Blog » Laboral » Pensión mínima y máxima de los autónomos: ¿cuánto es?

Pensión mínima y máxima de los autónomos: ¿cuánto es?

Actualizado:

Los Presupuestos Generales del Estado (PGE) establecen unos topes mínimos y máximos que pueden cobrar los autónomos y demás pensionistas en sus principales prestaciones. Estos límites afectan a la mayoría de las pensiones que pueden percibir los trabajadores por cuenta propia.

Cada año, estos límites que pueden cobrar los autónomos van cambiando. Además, en ambos casos, los pensionistas tendrán que cumplir algunos requisitos tanto para acceder a la cuantía mínima como a la máxima.

En este artículo aprenderás:

¿Qué es la pensión mínima y máxima de los autónomos?

La pensión mínima y máxima son los topes que se establecen cada año y que limitan el importe que pueden cobrar los autónomos en sus principales prestaciones.

Cuando se habla de pensiones mínimas y máximas se suele hacer referencia a la pensión de jubilación, pero estas cuantías también pueden afectar a otras prestaciones como la Incapacidad Permanente e incluso la viudedad u orfandad.

Independientemente de cuánto tiempo hayan cotizado los autónomos a la Seguridad Social y la cuantía de sus bases, existen unos límites en las pensiones que no pueden sobrepasar.

Por un lado, la pensión máxima marca cada año el máximo que puede cobrar un autónomo por sus prestaciones. Aunque un trabajador por cuenta propia haya cotizado muchos años a la Seguridad Social por bases muy elevadas, hay un tope que en ningún caso podrá sobrepasar.

Del mismo modo pero a la inversa, cada año también se fijan las pensiones que, como mínimo, deberían cobrar los autónomos independientemente de cuál haya sido el importe de las bases por las que hayan cotizado durante toda su vida. Esto significa que aunque su pensión cuando se jubilen termine siendo de 400 o 500 euros, podrán acceder a un complemento para alcanzar una pensión superior.

Tu negocio controlado y ordenado

Con Quipu, la gestión de tu facturación es más fácil y simple que nunca.

Ver más

¿Cómo se establece la pensión mínima y máxima de los autónomos?

Las pensiones mínima y máxima se establecen anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) que suele entrar en vigor a comienzos de cada año. Esta norma establece el límite máximo y mínimo que pueden cobrar los pensionistas en cada una de sus prestaciones.

Por un lado, los presupuestos establecen una cuantía máxima que pueden cobrar los autónomos en cualquiera de sus pensiones. Aunque sus bases reguladoras den como resultado un importe superior al límite máximo, en ningún caso podrán sobrepasarlo.

Esto suele ocurrir con los autónomos que han cotizado toda su vida por bases muy cercanas a la máxima y que muchas veces acaban perdiendo una parte de la pensión que les correspondería porque sobrepasan este límite.

Por otro lado, los presupuestos también establecen los límites mínimos que pueden cobrar los autónomos. Si percibieran una pensión por debajo de esta cuantía podrían a acceder al llamado complemento mínimo para aumentar su prestación y alcanzar este importe.

Eso sí, para cobrar este complemento y acceder a la pensión mínima es necesario cumplir algunos requisitos, como tener bajos ingresos en el hogar y una determinada edad.

¿Cuál es la pensión mínima de los autónomos en 2023?

A diferencia de la pensión máxima, que es un único límite, la pensión mínima de los autónomos puede variar en función de la edad del pensionista, de su situación familiar y de la prestación a la que vaya a acceder.

Cada año hay tantas pensiones mínimas como prestaciones de los autónomos. Este límite se aplica a la jubilación o incapacidad permanente, pero también para viudedad, orfandad o favor de familiares.. Cada año, los Presupuestos Generales del Estado establece las tablas de cuantías mínimas para todas estas pensiones.

Pensión mínima de jubilación de los autónomos

En 2023, la pensión mínima de jubilación de los autónomos, tal y como aparece en la siguiente tabla puede ser de entre 765 euros, en caso de ser un pensionista sin cónyuge a cargo y de hasta 1.449 euros al mes, si el pensionista fuera un jubilado procedente de una prestación de gran invalidez y con cónyuge a cargo.

Como se puede ver en la tabla a continuación, las cuantías dependerán de:

  • Si el autónomo está cobrando la jubilación viniendo de percibir una prestación de gran invalidez o no.
  • Si el autónomo tiene cónyuge a cargo o no.

Pensión mínima de incapacidad permanente de los autónomos

En el caso de la pensión mínima por incapacidad permanente, la cuantía podría oscilar entre 692,5 euros y hasta 1.449 euros, aunque en este caso el límite mínimo dependerá de muchos más factores como:

  • Si es Incapacidad Permanente por gran invalidez, absoluta, total o parcial.
  • Si el pensionista tiene 65 años o más, o entre 60 y 64 años.
  • Si tiene cónyuge a cargo o no.

