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¿Cuál es la caducidad del IVA a compensar?

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El IVA a compensar es un resguardo económico común para muchos profesionales y empresas que acumulan este IVA en las arcas de Hacienda con el objetivo de compensar futuros pagos en las declaraciones del IVA. Sin embargo, esto no se puede hacer indefinidamente, sino que hay que tener en cuenta los plazos de caducidad del IVA a compensar, o tendremos que recurrir a otros métodos para recuperar ese dinero que nos pertenece.

En este artículo te contamos todo lo que tienes que saber sobre la caducidad de las cuotas de IVA a compensar: ¿qué plazo existe?, ¿qué ley lo regula?, ¿y si se me pasa el plazo?, ¿cómo solicitar la devolución a Hacienda?. Sigue leyendo y te explicamos todo punto por punto.

En este artículo aprenderás:

¿Qué entendemos por IVA a compensar?

El IVA a compensar hace referencia al dinero que Hacienda nos proporciona a modo de compensación tras una liquidación del IVA con importe negativo. Este importe negativo en una declaración surge cuando el IVA soportado es mayor que el IVA repercutido en una declaración (has pagado más IVA en tus compras que el IVA que has cobrado en tus ventas).

En ese momento se pueden hacer dos cosas: dejarlo como IVA a compensar (Hacienda compensará ese importe en una declaración futura) o solicitar la devolución del importe a Hacienda. Muchas empresas eligen la compensación para pagar menos en declaraciones posteriores. Sin embargo, esto no puede hacerse a la ligera y por mucho tiempo, pues existe una caducidad de iva a compensar que hay que tener en cuenta.

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¿Qué Ley establece la caducidad del IVA a compensar?

La legislación española contempla la caducidad del IVA a compensar en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, conocida como la “Ley del IVA”.

En su artículo 99, sobre el ejercicio de derecho a la deducción, se establece el plazo de caducidad de las cuotas de IVA a compensar, entre otras particularidades de esta compensación y devoluciones.

¿Qué plazo existe para solicitar el IVA a compensar?

Según la Ley del IVA, la caducidad del IVA a compensar tiene un plazo de cuatro años, a contar desde que se presentó la declaración o liquidación del IVA donde ocurre el exceso de IVA soportado. Esto quiere decir que no se puede solicitar compensación por actividades cuya declaración se hizo hace más de cuatro años. Las empresas y profesionales autónomos pueden ejercer esta compensación a través de cualquiera de las declaraciones trimestrales del IVA.

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¿Qué pasa si me excedo del plazo existente?

En el caso de que se te pase el plazo de la caducidad de IVA a compensar todavía tienes algunas opciones para recuperar el dinero, aunque no será en forma de compensación, sino de devolución.

Con el objetivo de garantizar la “neutralidad” del IVA, cuando se produce la caducidad del IVA a compensar (4 años después de la declaración con exceso de IVA soportado), nace el derecho a obtener una devolución de las cuotas soportadas de IVA con un nuevo plazo de cuatro años. Para esto, hay que hacer una solicitud de devolución de IVA.

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¿Cuánto tiempo tiene Hacienda para devolver el IVA?

Los plazos son estrictos para ambas partes, pues de la misma forma que las empresas y autónomos cuentan con una fecha de caducidad del IVA a compensar, la Agencia Tributaria (Hacienda) también tiene un plazo para abonar la devolución correspondiente: hasta 6 meses después de la fecha límite para solicitar la devolución (30 de enero). Es decir, seis meses después del 30 de enero (fecha límite de la última declaración trimestral del año), por lo tanto, podemos decir que el plazo final es el 30 de julio.

Además, si Hacienda no cumple estos plazos para la devolución, la empresa o autónomo tendrá derecho a cobrar intereses de demora fijados en un 3,75%. Por ejemplo, si Hacienda se retrasa 30 días para una devolución de 1.000 euros nos tendría que pagar finalmente 1.003,08 euros.

¿Cómo hacer la solicitud de devolución del IVA?

Si te ha pillado el plazo de la caducidad de las cuotas de IVA a compensar o simplemente quieres la devolución, verás que es un proceso sencillo. Al igual que tantos otros procedimientos con Hacienda, la solicitud de devolución del IVA se realiza marcando una casilla, en este caso es la casilla [110] que encontrarás al rellenar el modelo 303 de declaración del IVA trimestral.

Sin embargo, esto no se puede hacer en cualquier momento, pues como todo, tiene sus plazos: solo se puede hacer en la declaración del último trimestre del año, cuyo plazo acaba el 30 de enero del año siguiente. De esta forma, si se te pasa hacerlo un año, tendrás que esperar hasta el último trimestre del año siguiente para hacerlo.


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VALIDADO POR

Roger Dobaño - CEO Quipu

Roger es CEO y Fundador de Quipu, un software en la nube que lleva +10 años ayudando a autónomos, pymes y asesorías a digitalizar su operativa precontable. A raíz de una mala experiencia como autónomo, Roger se propuso crear un programa que acompañara a los empresarios a lidiar con la administración.

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