Síntesis del artículo
La obligacion de retener irpf en las facturas recae sobre el cliente (empresa u otro autónomo) al contratar servicios de un profesional dado de alta en actividades profesionales o artísticas del IAE. Para este 2026, el importe a descontar de la base imponible es, por regla general, del 15% (o el 7% para nuevos autónomos), siendo el pagador quien asume el deber de ingresar esta cuantía periódicamente en Hacienda como anticipo del impuesto a favor del profesional.
Roger Dobaño · CEO de Quipu
La obligación de retener IRPF en factura no afecta por igual a todos los autónomos. Es algo que depende tanto de la actividad realizada (empresarial, profesional o artística) como del destinatario de la factura en sí misma.
En este caso, la obligación afecta a dos partes: el autónomo que debe dejar constancia de la retención en su factura, y el pagador que tiene que retener e ingresar esa cantidad en Hacienda.
¿Qué es la retención de IRPF?
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se devenga a 31 de Diciembre y se declara a través de la campaña de la renta del año siguiente. Lo que se hace entonces es un ajuste, a fin de comprobar si el contribuyente ha pagado más o menos de lo que le correspondería, o si ha pagado justo lo que tenía que abonar.
Esto sucede porque la legislación determina la obligación de realizar pagos a cuenta del IRPF a lo largo del ejercicio fiscal. En el caso de los asalariados, todos los meses se les descuenta de su nómina una cantidad que el empresario ingresa directamente en Hacienda a cuenta de la Renta de sus empleados.
Para los autónomos el sistema funciona de una manera un poco diferente, a través de pagos fraccionados que realizan ellos mismos a través de la correspondiente autoliquidación trimestral, o bien mediante las retenciones que llevan a cabo en su factura.
Por tanto, la retención del IRPF es una cuantía que se descuenta de lo que el cliente debe abonar al autónomo por sus servicios, y se ingresa directamente en Hacienda como pago anticipado de su renta.
¿Quiénes están obligados a retener el IRPF en las facturas?
El obligado a practicar la retención e ingresar la cuantía correspondiente en Hacienda es el pagador. Es decir, el cliente que ha recibido el producto o servicio por parte de un autónomo. Lo que hace el profesional es dejar constancia en la factura expedida de que debe realizarse la correspondiente retención.
Para que surja la obligación deben darse dos circunstancias concretas:
- El autónomo tiene que estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en una actividad que tenga la consideración de profesional o artística. Recuerda que dentro del IAE diferenciamos entre actividades profesionales, empresariales y artísticas.
- El destinatario de la factura debe ser otro autónomo o una empresa. Los particulares que contratan con trabajadores por cuenta propia no tienen que hacerse cargo de la retención en ningún caso.
En las operaciones intracomunitarias, aquellas en las que el cliente está radicado en otro país de la Unión Europea, así como en las exportaciones, no se aplica nunca retención. Con independencia del tipo de actividad ejercida por el profesional y de la condición que tenga el cliente.
¿Cuándo NO hay obligación de retener IRPF? (Excepciones)
Agrupar y detallar claramente las situaciones exentas es fundamental para evitar confusiones en la facturación. De forma específica, no existe la obligación de aplicar retención en la factura cuando tus servicios van dirigidos a clientes particulares, dado que no son empresarios ni profesionales. Asimismo, tampoco se aplicará IRPF si la actividad en la que estás de alta en el IAE se clasifica únicamente como actividad empresarial (y no profesional ni artística). Como ya se ha mencionado, estas exenciones se suman a las ventas o servicios correspondientes a operaciones intracomunitarias y a las exportaciones extracomunitarias, que quedan siempre libres de este tipo de retenciones.
¿Cuánto IRPF ha de retenerse?
Existe un tipo general, uno excepcional previsto para los nuevos autónomos, y ciertos tipos especiales para determinadas actividades.
- Tipo general: es del 15% e implica que, del importe de la base imponible, se va a descontar dicha cantidad y se ingresará en Hacienda a cuenta del IRPF el autónomo.
- Tipo reducido para nuevos autónomos: durante el año en que cursen su alta y en los dos ejercicios siguientes, los nuevos autónomos pueden (si lo desean) aplicar una retención del 7%. El requisito para poder hacerlo es no haber estado dado de alta en el RETA en los 12 meses anteriores al actual alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Lo que se busca con esta medida es mejorar la liquidez durante las primeras etapas de la actividad.
- Tipos especiales según la actividad: la retención es del 1% en ciertas actividades, como las actividades ganaderas de engorde de porcino y avicultura; y del 2% en otras como las actividades agrícolas y las restantes actividades ganaderas, y las actividades forestales.
