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El funcionamiento del IVA en las exportaciones

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Muchos empresarios y profesionales autónomos deciden llevar su negocio más allá de sus fronteras y dar el paso a vender en otros países. Además de un minucioso estudio de mercado y una estrategia de expansión, aquellos que decidan vender fuera de su país deberán conocer todos los detalles sobre cómo funciona el IVA en la exportación, un aspecto clave para la contabilidad de los negocios con proyección internacional.

¿Crees que ya sabes todo sobre el IVA en las exportaciones? Entonces quizá te sorprendamos en este post. Sigue leyendo y te contamos todo lo que necesitas saber sobre el IVA en las exportaciones.

En este articulo aprenderás:

¿Qué se considera una exportación en materia de IVA?

Si hablamos del IVA en la exportación primero hay que tener claro qué tipo de operaciones se consideran exportación y cuáles no, pues el tratamiento del IVA cambiará según esta consideración.

Por norma general, se considera una exportación al tráfico legítimo de productos y servicios desde un país hacia otro. Sin embargo, no todas las ventas entre distintos países se consideran exportaciones, esto es así porque algunos territorios cuentan con una economía común, como es el caso de la Unión Europea (UE), donde el IVA en las exportaciones es otro cantar. Para hablar de una exportación con todas las letras en materia de IVA, tendrá que ser una operación donde un producto o servicio sale fuera de la UE o a un país que no dispone de IVA, aunque sí que sea un Estado Miembro de la Unión Europea.

¿Qué Ley recoge el tratamiento del IVA en las exportaciones?

Existen muchos aspectos legales en relación al IVA en las exportaciones y en España todos ellos quedan recogidos en la Ley 37/1992, de 28 de Diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, también conocida como “Ley del IVA”. Este texto legislativo regula todo lo relacionado con el IVA en España, así como el tratamiento del IVA en la exportación.

Los aspectos relacionados con la gestión del IVA en la UE forman parte de un marco común que queda establecido en la Directiva Europea 2006/112/CE del Consejo, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido. Esta directiva se integra en las legislaciones de cada país de la UE y garantiza el buen funcionamiento del IVA a nivel intracomunitario.

🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre cómo funciona el IVA en las operaciones triangulares te recomendamos que leas nuestro artículo específico.

El IVA en las exportaciones a países de la UE

Aunque generalmente se considera exportación a la venta de productos o servicios a otro país, en el caso de las operaciones que se realizan dentro de la UE no van a ser consideradas técnicamente como una exportación. Esto es así porque la UE ha eliminado las “fronteras fiscales” entre sus Estados Miembros, lo que permite mayor flexibilidad del IVA en la exportación de productos y servicios y da lugar a un nombre más adecuado para estas actividades: operaciones intracomunitarias.

Por norma general, las operaciones intracomunitarias (entre países de la UE) están exentas de IVA, de forma que si un empresario español quiere vender productos a otra empresa situada en un país de la UE, este podrá hacerlo sin aplicar el IVA en su factura. Sin embargo, para hacer estas operaciones exentas de IVA hay que cumplir unos requisitos.

  • En primer lugar, es necesario inscribirse en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI). Para disfrutar de la exención del IVA en las exportaciones dentro de la UE todas las partes de la operación deben estar inscritas en este registro. 
  • Si ya estamos inscritos en el ROI entonces podemos obtener un número de IVA intracomunitario, lo que nos permitirá hacer operaciones intracomunitarias exentas de IVA. Si quieres saber cómo obtener este número no te pierdas nuestro artículo sobre qué es el número de IVA y cómo conseguirlo

🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre qué es el número de IVA y cómo conseguirlo te recomendamos que leas nuestro artículo específico.

Una vez que ya estamos dentro del ROI y tenemos un número de IVA para nuestras operaciones de compra-venta dentro de la UE, debemos informar de estas operaciones a Hacienda a través del modelo 349 de operaciones intracomunitarias.

El IVA en las exportaciones a países fuera de la UE

En las exportaciones a países fuera de la UE, también conocidas como operaciones extracomunitarias, no hay que incluir el IVA en las facturas de ventas. Esto es así porque las operaciones con países de fuera de la UE se consideran exportaciones y, según la Ley, la exportación de servicios y mercancías está exenta de IVA, una exención que se aplica en las ventas a otras empresas así como a particulares.

