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Modelo 200 aeat: Qué es, cuándo se presenta y cómo rellenar paso a paso.

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Si acabas de aterrizar en nuestro blog buscando aclararte con el Modelo 200 sobre el impuesto de sociedades, has llegado al lugar correcto.

Asi aún no sabes exactamente qué es el impuesto de sociedades, cómo se calcula y las diferencias sobre los modelos 200, 202 y 220 te recomendamos leer el artículo del enlace en donde lo detallamos todo.

En el siguiente artículo aprenderás:

Modelo 200: Impuesto sobre Sociedades

Primero de todo, debes saber que el Impuesto de Sociedades (IS) es un impuesto directo que grava sobre las rentas obtenidas por las empresas y demás personas jurídicas. En otras palabras, es un impuesto que se aplica sobre los beneficios que obtienen las empresas.

Para ver más en detalle e información puedes ver el siguiente artículo completo en donde se detalla quién está exento, tipos impositivos y ampliamos información sobre los modelo 202 y 220.

Diferencias entre Impuesto de Sociedades e IRPF

Cuando la renta o ingresos los obtiene una persona física, el sistema tributario español establece que se deben declarar estos ingresos con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, esto es el IRPF.

En cambio, cuando la renta es obtenida por una persona jurídica, ya sea una sociedad, asociación o entidad, o bien sea un ente sin personalidad jurídica, como los fondos de pensiones o de inversiones, etc, será la misma entidad o personalidad jurídica quien tenga la obligación de tributar mediante la presentación del Impuesto de Sociedades.

❗️Por tanto, la gran diferencia entre ambos impuestos reside en el ente que recibe la obtención de renta y que debe tributar. El IRPF grava sobre las personas físicas y el impuesto de sociedades, sobre sociedades y demás entidades jurídicas. En ambos casos, deben tener residencia en nuestro país.

El IS debe tenerlo en cuenta cualquier autónomo que haya creado una sociedad, sobre todo sociedades limitadas y sociedades unipersonales.

Modelo 200: cuando se presenta en la Agencia Tributaria

Para todas aquellas empresas en que su ejercicio económico corresponde con el año natural, deberán presentar el modelo 200 antes del 25 de julio. Se trata de un impuesto que no tiene los mismos plazos para todos los contribuyentes, sino que dependerá de la fecha en que acabe su periodo impositivo y no necesariamente coincidir con el año natural.

Recuerda que si tienes dudas sobre los plazos de tus presentaciones, puedes consultar el calendario fiscal 2023 y agendar todas las fechas.

💡 Por lo tanto, para saber cuándo tendrás que presentar el modelo 200 a la AEAT, debes calcular 6 meses posteriores al cierre del periodo impositivo. Aunque, con carácter general, suele coincidir como fecha máxima, el 25 de julio.

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Quién debe presentar el modelo 200

Están obligados a presentar este modelo aquellas entidades con residencia en territorio español y entidades que tengan personalidad jurídica propia, tales como:

  • Sociedades Mercantiles: Anónimas (SA), de Responsabilidad Limitada (SL), Colectivas, Laborales, etc.
  • Sociedades Estatales, Autonómicas, Provinciales y Locales.
  • Agrupaciones de Interés Económico
  • Fondos de Inversión Inmobiliaria (FII)
  • Uniones temporales de empresas
  • Fondos de Capital Riesgo (VC)
  • Fondos de Pensiones

Excepciones: Quién está exento de presentar el modelo 200

No estarán obligadas a presentar el Impuesto sobre Sociedades las entidades declaradas totalmente exentas y las entidades parcialmente exentas (si no cumplen los tres requisitos de volumen, rentas exentas e irpf).

❗️DATO CLAVE: Tendrás que presentar el modelo aunque no se haya tenido actividad durante el pasado ejercicio. Y de que hayas obtenido o no rentas sujetas al impuesto.

