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Factura sin IVA: cuándo y cómo hacerla

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Es probable que tengas claro que emitir facturas es un trámite obligatorio para todo aquel que desarrolle actividad comercial, o que hay datos de una factura que son obligatorios y otros que, aunque son opcionales, pueden venirte pero que muy bien.  Sin embargo, es posible que no sepas que hay casos en los que algunos de los datos obligatorios no lo son tanto, ya que habrá situaciones en las que debas hacer una factura sin IVA.

¿Cómo es esto posible? ¿Es legal la emisión de una factura sin IVA? Hoy venimos a contarte todo lo que debes saber sobre este tipo de documentos, qué los diferencia de las facturas tradicionales, en qué casos son válidas las facturas emitidas sin IVA y cómo hacerlas.

En este artículo aprenderás:

¿Qué son las facturas exentas de IVA?

El IVA es un tributo que los vendedores cobran a los clientes y que se retiene para ser devuelto después a la Agencia Tributaria trimestralmente. En España existen distintos tipos de IVA en función del producto o servicio con el que se comercia, aunque también hay ciertas actividades que están exentas de este trámite.

Las facturas exentas de IVA son aquellas que, a pesar de recoger una actividad comercial que en condiciones normales estaría gravada con el Impuesto sobre el Valor Añadido, están liberadas del mismo bajo el amparo de la ley.

Eso sí, un empresario no puede decidir por sí mismo si añadir o no el IVA a sus facturas, ya que la exención de IVA va ligada a actividades comerciales muy concretas. Es decir, solo podemos proceder a la emisión de facturas sin IVA si la actividad laboral a la que nos dedicamos está dentro de las contempladas por la ley para ello.

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Diferencia entre factura exenta y no sujeta a IVA

Es normal confundir los conceptos de factura exenta y factura no sujeta a IVA porque el resultado aparente de ambos casos es el mismo: la no inclusión del IVA en una factura de compra-venta. Sin embargo, hay diferencias de base entre ambos tipos de factura que hacen que convenga conocer los porqués de ambas situaciones:

  • Una factura exenta de IVA recoge una venta de productos o servicios que, en condiciones normales, estaría gravada con un porcentaje extra correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido. Sin embargo, en estos casos la ley ampara una exención y el IVA aplicado es del 0%, por lo que no forma parte de los elementos de la factura que en cualquier otro caso serían obligatorios.
  • Por su parte, una factura no sujeta a IVA recoge una transacción que, según la ley, no debe ser grabada con el Impuesto sobre el Valor Añadido. Dicho de otro modo, no hay cancelación alguna por parte de la Administración, sino que directamente no se cumplen las condiciones para aplicar dicho impuesto.

Entre las facturas exentas de IVA encontramos las correspondientes al alquiler de viviendas o los servicios de carácter formativo. En cuanto a facturas no sujetas a IVA, un buen ejemplo es la compra-venta de objetos de segunda mano siempre y cuando se desarrolle de forma puntual.

¿Cuándo emitir una factura sin IVA?

Ahora que conoces la diferencia entre las facturas exentas de IVA y las facturas no sujetas a IVA, toca ver cuándo puedes hacer cada tipo de factura sin IVA con total normalidad y, más importante aún, con perfecta validez legal.

Existen dos tipos de situaciones en los que este tipo de documento está admitido: cuando la legislación así lo recoge en su normativa y en las facturas intracomunitarias, que incluyen este tributo como IVA soportado e IVA repercutido a la vez.

Actividades exentas de IVA

Tal y como ya hemos explicado, las actividades comerciales exentas de IVA lo son porque la legislación lo ampara. Concretamente, la ley 37/1992, de 28 de diciembre, recoge cerca de una treintena de actividades exentas de IVA, por lo general relacionadas con el ámbito social, formativo o sanitario, que están exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido:

  • Actividades sanitarias y médicas
  • Actividades tanto sociales como deportivas o culturales
  • Servicio postal universal
  • Actividades formativas tanto en centros públicos como privados
  • Actividades financieras y relacionadas con los seguros
  • Ciertas actividades profesionales como la pintura artística o la escritura
  • Actividades relacionadas con servicios a cargo de partidos políticos
  • Determinadas actividades inmobiliarias

Actividades no sujetas a IVA

La misma ley 37/1992, de 28 de diciembre, en su artículo 7, recoge el tipo de operaciones comerciales que no están sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido:

  • La venta de una parte de una compañía que pueda funcionar como un negocio por sí misma.
  • Tampoco están sujetas a IVA las entregas de muestras con fines promocionales, ya sean en formato físico o mediante la prestación de servicios gratuitos a modo de demostración.
  • La entrega de merchandising promocional siempre que no supere los 90€ de valor.
  • Ciertas actividades de autoconsumo, como la entrega de uniformes a los empleados.
  • Los servicios prestados en una cooperativa, o entre cooperativas.
  • Las nóminas de los empleados no están sujetas al IVA.
  • Tampoco están sujetas al IVA las actividades en las que damos dinero a título de contraprestación.

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¿Cómo hacer una factura sin IVA?

Eliminar un dato tan importante como el IVA de una factura podría parecer algo muy complicado de hacer, pero nada más lejos de la realidad, ¡lo cierto es que para emitir una factura sin IVA basta con no incluir el impuesto y listo!

De todos modos, hemos preparado una breve guía paso a paso para que no tengas ninguna duda sobre la emisión de facturas sin IVA.

Paso 1: Introducir todos los datos obligatorios, ¡salvo el IVA!

Lo normal es que uno de los datos obligatorios de una factura sea su tipo impositivo, el porcentaje de IVA aplicado en cada venta. Pues bien, en la emisión de facturas sin IVA hay que añadir exactamente los mismos elementos, únicamente descartaríamos este impuesto.

Elementos que deben estar presentes en una factura sin IVA:

  • La palabra factura, la numeración de la factura y su serie, de ser necesaria.
  • La fecha de emisión de la factura y, aunque no es obligatorio, conviene negociar también una fecha de validez.
  • Datos fiscales tanto del emisor como del receptor de la factura.
  • El concepto de lo facturado, entre lo que se incluyen una descripción del producto o servicio, su cantidad y su precio unitario.
  • La base imponible, el precio del producto sin impuestos ni descuentos.
  • En esta ocasión, en el tipo impositivo nos olvidamos del IVA. Habría que reflejar, eso sí, el IRPF si corresponde.
  • También debe figurar el importe total de la factura, la cantidad que deberá pagar el cliente por los productos o servicios facturados.
  • Por último, de ser necesario, hay que incluir la información del registro mercantil.

Paso 2: Indicar el tipo de factura sin IVA que es

Tan sencillo como identificar, en el apartado de impuesto del documento, si se trata de una factura sin IVA por estar exenta del Impuesto sobre el Valor Añadido, o si bien estamos ante una factura no sujeta al IVA.

Paso 3: Ampliar información sobre por qué es una factura sin IVA

Este paso es obligatorio para que la Agencia Tributaria otorgue validez legal a una factura sin IVA, así que no podemos olvidarlo. Hay que dejar bien claro en el documento por qué dicho documento puede entrar en el grupo de las facturas emitidas sin IVA, justificando así por qué la compraventa en cuestión está exenta o no sujeta a este impuesto.


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VALIDADO POR

Roger Dobaño - CEO Quipu

Roger es CEO y Fundador de Quipu, un software en la nube que lleva +10 años ayudando a autónomos, pymes y asesorías a digitalizar su operativa precontable. A raíz de una mala experiencia como autónomo, Roger se propuso crear un programa que acompañara a los empresarios a lidiar con la administración.

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