Hay tres grupos distintos de libros que necesitas llevar al día para la actividad de tu empresa. Tres legislaciones – fiscal, mercantil y contable- son las que regulan las requisitos de cada libro y su normativa.
En este artículo aprenderás:
- ¿Cuáles son los libros mercantiles?
- ¿Cuáles son los libros fiscales obligatorios?
- ¿Cuáles son los libros contables?
- Esquema de los libros obligatorios para empresas
- Presentación de los libros en formato electrónico
¿Cuáles son los libros mercantiles?
Este tipo de libros son los que, básicamente, recogen acuerdos entre socios, juntas generales, etc. Específicamente necesitaremos:
Libro de actas
Como su nombre indica es el libro que recoge el acta de las diferentes reuniones, acuerdos, previsiones, votaciones…además, se tendrán que apuntar aspectos más formales como los asistentes, las fechas, el lugar, etcétera para que ubicar cada decisión empresarial.
Libro de registro de socios, sociedad o acciones
En este libro se registra la identidad de cada uno de los socios, su participación en la empresa y todos los cambios que puedan haber en éstas. Estos libros serán de una categoría u otra dependiendo del tipo de sociedad que llevemos a cabo:
Libro de registro de socios
Se utiliza para sociedades de responsabilidad limitada (SL), sociedades limitadas laborales (SLL), que son aquellas donde gran parte del capital es aportado por los trabajadores- y sociedades de garantía recíproca (SGR), empresas que facilitan el acceso a créditos a pymes.
Libro de registro de la sociedad
Para sociedades de responsabilidad limitada unipersonal (SLU) donde se tienen que registrar los acuerdos a los que se llega.
Libro de registro de acciones nominativas
Este libro debe ser utilizado por las sociedades anónimas (SA), sociedades anónimas laborales (SAL) y sociedades comanditarias por acciones, siempre que tengan las sociedades a su nombre.
¿Cuáles son los libros fiscales obligatorios?
Todas esas empresas que facturen con IVA, deberán tener, sin excepción su libro de IVA, en el que constarán:
- Libro de facturas emitidas: con todas las facturas que hayas creado para tus clientes.
- Libro de facturas recibidas: con todas las facturas de tus gastos de empresa.
- Libro de bienes de inversión: con todas las facturas de tus bienes de inversión.
- Libro de operaciones intracomunitarias: con todos los registros de las operaciones con clientes/proveedores de la Unión Europea.
Todos estos libros que no son más que un registro de movimientos de ingresos y gastos, un gestor de Quipu los rellena y presenta en segundos.
¿Cuáles son los libros contables?
Estos libros son todos los que recogen la información contable de la empresa. Específicamente necesitaremos:
Libro diario
Es el libro donde, como su nombre indica, se registra el día a día de todas las operaciones que tengan que ver con la empresa. Igualmente, según la ley, no es necesario actualizar todos los datos a diario, sino que es aceptado anotar el total de determinado tipos de operaciones, siempre y cuando, no sean de periodos superiores a tres meses.
Para rellenar esta libro se necesitan ciertos conocimientos contables y se elabora cada ejercicio económico que, normalmente, coincide con un año natural.
Libro de inventarios y cuentas anuales
Este libro recoge la situación de la empresa y su evolución, como mínimo de forma trimestral, a través de sumas y saldos. Además también debes hacer constar el inventario de cierre de ejercicio y las cuentas anuales. Estas cuentas anuales, contienen:
- Balance de situación con un informe sobre patrimonio empresarial.
- Cuenta de pérdidas y ganancias a través de un informe de ingresos, gastos y el balance final de ambos.
- La evolución y los cambios del patrimonio neto de la empresa.
- Una memoria del ejercicio que explique con detalle los apartados anteriores.
🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre qué es y para qué sirve el libro de facturas emitidas y recibidas te recomendamos que leas nuestro artículo.
Esquema de los libros obligatorios para empresas
Presentación en formato electrónico
Tal como informa el BOE, desde el 29 de septiembre de 2013 es obligatoria la presentación de los libros de empresas en formato electrónico y vía telemática en el Registro Mercantil. Además recuerda que tienes un máximo de 4 meses del cierre del ejercicio social para presentar los libros obligatorios.