Instrucciones para rellenar el Modelo 200

PÁGINA 1

Periodo Impositivo

En este apartado, indicarás la fecha de inicio y de cierre del período impositivo por el que presentas la declaración.

Identificación del declarante

Este espacio está reservado para la etiqueta identificativa que te ha tenido que facilitar la Agencia Tributaria previamente.

Si no tienes las etiquetas mencionadas, en su defecto lo podrás sustituir por una fotocopia de la Tarjeta del Número de Identificación Fiscal y se consignarán los datos del declarante en los apartados correspondientes del impreso.

Ejercicio

En esta casilla anotarás el número 1, 2 ó 3 según ya establece la AEAT para identificar tu el ejercicio económico de la entidad:

  1. Ejercicio económico de 12 meses de duración, que coincide con el año natural.
  2. Ejercicio económico de 12 meses de duración, que no coincide con el año natural.
  3. Ejercicio económico de duración inferior a 12 meses.

ANEXO I

Código CNAE – Qué es y cómo obtenerlo.

Cada declarante debe rellenar este apartado según el que le corresponda por aquellas actividades con mayor volumen de operaciones.

Declaración complementaria

Debes marcar con una “X” la casilla de declaración complementaria siempre que se haya presentado, por el mismo período impositivo, una declaración previa. En caso de marcar la casilla, en esta declaración complementaria debe constar el número de justificante de la declaración anterior a la que complementa. Esto se puede encontrar en el documento de ingreso o devolución.

Firma del declarante

Por último, deberás indicar la fecha y la firma como declarante o su representante.

Documentación complementaria para Impuesto de Sociedades

Documentación complementaria que se tiene que presentar junto con el modelo 200 a la Agencia Tributaria:

  1. Balance y cuenta de pérdidas y ganancias.
  2. Justificación de los impuestos satisfechos respecto de la renta positiva que deba ser incluida en la base imponible
  3. Comunicación de inversiones anticipadas así como del sistema de financiación de la entidad, cuando se hayan realizado con cargo a dotaciones futuras a la reserva para inversiones en Canarias.

Cómo presentar el modelo 200

La presentación electrónica es obligatoria para todos los contribuyentes del Impuesto. Ya no es posible la presentación en papel en ningún supuesto, y debe ser firmada por la persona o personas que figuren como representante legal de la entidad.

En los casos en que la empresa tenga más de un representante, deberán firmar el número necesario de apoderados que tengan la potestad suficiente para actuar en nombre de la entidad.

Modelo 200: Tipos impositivos

La reforma de la LIS modificó el apartado correspondiente a los tipos de gravamen aplicables. En este sentido, el tipo de gravamen general ha pasado del 30% al 25% para los períodos impositivos que inicien a partir del 1 de enero de 2016.

En lo que respecta a las entidades creadas a partir del 1 de enero de 2015, el tipo pasa a ser del 15% para el primer período impositivo en que obtengan una base imponible positiva y el siguiente.

Y el tipo impositivo por mantenimiento o creación de empleo queda fijado al 25% para los períodos impositivos iniciados dentro del año 2015, independientemente del importe de la base imponible.

Descargar Modelo 200 pdf

A continuación te dejamos el archivo del modelo 200 para descargar, rellenar y presentar telemáticamente en la Agencia Tributaria

Artículo de interés sobre el Impuesto de Sociedades

Te recomendamos también leer el siguiente artículo en el que explicamos cómo afecta el Impuesto de Sociedades a los diferentes tipos de empresas, tanto el modelo 200 como el modelo 202 o el 220.


Foto del autor

VALIDADO POR

Roger Dobaño - CEO Quipu

Roger es CEO y Fundador de Quipu, un software en la nube que lleva +10 años ayudando a autónomos, pymes y asesorías a digitalizar su operativa precontable. A raíz de una mala experiencia como autónomo, Roger se propuso crear un programa que acompañara a los empresarios a lidiar con la administración.

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