos sobre construcciones y obras.
  • Impuestos indirectos locales: Impuesto sobre el incremento de valor de bienes de naturaleza urbana; tasas y licencias.

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Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

Como su nombre indica, el IAE grava la actividad económica de personas físicas y jurídicas. Se aplica tanto a autónomos como a empresas, sea su actividad artística, económica o profesional. El IAE se abona de manera anual y cuenta con una excepción para todos ellos: aquellos autónomos o empresas cuyo volumen neto de negocio esté por debajo del millón de euros están exentos de pagar el IAE.

Esté exenta o no, la empresa o el autónomo deben darse de alta en el IAE utilizando los modelos 036 o el modelo 037. En nuestro blog puedes encontrar el listado de epígrafes del IAE en función de la actividad.  Este es uno de los factores que determina la retención de IRPF que autónomos y empresas deben aplicar en sus facturas.

Impuesto sobre Sociedades (IS)

Todas las empresas que o bien residan en nuestro país, o bien se crearon en España, o bien tienen la sede o domicilio social aquí, están obligadas a pagar el Impuesto de Sociedades (IS). Es un impuesto directo que grava la renta de todas las sociedades (limitadas, civiles, anónimas o cooperativas) y entidades jurídicas con sede en territorio español.

Es un impuesto equiparable al IRPF, pero dirigido a las empresas. Se declara anualmente, aunque el pago se realiza de forma fraccionada a lo largo de tres plazos durante el ejercicio. Los tipos impositivos son: un tipo general del 25 %; tipos especiales reducidos entre los que se encuentra el 15 % para empresas de nueva creación o cooperativas fiscalmente protegidas, con un tipo impositivo del 20 %.

💡 Contamos con un artículo específico para los Modelos 200, 202 y 220, aquellos relativos al Impuesto de Sociedades, donde podrás encontrar toda la información relativa a este gravamen:

  • Modelo 202: Este modelo sirve para hacer el pago fraccionado del impuesto de sociedades.
  • Modelo 220: Este modelo se dirige a aquellos grupos de sociedades que cumpliendo la definición de grupo fiscal recogida en el artículo 67 del TRLSA, opten por aplicar este régimen de tributación

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Tanto ciudadanos como empresas tienen que pagar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), pues grava el consumo de bienes y servicios. Precisamente por eso es un poco complejo, a pesar de ser el más conocido. Este impuesto se aplica en Península y Baleares, y en las islas Canarias cuentan con un impuesto que sustituye al IVA: se trata del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC).

Podemos encontrar dos tipos de IVA y diferentes clasificaciones. Si comenzamos por su tipología, nos encontramos con lo siguiente: el IVA repercutido (impuesto que las empresas recaudan cuando venden sus productos o servicios) y el IVA soportado (impuesto que las empresas pagan en las transacciones con sus proveedores).

En cuanto a los diferentes tipos IVA, estos son:

  • IVA general: 21 % para cualquier bien o servicio en España.
  • IVA reducido: 10 %, destinado a alimentación, transportes, venta de nuevos inmuebles, agua, agricultura, ganadería y algunos productos y servicios médicos. Puedes encontrar el listado completo aquí.
  • IVA superreducido: 4 %, contemplado para productos de primera necesidad, como son medicamentos, libros y algunos alimentos (pan, harina, leche…).

Para declarar el IVA, lo haremos a través de los siguientes Modelos:

  • Modelo 303: Uno de los más importantes es el modelo de autoliquidación del IVA  trimestral, donde se informa del IVA que se ha cobrado a los clientes y se ha pagado a los proveedores, por tanto, es la diferencia entre el IVA de compras y el IVA de ventas.

Impuestos regionales u autonómicos y locales

Ya hemos visto el IVA, el IAE y el IS, que como dijimos al principio, son impuestos de carácter estatal. Y aunque ya citamos también la página web oficial de Hacienda donde se recogen todos los diferentes tributos regionales, cabe decir que cada uno de ellos puede variar enormemente respecto de otros de otras comunidades.

La fiscalidad autonómica en nuestro país cuenta con 85 impuestos propios en 2021, 3 más que el ejercicio anterior. Según ‘Expansión’, esto supone un quebradero de cabeza para los empresarios, además de una barrera para la inversión exterior.