No obstante, los profesionales y empresarios que hagan este tratamiento del IVA en la exportación tendrán que informar de estas operaciones extracomunitarias a Hacienda a través del modelo 303.

¿Y qué pasa con el IVA soportado de las exportaciones fuera de la UE?

Además de no incluir el IVA en las facturas, existen otras ventajas relativas al IVA en las exportaciones para aquellos que hagan operaciones extracomunitarias. Aquellos profesionales y empresarios que cumplan unos requisitos podrán disfrutar también de la conocida como exención plena del IVA, lo que quiere decir que no sólo no se aplicará el IVA en la factura de venta, sino que además sí que se podrá deducir el IVA de las adquisiciones relacionadas con esa exportación. De esta forma, no se aplica el IVA en la factura de venta pero sí se puede recuperar el dinero por las compras necesarias para esa exportación, lo que es una clara ventaja para el negocio.

Los requisitos para hacer exportaciones a países fuera de la UE con exención plena de IVA son los siguientes:

  • Debe tratarse de una operación de venta acreditada ante la Agencia Tributaria correspondiente. 
  • Si la operación es una venta de mercancías, éstas tendrán un plazo de 30 días como máximo para salir del territorio comunitario (Unión Europea).
  • Además, los profesionales y empresas que realicen operaciones que impliquen gestión de transacciones en aduanas necesitarán también obtener el número EORI, clave para importaciones y exportaciones. 

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¿Vender a Canarias, Ceuta y Melilla también se considera exportación?

Efectivamente. La venta de productos y servicios a estos territorios se considera una exportación, pues se trata de localizaciones con una gestión distinta del impuesto. De esta forma, como se trata de una exportación, las operaciones de venta de productos y servicios destinados a estos territorios estarán exentas de IVA y, por tanto, no tenemos que incluirlo en la factura. En resumen: Canarias, Ceuta y Melilla tendrán el mismo tratamiento que cualquier otro país en lo que se refiere al IVA en la exportación.

🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre cómo funciona el IVA en las importaciones te recomendamos que leas nuestro artículo específico.

Ejemplos del tratamiento del IVA en exportaciones

Llegamos al final de este artículo sobre cómo funciona el IVA en las exportaciones y qué mejor que utilizar unos ejemplos para poner en contexto todo lo que hemos visto. Lo haremos atendiendo a los distintos tratamientos del IVA en exportación que hemos visto, aquellos relativos a operaciones intracomunitarias y los de operaciones extracomunitarias.

Supongamos que somos una empresa española que vende productos de artes gráficas para empresas y logramos expandir nuestro negocio en Francia. Si queremos vender nuestras artes gráficas a una empresa francesa, entonces estaremos ante una operación intracomunitaria. Si queremos que esta operación esté exenta de IVA (lo que supone una ventaja económica) solo podremos hacerlo si tanto nosotros (proveedores) como nuestro cliente francés estamos inscritos en el ROI y contamos con nuestro número de IVA, esencial para identificarnos como operadores intracomunitarios y disfrutar de la exención del IVA en la factura.

Ahora pongamos otro ejemplo y supongamos que queremos expandir nuestro negocio de artes gráficas más allá de las fronteras europeas y queremos vender también en países africanos. Si, por ejemplo, queremos vender una serie de rótulos gráficos a Argelia, el tratamiento del IVA en las exportaciones será ligeramente distinto. En este caso, la operación también estará exenta de IVA porque se trata de una exportación, por lo tanto no tendremos que incluir el IVA en la factura. Pero esa no es la única ventaja, ya que al ser una operación extracomunitaria nuestro negocio de artes gráficas podrá beneficiarse de la conocida como exención plena del IVA, con la que, además de no incluir el IVA en la factura, podremos deducirnos el IVA de las compras relacionadas con esa exportación (por ejemplo, el pago del transporte de la mercancía). No obstante, esto solo podemos hacerlo si cumplimos con los requisitos de estas operaciones, como que la operación esté acreditada por la Agencia Tributaria correspondiente, disponer de un número EORI y que la mercancía salga del territorio comunitario en un plazo máximo de 30 días.


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VALIDADO POR

Roger Dobaño - CEO Quipu

Roger es CEO y Fundador de Quipu, un software en la nube que lleva +10 años ayudando a autónomos, pymes y asesorías a digitalizar su operativa precontable. A raíz de una mala experiencia como autónomo, Roger se propuso crear un programa que acompañara a los empresarios a lidiar con la administración.

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