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¿Cuántos meses de paro tiene un autónomo?

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Los autónomos, al igual que los asalariados, tienen derecho a paro si se ven obligados a cerrar su negocio y siempre que cumplan algunos requisitos. Uno de los más importantes es haber cotizado durante el tiempo suficiente.

El cese de actividad, como casi todas las prestaciones de los autónomos, depende de la base de cotización. En función del tiempo que hayan cotizado los autónomos, tendrán derecho a más o menos tiempo de paro.

Si eres autónomo y te planteas acceder al cese de actividad pero no sabes cuántos meses de paro te corresponden, sigue leyendo.

En este artículo aprenderás:

¿Qué es el paro de los autónomos?

El paro de los autónomos es como se denomina comúnmente al cese de actividad, una prestación que protege a los trabajadores por cuenta propia cuando su negocio deja de funcionar por distintos motivos.

Esta prestación por cese de actividad se reguló por primera vez en la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.

Desde aquel momento, los autónomos que cumplan determinados requisitos pueden acceder a esta prestación, que es similar al desempleo de los asalariados, con algunas pequeñas diferencias.

De este modo, un autónomo puede acceder al cese de actividad y cobrar una prestación durante un máximo de veinticuatro meses si cumple algunos requisitos generales, como estar dado de alta en el momento de la solicitud, no tener deudas con la Administración o haber cotizado lo suficiente.

Además, también tendrá que cumplir con alguna de las causas que dan derecho a acceder al cese de actividad, como por ejemplo haber mantenido pérdidas de manera continuada, estar inmerso en un concurso de acreedores o haber reducido a través de un ERTE la jornada de la mayoría de los empleados, entre otros motivos.

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¿De qué depende el derecho a paro de los autónomos?

El derecho al cese de actividad depende de muchos factores, como por ejemplo estar dentro de alguna de las causas que marca la Ley o cumplir los requisitos generales de acceso. Sin embargo, al ser una prestación contributiva, el paro de los autónomos depende fundamentalmente de la cotización.

Al igual que sucede con el paro de los asalariados, la cotización es un factor determinante para el cese de actividad de los autónomos.

Por un lado, se exige tener un mínimo de doce meses cotizados para poder acceder al paro. Y, además, las bases por las que se haya cotizado servirán también para calcular la cuantía de la prestación.

Por otro lado, el tiempo por el que haya cotizado el autónomo también determinará el número de meses que puede cobrar de paro. Este cálculo empieza a partir de los doce meses de cotización, que dan derecho a cobrar tres meses el cese de actividad.

A partir de esos doce meses, cada cinco meses cotizados por cese de actividad se saltará de tramo y se podrá cobrar durante más tiempo el paro.

El máximo de tiempo que se puede cobrar de paro son dos años y esto sólo puede suceder cuando el trabajador por cuenta propia ha cotizado por cese de actividad durante cuatro años o más.

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¿Cómo pueden saber los autónomos si tienen derecho a meses de paro?

Una de las dudas más frecuentes entre los autónomos es si tienen derecho a algún mes de paro en función del tiempo que hayan cotizado.

Por lo general, a día de hoy, si un autónomo cumple los requisitos de acceso al cese de actividad, va a tener derecho al menos a tres meses de paro, ya que casi todos los autónomos han cotizado durante más de un año por cese de actividad.

Esto lógicamente no sucede cuando un autónomo acaba de emprender su negocio. Si fuera así, tendría que llevar un mínimo de un año de alta como trabajador por cuenta propia para poder acceder al paro.

Para saber si se tiene derecho al paro es tan sencillo como consultar cuantos años se lleva dado de alta como autónomo desde 2019, que es el momento en el que se universalizó esta prestación y todos los autónomos empezaron a cotizar por cese de actividad.

Por lo tanto, si un autónomo lleva desde antes de 2019 de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), sus cotizaciones contarán desde 2019 y tendrá cuatro años cotizados por cese de actividad.