Además, en cuanto al Impuesto de Sociedades (IS), los porcentajes a pagar por las empresas son cambiantes en todo el territorio nacional. Por ejemplo, el País Vasco y Navarra son dos de las comunidades autónomas con un margen más alto en este tributo: las pymes tributan más de lo que ganan (entre el 50,31 % y el 50,97 %) y la cifra es mucho más alta para las grandes empresas (63 % de margen bruto). Por el contrario, el extremo contrario está en Aragón y Castilla-La Mancha, con un 49,5 % para las pequeñas y medianas empresas, y un 61,5 % para las grandes empresas.

En el ámbito local, los impuestos que deben abonar las empresas aparte del IAE, giran en torno a estos cuatro grupos: Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (vehículos de empresa); Impuesto por construcciones y obras; Impuestos de bienes inmuebles – IBI (inmuebles en propiedad); y por último, las tasas municipales (licencias de apertura, agua, luz, residuos urbanos, etc.).

Impuestos especiales y medioambientales

En nuestro país existe una categoría llamada impuestos especiales y que tienen que ver, por ejemplo con el gravamen destinado a la importación, fabricación y/o introducción en el territorio español de determinadas actividades (alcohol y bebidas alcohólicas e hidrocarburos), así como la matriculación de determinados puestos de transporte, el suministro de energía eléctrica y la puesta a consumo de carbón.

Por otro lado, en España también existen impuestos medioambientales: Impuesto sobre la producción y almacenamiento de combustible nuclear y residuos radiactivos; Impuesto sobre el valor de la extracción de gas, petróleo y condensados; Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica; Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Mencionamos en la clasificación de todos los impuestos el IRPF, que está relacionado con las personas –todos los residentes en España- y no con las empresas (sí con los autónomos). Sin embargo, las empresas y autónomos han de retenerse en sus facturas un 15% (un 7% en los dos primeros años de actividad) y declarar este IRPF retenido.

Tienes toda la información para autónomos sobre IRPF en nuestro blog (por ejemplo cómo rellenar el modelo 130 para autónomos), pero hoy centramos nuestra atención en las empresas. Para ellas, tienen que declarar su IRPF retenido con estos dos modelos:

  • Modelo 111: para retenciones en nóminas o en las facturas de profesionales.
  • Modelo 115: para retenciones en el pago de facturas de alquiler de inmuebles.

Cotizaciones a la Seguridad Social

Por último, tenemos que tener en cuenta las cotizaciones a la Seguridad Social. Según un estudio de la consultora EY y el think tank francés Instituto Económico Molinari, reflejado en ‘El Economista’, cada euro que acaba en las manos de los trabajadores en concepto de sueldo, les cuesta a las empresas 1,69 €.

En esa cantidad se incluyen 0,41 euros por aportaciones a la Seguridad Social, 0,20 euros en el Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas (IRPF) y otros 0,09 euros por la aportación del empleado a la Seguridad Social. En nuestro blog puedes encontrar un artículo sobre cuánto cuesta contratar a un trabajador, que ahonda en esta temática.

En resumidas cuentas, las cotizaciones a la Seguridad Social ocupan una buena parte de lo que una empresa debe destinar al pago de sus impuestos generales.

Modelos Tributarios anuales a tener en cuenta

En España tenemos otros Modelos Tributarios, a parte de los ya comentados, muy importantes para las empresas. Regulación de alquileres, de operaciones intracomunitarias, y otras acciones de las cuales la Agencia Tributaria exige notificación. Te explicamos los más importantes a tener en cuenta:

  • Modelo 347: Modelo informativo de carácter anual que sirve para informar de la suma de operaciones realizadas con un cliente o proveedor superiores a 3005,06€.
  • Modelo 349: Que necesitarás en caso que tu empresa realice operaciones intracomunitarias, es decir, servicios, entregas o adquisiciones que se realizan fuera de España, pero dentro de la Unión Europea.

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VALIDADO POR

Roger Dobaño - CEO Quipu

Roger es CEO y Fundador de Quipu, un software en la nube que lleva +10 años ayudando a autónomos, pymes y asesorías a digitalizar su operativa precontable. A raíz de una mala experiencia como autónomo, Roger se propuso crear un programa que acompañara a los empresarios a lidiar con la administración.

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