Pensión mínima de viudedad

La pensión de viudedad es otra de las prestaciones que están topadas a la baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), aunque en este caso no la cobrará el propio autónomo, sino su pareja.

La pensión mínima por viudedad oscila este año entre 593,9 euros al mes y 905,9 euros mensuales. La cuantía de esta prestación dependerá de varios factores como:

  • Si el pensionista tiene menos de 60 años, entre 60 y 64 o más de 65 años.
  • Si el pensionista tiene una discapacidad superior al 65% o no.
  • Si el pensionista tiene cargas familiares o no.

Otras pensiones mínimas de los autónomos

Por último, hay otras pensiones que pueden generar los autónomos y percibir sus familiares que también están topadas a la baja. Es el caso de la pensión de orfandad y la de favor de familiares.

La pensión mínima de orfandad que pueden cobrar los hijos de un autónomo será este año de 293,5 y 1.180 euros al mes, dependiendo sobre todo de si hay o no varios beneficiarios.

Por otro lado, la pensión por favor de familiares oscila este año entre 239,5 euros al mes y 578,5 euros al mes y dependerá fundamentalmente de la edad del perceptor y de si hay o no más de un beneficiario.

Requisitos para que un autónomo cobre la pensión mínima

La pensión mínima es un límite que establece la Ley de Presupuestos y que se alcanza a través del complemento de mínimos, una cantidad que se añade al importe de la pensión hasta llegar a las cantidades mínimas fijadas cada año.

Para cobrar este complemento y optar a cualquiera de las pensiones mínimas, los autónomos deberán cumplir algunos requisitos como:

  • Tener reconocida una pensión cuya cuantía no alcance la cantidad mínima establecida para su situación particular y la prestación a la que opta
  • No percibir rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas y ganancias patrimoniales superiores al límite de ingresos establecido cada año. Esta cuantía depende de la situación familiar del pensionista y se puede consultar en este enlace.
  • Residir en territorio español

💡 Una herramienta imprescindible si eres autónomo

El programa de facturación de Quipu te va a permitir:

✅ Controlar tu facturación: Centraliza y gestiona todas tus facturas asociando la información de los cobros y pagos de tus clientes y proveedores.

✅ Tener tus impuestos al día: Cada ingreso o gasto que añadas a Quipu te va a permitir saber en tiempo real qué impacto tendrá en tu presentación al final del trimestre.

✅ Solucionar problemas de liquidez: Controla el estado de tus facturas y anticipa los cobros y pagos futuros para evitar problemas de caja e impagos.

📹 Descubre Quipu en 2 minutos

¿Cuál es la pensión máxima que puede cobrar un autónomo en 2023?

Por su lado, la pensión máxima es una cuantía que fija cada año los Presupuestos Generales del Estado (PGE) y que no puede sobrepasar ningún pensionista con ninguna de sus pensiones, ni jubilación o Incapacidad Permanente, ni tampoco viudedad, orfandad o favor de familiares.

A diferencia de las pensiones mínimas, la máxima es un único importe que afecta a todas las prestaciones. Este año, los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2023 han fijado la cuantía máxima de las pensiones en 42.829,29 euros anuales.

¿Cuándo puede cobrar un autónomo la pensión máxima?

La pensión máxima se suele percibir cuando un autónomo ha cotizado durante muchos años -normalmente por encima de 37 años y medios- y además todos esos años se han cotizado por la base máxima o por bases cercanas a la máxima.

En este caso puede suceder que el autónomo tenga una base reguladora que de como resultado una pensión de 42.829 euros al año o más. Si así fuera, el importe que sobrepase esta cantidad se perdería ya que ningún autónomo puede cobrar en 2023 más de 3.059 euros al mes en las pensiones que se calculan con 14 pagas anuales.

En el caso de la incapacidad permanente por accidente de trabajo o enfermedad profesional, que se calcula sin pagas extra, el límite será de 3.569 euros al mes por doce pagas.


Foto del autor

VALIDADO POR

Roger Dobaño - CEO Quipu

Roger es CEO y Fundador de Quipu, un software en la nube que lleva +10 años ayudando a autónomos, pymes y asesorías a digitalizar su operativa precontable. A raíz de una mala experiencia como autónomo, Roger se propuso crear un programa que acompañara a los empresarios a lidiar con la administración.

¿Te gustaría trabajar con un asesor/a que entienda cómo funciona tu negocio y responda a tus necesidades?

Despreocúpate con la tecnología de Quipu y nuestra comunidad de asesores certificados.

Ver más