Consecuencias y sanciones por no retener o ingresar el IRPF
El hecho de que la obligación de retener IRPF en factura recaiga sobre el pagador tiene importantes consecuencias en caso de incumplimiento. En ningún caso Hacienda va a poder exigir al autónomo el abono de estas cantidades, puesto que él ha sido el perjudicado por la falta de cumplimiento de su cliente. Lo único que puede pedirle la Agencia Tributaria es que presente la documentación que acredita la operación.
Supongamos que hay un error en la factura emitida por el autónomo proveedor y la cuantía que se señala como retención de IRPF no coincide con la que debe aplicarse realmente. El pagador debe asegurarse de que todo es correcto y, si no es así, hacer las correcciones necesarias e ingresar en Hacienda la cantidad que corresponde pagar, no la que figura erróneamente en la factura.
Incluso si la factura no hace mención a la retención, si el pagador sabe que su proveedor está sujeto a retenciones, tendrá que hacer la gestión correspondiente.
Como viene siendo habitual cuando se trata de impuestos, cualquier error o retraso en el pago por parte del obligado dará lugar a la aplicación de intereses de demora y recargos.
Por otro lado, el pagador expedirá de forma anual un certificado que recogerá las retenciones practicadas a un mismo proveedor durante el ejercicio fiscal.
¿Cómo rectificar una factura si no se aplicó la retención?
Explicar los pasos a seguir es indispensable si el autónomo olvidó incluir la retención o el pagador detecta un error. La solución más adecuada en estas situaciones consiste en la emisión de una factura rectificativa. Este documento se utiliza para anular o corregir los datos de la factura original defectuosa, permitiendo reflejar el porcentaje de IRPF exacto. De este modo, el pagador dispone del justificante correcto para ingresar la retención adecuada en Hacienda, evitando posibles penalizaciones de la Agencia Tributaria.
¿En qué modelos se declaran las retenciones?
Cómo presentar los modelos de retenciones
📹 Vídeo explicativo: En este tutorial te explicamos paso a paso cómo presentar los modelos 111 y 115 en la Agencia Tributaria para declarar correctamente las retenciones de IRPF.
Mencionar explícitamente los modelos de autoliquidación es clave para los obligados a retener e ingresar en Hacienda. Si eres el pagador que asume la obligacion de retener irpf a causa de servicios prestados por un profesional independiente, deberás declarar e ingresar dichos importes mediante el Modelo 111 de forma trimestral. Por su parte, cuando la retención recae sobre el alquiler de un inmueble o local de negocio, las cantidades retenidas al arrendador tendrán que ser declaradas e ingresadas trimestralmente utilizando el Modelo 115.
Retenciones de IRPF y modelo 130
Calendario fiscal y obligaciones de 2026
📹 Vídeo explicativo: Planifica tus declaraciones de IRPF y retenciones trimestrales con esta guía completa del calendario fiscal para autónomos y pymes.
Los autónomos que tributan en estimación directa normal y estimación directa simplificada tienen que presentar trimestralmente el modelo 130. Es una declaración informativa a través de la que le dicen a Hacienda cuales han sido sus ingresos y sus gastos durante el período impositivo, a fin de determinar sus rendimientos netos y la cantidad que les corresponde pagar de IRPF.
Como excepción, si se trata de un autónomo que lleva a cabo actividades profesionales, no tiene que presentar este modelo si un mínimo del 70% de sus ingresos proceden de una actividad en la que se haya practicado retención.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo estás obligado a retener IRPF?
Estás obligado a retener IRPF cuando recibes un servicio de un profesional autónomo (dado de alta en una actividad profesional o artística del IAE) y tú actúas como empresa u otro autónomo.
¿Cuándo no te tienen que retener IRPF?
No te tienen que retener IRPF si tu cliente es un particular, si realizas operaciones intracomunitarias o exportaciones, o si tu actividad está clasificada como empresarial y no profesional.
¿Cuándo corresponde retener IRPF?
Corresponde retener IRPF en el momento de emitir la factura por los servicios profesionales prestados, aplicando el porcentaje legal vigente (15% general o 7% para nuevos autónomos) sobre la base imponible.
Esperamos haber resuelto tus dudas sobre la obligación de retener IRPF en factura. Como autónomo, es posible que en algunos casos tengas que reflejar dicha retención al elaborar una factura, y otras quedarás obligado a practicar la retención cuando recibas una factura de otro autónomo. Ten esto muy presente para evitarte posibles sanciones si no cumples con lo previsto en la normativa tributaria.

