Blog » Laboral » ¿Qué es y cuándo se cobra el paro?

¿Qué es y cuándo se cobra el paro?

Actualizado:

El paro una prestación económica que se concede, durante un tiempo determinado, a un trabajador que se ha quedado sin empleo. Esta prestación por desempleo es una de las herramientas que garantizan el Estado del Bienestar y conforman una sociedad más justa, ya que protege al desempleado mientras busca la manera de volver al mercado laboral.

Sin embargo, aunque todos sepamos lo que es el paro, siempre hay ciertas dudas que surgen al respecto: ¿cuáles son los requisitos para cobrarlo? ¿Por cuánto tiempo puedo percibirlo? ¿Se puede cobrar el paro y trabajar?

Por eso hoy, en Quipu, vamos a resolver estas dudas. Además, hemos preparado otro artículo donde explicamos la diferencia del paro con el subsidio de desempleo, qué es y cómo solicitarlo.

Leyendo este artículo aprenderás:

¿Qué es el paro?

Técnicamente el paro es una prestación económica de carácter contributivo que protege a los trabajadores que, queriendo y teniendo trabajo, quedan en situación de desempleo.

El paro se define como una prestación contributiva porque el trabajador, gracias a las cuotas que paga a la Seguridad Social, contribuye a generar un fondo de cobertura económico para este tipo de situaciones. Esta también es la razón de que la cantidad de paro que cobre el trabajador, así como su duración, dependan directamente de lo que haya aportado. Por eso no se debe confundir con el subsidio por desempleo.

El objetivo del paro es cubrir la situación de desempleo de la persona durante la búsqueda de un nuevo trabajo. De esta manera, el Estado cubre y protege al ciudadano durante un período de vulnerabilidad.

¿Quién puede cobrar el paro?

Pueden cobrar el paro los trabajadores por cuenta ajena que hayan perdido su empleo por causas que no les competen. El requisito indispensable es que hayan cotizado al menos durante 360 días durante los últimos seis años. Es decir, no podrán cobrar el paro las personas que hayan trabajado menos de un año.

❗️ Además, no pueden solicitar el paro las personas que hayan pedido una baja voluntaria, o que hayan renunciado a su trabajo. Es decir, cuando las causas de la pérdida de empleo les competan.

Por lo tanto, si quieres saber si vas a cobrar el paro, solo tienes que calcular los días que has trabajado y tener en cuenta que el motivo del despido no debes ser tú.

Por otro lado, existe también un “paro para autónomos”, el cual pueden solicitar los trabajadores por cuenta propia que cumplan con ciertos requisitos. Sin embargo, ten en mente que esto NO es ningún tipo de paro. El paro solo pueden percibirlo los trabajadores por cuenta ajena.

Por ello, a este paro de autónomos se le denomina “prestación por cese de actividad”. Algunos de los requisitos que deben cumplir los autónomos para cobrar este paro son haber pagado todas las cuotas de la Seguridad Social, contar con un mínimo de cotización y justificar el motivo del paro. Por ejemplo: un divorcio o una pérdida de ganancias crítica.

Si quieres conocer más sobre le tema te recomendamos que acudas a la página del SEPE. Además, si lo que te interesa es conocer a qué ayudas tienen derecho los autónomos, puedes saber más sobre el tema en nuestro artículo sobre ayudas y subvenciones a autónomos.

Requisitos para poder cobrar la prestación por desempleo

Si quieres saber cómo se cobra el paro, atento. Estos son los requisitos:

  • Estar afiliado a la Seguridad Social, habiendo aportado las cuotas dirigidas a la prestación por desempleo.
  • Cotizar al menos 360 días en los últimos 6 años.
  • Que la causa de despido no sea imputable al trabajador.
  • Inscribirse en el registro de demandante de empleo (INEM).
  • No ser mayor de 65 años (es decir, no tener la edad de jubilación).
  • No percibir una retribución económica por un trabajo que se realice por cuenta propia o ajena.

Hay, además, dos excepciones 

  1. Si eres una persona que emigró, pero estuvo cotizando el paro en los 6 años anteriores a la fecha de emigración, y cumples con los 360 días, puedes cobrar el paro. Esto es incompatible, claro está, con percibir cualquier otro tipo de prestación por desempleo de otros países.
  2. Si eres un trabajador agrario temporal y estuviste dado de alta como autónomo antes de pedir la prestación por desempleo, deberás tener cotizados 720 días.

¿Cuánto dura el paro?

La duración del paro depende de lo que haya cotizado el trabajador durante los seis años anteriores al momento en el que solicita la prestación por desempleo.