Por otro lado, también hay que tener en cuenta si se accedió a la prestación extraordinaria por cese de actividad durante la pandemia. Estas ayudas también consumían paro y, en caso de haber accedido, es probable que en ese momento al autónomo se le restaran todas o la mayor parte de las cotizaciones acumuladas por cese hasta ese momento.

Si así fuera, tendrá que calcular cuántos meses han pasado desde el último momento que accedió al cese de actividad. Si dejó de cobrarlo a finales de 2021, por ejemplo, podría tener a día de hoy dos años de cotización acumulados, y entorno a ocho meses de derecho a paro.

Si no accedió al cese en ningún momento y lleva muchos años de alta, es probable que el autónomo tenga acumulados cuatro años o más de cotización por cese de actividad y tenga derecho ya a dos años de paro.

¿Cuántos meses de paro corresponden a un autónomo, según su cotización?

El tiempo de paro que le corresponde a un autónomo depende del número de meses que ha cotizado por cese de actividad a través de su cuota.

La Ley establece a través de una tabla la relación entre meses de cotización acumulados por cese de actividad y tiempo de paro que corresponde. La tabla empieza a contar a partir de un año -y corresponden cuatro meses de paro-.

Cada cinco meses de cotización añadidos se aumenta el tiempo de paro que le corresponde al autónomo, tal y como se puede observar en la siguiente tabla.

Meses cotizadosDuración
De 12 a 17 meses4 meses
De 18 a 23 meses6 meses
De 24 a 29 meses8 meses
De 30 a 35 meses10 meses
De 36 a 42 meses12 meses
De 43 a 47 meses16 meses
Con 48 meses24 meses

Con carácter general el período de disfrute de la prestación se calculará en función de los períodos cotizados por el autónomo dentro de los 48 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad.

¿Cómo calcular el paro de los autónomos?

La cotización por cese de actividad no sólo sirve para calcular cuántos meses de paro le corresponden a cada autónomo, sino también cuánto cobrará si accede a esta prestación.

Para calcular el paro que le corresponde a cada autónomo se toman como referencia las bases por las que ha cotizado durante los últimos 24 meses. Habrá que hacer una media de todas estas bases para dar como resultado la base reguladora.

La base reguladora es la referencia que se toma en el cálculo del cese de actividad. Para hacerlo sólo es necesario aplicar el porcentaje que corresponda al tipo de paro al que haya accedido a la base reguladora.

Este porcentaje puede ser un 50% o un 70%, dependiendo de si el autónomo ha accedido a las nuevas o a las antiguas modalidades.

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¿Cómo solicitar el paro de los autónomos?

Por norma general, los autónomos deben solicitar la prestación por cese de actividad antes del último día del mes siguiente a aquel en el que hayan cerrado su negocio.

Una vez solicitado y reconocido el paro, los autónomos tendrán derecho a la prestación de forma retroactiva a partir del día siguiente al cese efectivo de la actividad.

La solicitud se debe llevar a cabo enviando un formulario a la mutua colaboradora con la Seguridad Social a la que esté adherido el autónomo, como este que tiene disponible el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE).

En este formulario el trabajador por cuenta propia deberá completar algunos datos como: 

  • El tipo de prestación a la que quiere
  • Si se trata de la solicitud o alguna información adicional
  • NIF/NIE/ Pasaporte, NAF y fecha de la baja (según la prestación
  • Adjuntar los documentos para justificar el derecho a la prestación que esté solicitando.

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VALIDADO POR

Roger Dobaño - CEO Quipu

Roger es CEO y Fundador de Quipu, un software en la nube que lleva +10 años ayudando a autónomos, pymes y asesorías a digitalizar su operativa precontable. A raíz de una mala experiencia como autónomo, Roger se propuso crear un programa que acompañara a los empresarios a lidiar con la administración.

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