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Kit Digital para comunidades de bienes: ¿qué es y cómo solicitar?

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¿Sabías que las comunidades de bienes también pueden cobrar las ayudas del Kit Digital? El Gobierno abrió este mes una nueva convocatoria para que las comunidades de bienes y otros negocios que hasta ahora estaban excluidos del programa también puedan acceder a el y digitalizar su actividad.

Las comunidades de bienes son la fórmula más frecuente que utilizan los autónomos para asociarse y trabajar en un mismo proyecto. Desde el pasado 12 de Septiembre, estos negocios también pueden solicitar el Kit Digital y obtener un bono de hasta 12.000 euros para crear su propia página web o instalar un programa de facturación electrónica a través de un agente digitalizador.

Si todavía no conoces cómo funciona la nueva convocatoria de Kit Digital para comunidades de bienes, quién puede acceder a ella o cuánto se cobra, sigue leyendo.

En este artículo aprenderás:

¿Qué es el Kit Digital para comunidades de bienes?

El Gobierno puso en marcha el pasado 12 de Septiembre una nueva convocatoria del Kit Digital enfocada esta vez a nuevos tipos de negocio que, hasta la fecha, no podían acceder a las ayudas.

Entre los nuevos beneficiarios del Kit Digital se encuentran las comunidades de bienes, la fórmula de negocio más habitual entre los autónomos que buscan asociarse para llevar a cabo un proyecto en común.

A día de hoy hay miles de trabajadores por cuenta propia que operan a través de comunidades de bienes y que desde este mes ya tienen derecho a solicitar las ayudas de Kit Digital y recibir un bono de hasta 12.000 euros.

La nueva línea de Kit Digital, que se puede consultar en este extracto del BOE, cuenta con un presupuesto de 100 millones de euros que se destinarán a pagar bonos digitales a todas las comunidades de bienes -y otras fórmulas de negocio, como las sociedades civiles- que cumplan los requisitos generales del programa y específicos de esta convocatoria.

Como novedad, esta cuarta convocatoria ya no distinguirá entre los beneficiarios por el tamaño de su plantilla sino por el tipo de negocio. De este modo, cualquier comunidad de bienes que cumpla las condiciones de las ayudas y tenga menos de 50 trabajadores a su cargo podrá optar a un bono de 2.000, 6.000 o 12.000 euros.

Con este cheque, las comunidades de bienes podrán acceder a los mismos servicios que todos los demás beneficiarios de las antiguas convocatorias como puede ser creación de una página web, instalación de un programa de facturación, implementación de un software de gestión de procesos y hasta de una herramienta de analítica y business intelligence.

Podrán implementar cualquiera de estas herramientas siguiendo los pasos para solicitar la ayuda que se detallan a continuación y contactando con un agente digitalizador como Quipu para que le preste el servicio que más se adapte a sus necesidades.

¿Qué autónomos pueden acceder a la nueva convocatoria de Kit Digital?

La nueva convocatoria de Kit Digital va destinada fundamentalmente a tres fórmulas de negocio habituales entre los autónomos y pequeños empresarios y que hasta ahora quedaban excluidas de las ayudas:

  • Comunidades de bienes
  • Sociedades civiles -con objeto mercantil o profesionales-
  • Explotaciones agrarias de titularidad compartida.

Los autónomos que están al frente de una comunidad de bienes o alguna de las demás formulas de esta convocatoria pueden acceder a las nuevas ayudas de Kit Digital.

Ahora bien, la cuarta convocatoria de Kit Digital excluye a determinados tipos de negocio, operen o no a través de comunidades de bienes, como :

  • Las personas físicas o jurídicas que sean agentes digitalizadores.
  • Las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios ni los autónomos colaboradores.
  • Las uniones temporales de empresas (UTE).
  • Las personas físicas o jurídicas que hayan obtenido la condición de beneficiarias en alguna de las Convocatorias del Programa Kit Digital.
  • Los Colegios profesionales, las sociedades civiles (con la excepción de las sociedades civiles con objeto mercantil y las sociedades civiles profesionales), las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.

🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre el Kit Digital para explotaciones agrarias o el Kit Digital para sociedades civiles te recomendamos que leas nuestro artículo específico.

Requisitos del Kit Digital para comunidades de bienes

La nueva convocatoria de Kit Digital cambia algunas condiciones aunque mantiene la mayoría de requisitos generales del Programa.

Como novedad, esta línea de ayudas ya no diferenciará entre los segmentos del Kit Digital, como las anteriores convocatorias, e incluirá a todas aquellas comunidades de bienes, sociedades civiles o explotaciones agrarias de titularidad compartida que tengan menos de 50 empleados.

Una vez cumplido este requisito, las comunidades de bienes con hasta 49 trabajadores deberán cumplir otros requisitos generales como:

  • No haber sido beneficiario del Kit digital en anteriores convocatorias.
  • Estar dado de alta en Seguridad Social y Hacienda con una antigüedad mínima de seis meses.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones con Hacienda y Seguridad Social.
  • No superar el límite de ayudas de mínimo.
  • Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital que se realiza a través del test de autodiagnóstico.

¿Cuánto pueden cobrar por el Kit Digital las comunidades de bienes?

Hasta ahora, el Kit Digital se había organizado en tres convocatorias. Cada una de ellas correspondía a un segmento: el primero para empresas de menos de 50 trabajadores y más de diez, el segundo para negocios entre tres y menos de diez empleados y el tercero para autónomos sin trabajadores o con menos de tres empleados.

El Programa de Kit Digital asignaba hasta la fecha un bono digital de diferente cuantía a cada uno de estos tres segmentos. Así, los negocios más grandes, del primer grupo, podrían cobrar 12.000 euros, las pymes del segundo segmento podían recibir un bono de 6.000 euros y los autónomos y microempresas más pequeñas, del tercer grupo, podían acceder a un cheque de 2.000 euros.

Como novedad, en esta cuarta convocatoria de Kit Digital se engloba a los tres segmentos y se permite acceder a cualquier comunidad de bienes, siempre que tenga menos de 50 empleados. Una vez realice el formulario, será Red.es la que determine a qué segmento pertenece y cuánto dinero le corresponde para invertir en digitalizar su empresa.

De este modo, habría tres posibles cuantías del cheque para las comunidades de bienes, dependiendo de cuántos empleados tengan a su cargo:

  • Comunidades de bienes con más de diez y menos de 50 empleados: se les asignará un bono digital de 12.000 euros
  • Comunidades de bienes con más de tres y menos de 10 empleados: se les asignará un bono digital de 6.000 euros
  • Comunidades de bienes con menos de tres trabajadores: se les asignará un bono digital de 2.000 euros.

¿En qué pueden gastar las comunidades de bienes el bono digital?

Las comunidades de bienes que cumplan todos los requisitos de la convocatoria y sigan los pasos para solicitar la ayuda a través del formulario, recibirán un bono de 2.000, 6.000 o 12.000 euros que deberán gastar en contratar a un agente digitalizador como Quipu que les preste uno de los servicios disponibles.

En esta nueva convocatoria, como en el resto, hay un catálogo de doce categorías disponibles a las que pueden optar las comunidades de bienes y que son las siguientes:

  • Factura electrónica: emisión y recepción de facturas por medios digitales, entre otras cosas. Por ejemplo, Quipu ofrece un software que también incluye otros servicios complementarios como la posibilidad de saber antes de tiempo cuánto IVA o IRPF se pagará en próximas declaraciones.
  • Gestión de procesos: automatización de distintos procesos como por ejemplo la gestión de las finanzas o la automatización de pagos y movimientos bancarios.
  • Business Inteligence y Analítica: análisis y explotación de los datos de la actividad para tomar mejores decisiones empresariales.
  • Sitio web y presencia básica en Internet: creación de una página web y aparecer en los resultados de búsqueda de Google.
  • Comercio electrónico: creación de una tienda para vender productos online, con pasarela de pago y carrito incluidos.
  •  Gestión de redes sociales: gestión y publicación por parte de un experto en las redes sociales del negocio.
  • Gestión de clientes: digitalización y seguimiento de la clientela y el impacto que tienen las distintas campañas de Marketing en las ventas.
  • Servicios y herramientas de oficina virtual: una plataforma para que los trabajadores colaboren entre ellos en el trabajo, pongan en común sus proyectos, etc.
  • Comunicaciones seguras: creación de una estructura de seguridad en las conexiones entre los dispositivos del empleado y la empresa.
  • Ciberseguridad: instalación de un programa para seguridad básica y avanzada para los dispositivos de los empleados de la empresa.
  • Presencia avanzada en Internet: prestación de un servicio para poner en marcha una estrategia avanzada de posicionamiento de la página web en los primeros resultados de Google, con técnicas sofisticadas de Marketing digital.
  • Marketplace: creación de una cuenta para que el negocio pueda empezar a vender sus productos en una plataforma online a la que acceden gran cantidad de usuarios para comprar.