💡 Por ejemplo, si la cotización ha sido de 360 a 539 días se tendrá derecho a 120 días de paro. A partir de 2160 días, 720 días de paro.

Para entendernos mejor, esto quiere decir que, para acceder al plazo máximo de prestación, has tenido que permanecer activo, al menos, 6 años. Y, como mínimo, un año.

El SEPE nos da unas tablas que pasamos a reproducir a continuación.

Tabla días cotizados para cobrar el paro

Días de cotizaciónDías de prestación
de 360 a 539120
de 540 a 719180
de 720 a 899240
de 900 a 1079300
de 1080 a 1259360
de 1260 a 1439420
de 1440 a 1619480
de 1620 a 1799540
de 1800 a 1979600
de 1980 a 2159660
desde 2160720

El SEPE también ofrece un programa para que tú mismo puedas calcular los días que podrás tener derecho a paro. Consúltalo en la web del SEPE.

¿Cuánto se cobra en el paro?

La cantidad a cobrar por el paro varía dependiendo del trabajador. El paro depende de la base de cotización al que está suscrito el trabajador y las cantidades con las que ha contribuido.

Lo común es que se perciba el 70% de la base reguladora de los últimos 180 días cotizados. Esto será así durante los primeros seis meses de paro, pues después el tipo bajará al 50%.

Te preguntarás, “¿Qué es la base reguladora?”. Bien, la base reguladora es la media de las bases de cotización. Si tú ganas al mes 1.000 euros, estás cotizando sobe una base de cotización de 1.000 euros. Calculando la media mensual de tu base de cotización obtenemos la base reguladora. En este caso sería de 1.000 euros, pero tengamos en cuenta que puede haber un aumento de sueldo, o una bajada, y ahí es cuando varía esta base.

Por otro lado, hay que saber que hay unas cuantías máximas y mínimas del paro. Es decir, por mucho que tu base de cotización sea muy elevada, no podrás superar cierta cantidad a la hora de cobrar el paro. Estas cuantías, de hecho, han cambiado en 2022.

La buena noticia es que han aumentado, quedando de la siguiente manera:

Topes máximos20212022
Sin hijos1153,341182,16
Con un hijo1318,11351,04
Con dos o más hijos1482,861519.92
Cuantías mínimas20212022
Sin hijos527,24540,41
Con hijos a cargo705,18722,80

Fuente: Datos del SEPE

Cálculo del paro: Ejemplo

Ahora, sabiendo todo esto, pongamos el ejemplo de que tu base de cotización ha sido 1.000 euros al mes.

Durante los primeros seis meses de paro cobrarás 700 euros.

Después del sexto mes, cobrarás (ojo, porque NO son 500 euros), 501,98 euros si no tienes ningún hijo, y 705,18 si los tienes.

Y con esta cantidad será con la que te quedes hasta que se te acabe el paro que, como hemos visto, puede durar entre 120 y 720 días.

❗️ Importante recordar que, si al mes no has cobrado una cantidad fija, tendrás que hacer la media de tus bases de cotización para calcular la base reguladora sobre la que aplicar los porcentajes.

Cómo solicitar el paro

Tienes dos maneras de pedir la prestación por desempleo, en ambas tendrás que estar escrito en el registro de empleo de tu comunidad, como demandante. Vamos a verlas:

  • Por internet: tendrás que tener un certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve Pin. Dirígete al portal del Sepe en https://sede.sepe.gob.es/portalSede/es/, haz clic en “personas” y después en “solicite su prestación”. Entrarás en una serie de pantallas que solicitarán tus datos:
  • Certificado de empresa, solo cuando esta no se haya encargado de enviar la información referente al alta en el paro. Aquí indicarás los datos de la empresa que te ha despedido.
  • SLD y Datos reconocimiento de la prestación: pantalla donde podrás ver los datos que el SEPE tiene sobre ti, como el nombre, y modificarlos si están mal. También tendrás que agregar algunos nuevos, como la domiciliación bancaria, entre otros.
  • Resumen y confirmación: aquí se muestra un resumen de los datos, como los días cotizados. Aquí es donde indicarás si quieres dar de alta la prestación.
  • Firma y envío.
  • Por vía presencial: tendrás que pedir cita en las oficinas de la Seguridad Social más cercanas y hacer los trámites de manera presencial. Puedes pedir la cita por internet o llamando por teléfono.

Se me va a agotar el paro y no he encontrado trabajo, ¿qué puedo hacer?

