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Deducción de las dietas de autónomo: ¿es posible?

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El tema de las dietas del autónomo siempre ha sido algo controvertido, porque la regulación ha cambiado en varias ocasiones, y la cuestión sigue sin estar del todo clara para muchas de las personas que trabajan por cuenta propia. Que, ante la duda, prefieren pasar por alto una deducción a la que sí tienen derecho y que se puede practicar de forma totalmente legal si se cumplen una serie de requisitos.

¿Qué son exactamente las dietas en el caso de un autónomo? ¿Es este un gasto desgravable a la hora de presentar las declaraciones trimestrales? Vamos a resolver todas estas dudas, así que no te pierdas nuestro artículo.

En este artículo aprenderás:

¿Qué son las dietas de los autónomos?

A efectos fiscales, una deducción es un beneficio fiscal. Una cantidad que, por disposición legal expresa, se puede reducir de la cantidad de impuestos que hay que pagar.

En el caso de los autónomos, la regla general nos dice que estos se pueden deducir aquellos gastos que sean necesarios para el ejercicio de su actividad económica. Por ejemplo, la compra de material para la oficina. Pero, ¿qué ocurre con las dietas?

Se entiende por dietas del autónomo esas cantidades que el profesional gasta para comer (entendido esto en un concepto amplio, puede ser un desayuno, una comida o una cena) cuando está trabajando.

Lo vemos más claro con dos ejemplos:

  • Ramón es abogado, tiene su despacho en Madrid y se ha desplazado a Cuenca para asistir a un cliente en un juicio. El día de la vista, Ramón come en un restaurante antes de poner rumbo de vuelta a casa, esto tiene la consideración de dieta. De hecho, si el letrado espera a llegar a Madrid y al hacerlo come en un restaurante, también es una dieta desgravable.
  • Ramón está trabajando en su despecho. Como se le ha hecho tarde para ir a casa a comer, pasa por un supermercado y compra un sándwich y unas patatas fritas. Esto no es una dieta, porque el profesional no está haciendo el gasto en un establecimiento de hostelería.

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¿Qué Ley regula las dietas de los autónomos?

La Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo (2018) fue la encargada de regular este tema, a fin de intentar equilibrar un poco más la situación de los autónomos con la que tienen los asalariados cuando tienen que viajar por trabajo.

En el caso de un asalariado, cuando este tiene que estar fuera de su lugar habitual de trabajo, su empresa le compensa. Además de correr la organización con los gastos del viaje, le paga unas dietas para que el empleado no tenga que gastar su propio dinero en cubrir gastos básicos como comer o cenar.

En el caso de los autónomos, no existía tal protección. Si un profesional tenía que pasar el día fuera, corría con todos los gastos sin tener derecho a ningún tipo de beneficio.

Con la legislación de 2018, se permite a los autónomos deducirse los gastos realizados en las dietas. De esta forma, tendrán que pagar después menos impuestos. Con lo cual, acaban ahorrando dinero.

¿Los autónomos se pueden deducir las dietas?

En realidad, la legislación no habla de dietas como tal, sino que es un poco más generalista en este tema y hace referencia a los gastos de manutención. Esto incluye las comidas y el alojamiento. Por tanto, las dietas son un gasto deducible, porque se encuadran dentro del concepto más general de gastos de manutención.

Lo importante en este caso es tener en cuenta que no se puede deducir la cantidad total gastada, existen una serie de límites regulados en la Ley del IRPF.

EspañaExtranjero
Sin pernoctar26,67 € al día48,08 € al día
Con pernoctación53,34 € al día91,35 € al día
Tabla límites deducibles dietas autónomos

Retomemos el ejemplo de Ramón, el abogado que está en Cuenca para asistir al juicio de un cliente. Lo que pague por el hotel y por las comidas que haga mientras está en esta ciudad, tendrá la consideración a efectos fiscales de gasto deducible. Siempre y cuando se cumplan los requisitos que luego veremos, y no se supere el límite diario de desgravación.

¿En qué impuestos son las dietas deducibles?

El artículo 96 de la Ley del IVA señala que los gastos por desplazamiento o viajes, hostelería y restauración, son deducibles a efectos de este impuesto cuando también lo sean en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Por tanto, el importe de las dietas del autónomo se aplica como deducción en su declaración trimestral de IRPF, y lo que se ha abonado en concepto de IVA por el servicio de alojamiento o restauración se puede deducir en la correspondiente declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido.

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Requisitos para que las dietas sean deducibles

Para que las dietas del autónomo sean deducibles, tienen que cumplirse una serie de requisitos. Si falla alguno de ellos, Hacienda podrá oponerse a la deducción practicada y realizar el ajuste correspondiente mediante liquidación que llevará aparejada un recargo.

  • El autónomo tiene que estar dado de alta en el régimen de estimación directa del IRPF (normal o simplificada).
  • El gasto debe estar relacionado con la actividad.
  • Tiene que realizarse dentro del horario habitual de trabajo y en día laborable. Los gastos realizados en festivos o fines de semana pueden llegar a ser deducibles, pero Hacienda los revisa mucho más para evitar fraudes.
  • El pago debe hacerse por medios electrónicos, para que pueda quedar constancia de la gestión realizada, el día y la hora.
  • El autónomo tiene que solicitar al proveedor del servicio que expida una factura a su nombre y conservarla durante cuatro años. No basta con un mero ticket.
  • Si el gasto es en una comida, cena o desayuno, debe hacerse en un establecimiento de hostelería o restauración.
  • La cantidad deducida no puede exceder del límite permitido por la Agencia Tributaria.
  • El gasto debe quedar registrado en la contabilidad y ser correctamente imputado al período impositivo al que pertenece.

La deducción de las dietas del autónomo no es tan complicada cuando conocemos los límites y los requisitos. Ahora que lo tienes claro, no dejes pasar por alto deducciones a las que tienes todo el derecho.


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VALIDADO POR

Roger Dobaño - CEO Quipu

Roger es CEO y Fundador de Quipu, un software en la nube que lleva +10 años ayudando a autónomos, pymes y asesorías a digitalizar su operativa precontable. A raíz de una mala experiencia como autónomo, Roger se propuso crear un programa que acompañara a los empresarios a lidiar con la administración.

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