Plazo de solicitud del Kit Digital para comunidades de bienes

La fecha límite de solicitud es uno de los plazos establecidos en el Programa de Kit Digital que deben tener muy en cuenta las comunidades de bienes.

En principio, las comunidades de bienes y demás fórmulas de negocios de la cuarta convocatoria -sociedades civiles y explotaciones agrarias de titularidad compartida- tienen, como el resto, hasta el próximo 31 de diciembre de 2024 para solicitar las ayudas.

Ahora bien, las comunidades de bienes deben tener en cuenta que forman parte de una convocatoria especial a la que se le ha asignado un crédito aparte en el Programa Kit Digital de sólo 100 millones de euros.

Y en el extracto del BOE donde se anuncia esta convocatoria, se deja claro que el plazo sólo durará hasta el 31 de Diciembre de 2024 si no se ha agotado antes el crédito. Por lo tanto, las comunidades de bienes y demás beneficiarios de esta nueva convocatoria deberían aprovechar y solicitar la ayuda para asegurarse de recibir cuanto antes el bono digital.

¿Cómo pueden solicitar el Kit Digital las comunidades de bienes?

El proceso para solicitar las ayudas de Kit Digital y hacerse con el bono es muy similar al de las anteriores convocatorias, solo que en este caso las comunidades de bienes deberán acceder a su convocatoria específica y rellenar un único formulario tengan los empleados que tengan.

Además, y como condición añadida, para las comunidades de bienes y demás formulas de negocio destinatarias que no estén constituidas en escritura pública será necesario que presenten un “modelo de representación legal” nombrando a un representante legal. Este modelo está disponible en la misma convocatoria.

Aparte de esto, los pasos para solicitar el Kit Digital para comunidades de bienes son los siguientes:

  • Crear una cuenta en Acelera Pyme con el NIF de la comunidad de bienes -no de los autónomos que operan en ella-.
  • Una vez esté dada de alta la cuenta, deberán completar el test de autodiagnóstico digital que es obligatorio y consta de sólo 13 preguntas básicas, con una duración estimada de unos 10 minutos.
  • Solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es, cumplimentando un formulario único independientemente del segmento al que pertenezcan. Este formulario está disponible en el siguiente enlace, donde se encuentra la cuarta convocatoria activa para comunidades de bienes y sólo tendrán que pinchar en “acceder al trámite”.

Una vez se les conceda el bono digital, que Red.es determinará si es de 2.000, 6.000 o 12.000 euros, las comunidades de bienes deberán consultar la información disponible de las soluciones de digitalización del programa Kit Digital, donde se podrá escoger una o varias de las que se indican en el catálogo que se puede ver en este enlace.

Cuando la comunidad de bienes haya recibido el cheque y decidido que solución quiere instalar en su negocio, deberá seleccionar uno o varios agentes digitalizadores como Quipu que le prestarán uno de los doce servicios para digitalizar su negocio.


Foto del autor

VALIDADO POR

Roger Dobaño - CEO Quipu

Roger es CEO y Fundador de Quipu, un software en la nube que lleva +10 años ayudando a autónomos, pymes y asesorías a digitalizar su operativa precontable. A raíz de una mala experiencia como autónomo, Roger se propuso crear un programa que acompañara a los empresarios a lidiar con la administración.

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