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¿Qué pasa si recibo una notificación de Hacienda cuando estoy de vacaciones?

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Seguro que muchos de vosotros cogéis vacaciones hoy pero eso no quiere decir que durante este tiempo no puedas recibir una notificación de Hacienda. La administración no descansa pese a que la mayoría de las empresas cierran en agosto o bajan mucho su volumen de actividad porque las obligaciones tributarias se deben cumplir cada mes del año.

¿Pero cómo vas a responder a una notificación cuando ni siquiera sabes que las has recibido porque estás de vacaciones? Hoy te damos la respuesta y la solución a estos requerimientos de la Agencia Estatal cuando no podemos responder a tiempo.

En este artículo aprenderás:

¿Por qué se siguen enviando notificaciones en agosto?

Aunque la mayoría de personas y empresas esperan el mes de agosto para olvidarse de las preocupaciones y disfrutar del tiempo libre, la Agencia Tributaria no echa el cierre. Por una parte, porque puede surgir alguna irregularidad que no puede esperar y se tiene que notificar durante este tiempo y, por otra, porque para la administración los días de agosto son días hábiles a efectos de notificaciones, exactamente igual que el resto del año.

No hay ninguna ley que marque el mes de agosto como el mes oficial de vacaciones porque, según los expertos, si así fuera las personas que cogen las vacaciones en otro no estarían en igualdad de condiciones. Tanto es así, que ni siquiera baja el número de  envío de notificaciones durante el mes de agosto e, incluso, en ocasiones aumenta.

Cómo actuar cuando se nos ha pasado el plazo de una notificación de hacienda

Notificaciones físicas

Imagínate que llegas a casa después de unas relajantes vacaciones y al abrir el buzón ¡sorpresa! te están esperando varios avisos de correos para recoger una notificación de Hacienda, obviamente todos caducados porque muchas veces te los reparten en dos días seguidos. Si han pasado pocos días, puedes probar de acudir a la Delegación de la Agencia Tributaria para explicar tu situación y quizá acepten tu argumento, pero si han pasado muchos días y no haces nada, Hacienda te va a poner la sanción correspondiente. Hasta 2015 no había manera de recurrir esta injusticia para el contribuyente lo que suponía multas y demás sanciones por retraso de respuesta, pago o la imposibilidad de recurso.

Por suerte, el Tribunal Supremo aprobó el 13 de Mayo de 2015 una sentencia  que establece que si se entiende que el contribuyente está de vacaciones esa comunicación no tendrá validez y se tendrá que volver a intentar más adelante antes de imponer una multa. Esto quiere decir que, en teoría, se deberá notificar con tiempo suficiente para que el contribuyente pueda dar respuesta cuando tenga conocimiento de que ha recibido esta notificación.

Por tanto, la Agencia Tributaria puede podrá enviar notificaciones en agosto pero si se demuestra que el contribuyente no ha tenido conocimiento de su recepción, no serán válidas a efectos legales.

Notificaciones electrónicas y días de cortesía de Hacienda

A partir del Real Decreto 1363/2010 se establece que Hacienda también puede notificar, tanto a contribuyentes como a empresas, notificaciones en formato electrónico por correo electrónico. Los particulares no están obligados a tener esta vía de comunicación pero las empresas sí e, igual que con las notificaciones físicas, agosto no está exento para recibirlas.

Por tanto, si estás de vacaciones y recibes una notificación electrónica tienes 10 días hábiles desde la recepción para dar una respuesta. Pasado este plazo se dará la notificación por leída y si no se ha contestado, se empezarán los trámites pertinentes sin posibilidad de que puedas recurrir.

La solución en este caso es hacer uso de los llamados días de cortesía que son 30 días naturales al año que las empresas pueden escoger para que Hacienda no pueda enviarles notificaciones.  Este trámite se debe hacer, como mínimo, 7 días antes del primer día que queramos que dejen de llegarnos notificaciones. Por eso, si tu empresa cierra en agosto puedes pedir a Hacienda que durante 30 días de este mes no te envíe nada.

Para solicitar estos días de cortesía, debes entrar en el apartado “Mis notificaciones” de la web de la Agencia Tributaria y escoger  la opción “Solicitud de días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada”. Para acceder a estos servicios tendrás que tener un identificador digital, como lo haces cuando presentas los impuestos de forma telemática.

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Otorgamiento de apoderamiento

Recuerda que en caso que tengas una asesoría también puedes hacerle responsable de que conteste a tus notificaciones cuando no estés disponible a través del otorgamiento de apoderamiento para que responda en tu nombre o el de tu empresa.

Si recibes una notificación de Hacienda seguramente tengas que justificar algún gasto, movimiento o petición de algún documento, recuerda que hay motivos frecuentes para recibir una inspección de Hacienda.

Cómo responder un Requerimiento de la AEAT

📹 Vídeo explicativo: En este video, exploramos los requerimientos de la Agencia Tributaria Española. Descubre qué es un requerimiento y cómo puede afectar a tu situación financiera.

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VALIDADO POR

Roger Dobaño - CEO Quipu

Roger es CEO y Fundador de Quipu, un software en la nube que lleva +10 años ayudando a autónomos, pymes y asesorías a digitalizar su operativa precontable. A raíz de una mala experiencia como autónomo, Roger se propuso crear un programa que acompañara a los empresarios a lidiar con la administración.

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