Puedes pedir un subsidio por desempleo, como la ayuda de 426 euros para desempleados que han agotado el paro. Actualmente está en 430 euros y viene regulada por el Real Decreto Real Decreto-ley 10/2009, de 13 de agosto. Surgió a partir de la crisis de 2008, que dejó en una situación desesperada a millones de personas.

La ayuda de 426 euros para desempleados es un subsidio no contributivo, por lo que puedes pedirlo independientemente de que hayas cotizado o no. La condición para recibirlo es que te sometas a un plan de formación laboral, de manera que, durante los 6 meses que puedes recibir la prestación, encuentres un empleo.

Requisitos ayuda 426 euros para desempleados

A continuación te indicamos los requisitos que debes cumplir para pedir esta ayuda. Ten en cuenta que, aunque la medida se creó para la crisis de 2008, sigue vigente a día de hoy.

  • Haber agotado tus meses de paro sin haber encontrado trabajo.
  • Ser menor de 65 años.
  • Que no hayan pasado más de 60 días desde que el paro se te agotó.
  • Someterte a un programa de formación para promover la inserción laboral.
  • No superar los 468 euros mensuales de ingresos propios.
  • No percibir otro tipo de pensiones o ayudas.
  • Haber estado al menos 270 días como demandante de empleo.
  • Tener cargas familiares.

Preguntas frecuentes sobre cobrar el paro

¿Qué día del mes se cobra el paro?

El paro se cobra entre el día 10 y el día 15 de todos los meses. Ten en cuenta que no llegarán los ingresos en fin de semana, aunque esto el SEPE lo sabe y hace los pagos antes.

He trabajado menos de un año, ¿puedo cobrar el paro?

No, no puedes cobrar el paro, aunque puedes pedir un subsidio por desempleo. Sin embargo, que te lo concedan depende de ciertos requisitos, como si tienes hijos a tu cargo.

¿Se puede cobrar el paro y trabajar?

No se puede cobrar el paro y trabajar una jornada completa. Sin embargo, puedes seguir cobrando el paro o parte de él en los siguientes supuestos.

  • Si trabajas en horario parcial (aunque cobrarás menos paro).
  • Si percibes una pensión de jubilación o prestaciones económicas parciales.
  • Pensiones que paga un Estado ajeno a España.
  • Si haces un trabajo social.
  • Si haces una sustitución durante una formación.
  • Retribuciones por cargos públicos o sindicales.
  • Los mayores de 52 años que han perdido su empleo pueden compatibilizar el paro con un contrato indefinido o temporal cuando este dure más de 3 meses.

¿Cómo hacer para que te despidan y cobrar el paro?

Como sabes, si abandonas por voluntad propia no podrás cobrar el paro. Además, si te despiden por algo que has hecho tú, tampoco podrás cobrarlo. Hay muy pocas razones por las que puedas renunciar y cobrar el paro:

  • Si la empresa se muda de domicilio, obligándote a hacer un cambio de residencia.
  • Si la empresa te exige una modificación muy crítica de tus condiciones laborales. Por ejemplo, el aumento del horario.
  • Si la empresa es la que comete una falta grave. Por ejemplo, si existe acoso laboral por parte del empresario.

Fuera de estos supuestos, no puedes hacer que te despidan y cobrar el paro.

¿Cómo puedo capitalizar el paro para hacerme autónomo?

Capitalizar el paro significa cobrar toda la prestación de golpe para poder darte de alta como autónomo sin tener que renunciar al dinero. El requisito es que vayas a utilizar la capitalización con fines empresariales y para desarrollar tu actividad por cuenta propia con éxito. Para capitalizar el paro tendrás que solicitarlo en el SEPE, adjuntando una explicación de la actividad que se va a desarrollar. Cuando se apruebe la solicitud, tendrás que darte de alta como autónomo.

Si quieres más información sobre cómo cobrar el paro de golpe, puedes obtenerla en nuestro artículo sobre cómo capitalizar el paro.

No tengo cuenta bancaria, ¿cómo puedo cobrar el paro?

Si no tienes cuenta bancaria, deberás abrir una. El SEPE exige que el cobro del paro se realice mediante ingreso en cuenta.



Foto del autor

VALIDADO POR

Roger Dobaño - CEO Quipu

Roger es CEO y Fundador de Quipu, un software en la nube que lleva +10 años ayudando a autónomos, pymes y asesorías a digitalizar su operativa precontable. A raíz de una mala experiencia como autónomo, Roger se propuso crear un programa que acompañara a los empresarios a lidiar con la administración.

¿Te gustaría trabajar con un asesor/a que entienda cómo funciona tu negocio y responda a tus necesidades?

Despreocúpate con la tecnología de Quipu y nuestra comunidad de asesores certificados.

Ver más