Toca cerrar el trimestre y desgravar todos los tickets y facturas de gasto. Es posible que te hayas dado cuenta de que tienes muchos tickets en tu cartera y no sabes seguro si el IVA es deducible. Pero, ¿conoces las diferencias entre un ticket o factura? Te dejamos un super artículo donde explicamos las diferencias.
Como siempre, en nuestro blog queremos facilitarte las gestiones del día a día y hemos preparado una lista con todos aquellos gastos que puedes desgravar.
Leyendo este artículo aprenderás:
Qué es desgravar el IVA
Desgravar significa que podremos deducir parcial o totalmente el impuesto, la tasa u otra carga que recaiga sobre ciertos productos, según lo que establece la Administración. Debemos distinguir entre los gastos a efectos de IRPF y los que reducen el IVA, que no siempre coinciden.
Y podrá aplicarse la deducción del importe de un producto siempre y cuando:
- Esté vinculado a tu actividad económica.
- Tengas documentos que justifiquen el gasto, ya sean tickets o facturas, y deberás guardarlos durante 5 años.
- Siempre que esté registrado en tu contabilidad – libro de IVA.
Finalmente todo esto vendrá del IVA soportado. Recuerda que hay dos tipos:
- Soportado (o deducible): derivado de tus compras de bienes o servicios.
- Devengado (o repercutido): el que cobras a tus clientes.
Entonces, los autónomos obligados a presentar trimestralmente la liquidación del IVA, deben reflejar en su declaración la diferencia entre el impuesto repercutido y el soportado. Si ha ingresado de más, Hacienda la devuelve.
Un fotógrafo, por ejemplo, puede desgravarse el 21% del IVA de una cámara de foto que use para trabajar. Pero si intenta hacerlo con material para esquiar, es muy posible que hacienda sospeche y te haga una inspección. Por ello, recuerda SOLO puedes deducirte los gastos “afectos a la actividad económica”.

¿Qué puedo desgravar?
Una vez tengas claro todo esto, las cosas más básicas que puedes deducir serán:
Material de trabajo
- Un ordenador o la herramienta de trabajo que uses.
- Artículos de papelería y oficina: bolígrafos, papel, libretas, agendas…
- Tarjetas de visita, material de difusión, etc.
Otros gastos
- Gasolina: la que usas para ir a trabajar, visitar un cliente, etc… Pero cuidado, ya que determinados vehículos, como los catalogados para el transporte de mercancías sí que permiten deducir el gasto del combustible y el IVA correspondiente. Pero en los demás casos, solo podrás deducir el 50% del IVA del coche y de los gastos que conlleva sin dar más explicaciones a la Agencia Tributaria. Y para el IRPF, esto cambio. No se puede aplicar el -50%. O se usa al 100% para la actividad o nada.
- Dietas: siempre que sean durante tu horario de trabajo.
- Software de trabajo, por ejemplo, el programa de facturación de Quipu, ya que ayuda en tu gestión de administración y trabajo de tu negocio.
QUIPU TIP: En el artículo ‘Gastos deducibles cómo autónomo‘ puedes encontrar hasta 35 ejemplos de gastos a deducir, con todo lujo de detalles.
Qué no desgrava
Los tickets de compras en el supermercado, bares, o ropa (siempre que la profesión lo justifique) no son deducibles. Como tampoco lo son las multas y las sanciones, los donativos, incluso los gastos vinculados con paraísos fiscales.
Éstos son los gastos más comunes entre profesionales autónomos y pymes. A partir de aquí, podrás seguir desgravando todo aquello que cumpla las tres características fundamentales explicadas anteriormente.
Recuerda que para justificar los gastos deducibles, no debes convencer a tu amigo o tu gestor, deberás convencer eventualmente a Hacienda si te hacen una inspección. Si dudas en algún momento sobre si puedes desgravar algún gasto, piensa: En caso de inspección, ¿podré justificar que tiene relación directa con mi actividad laboral?
Recordad que si usas el programa de facturación de Quipu os muestra cada trimestre el IVA a recibir y el IRPF a liquidar. Y si tienes cualquier duda, contacta con nosotros y pregunta directamente. ¡Estaremos encantados de ayudarte! No olvides suscribirte a nuestra newsletter para estar al día de todas las novedades.
Te puedes desgravar de pagar una comunión o boda?
Hola Laura,
Lo siento pero una comunión o boda no es desgravable.
Un saludo
Hola tengo una casa rural y una discapacidad auditiva. Podría meter en gastos unos audífonos. Sin ellos no puedo hablar por teléfono ni recibir a los clientes. Un saludo y muchas gracias
Hola M Jose,
Por definición no ya que no está vinculado a la actividad en si, sino a una necesidad tuya.
Aún así, siempre puedes volver a consultar con Hacienda mismo.
Saludos,
BUENOS DÍAS
SOY AUTÓNOMO. COMO PUEDO DESGRAVAR LOS CONSUMOS PROPIOS Y DE MI FAMILIA Y QUE ADQUIERO EN MI NEGOCIO? DEBO HACERME FACTURAS A MI MISMO?
GRACIAS
Hola,
Con las facturas de gasto de turno, como cualquier otro gasto.
Saludos,