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Multas y sanciones de Hacienda: todo lo que debes saber

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Multas y sanciones de Hacienda es algo que ninguno de nosotros queremos recibir. Pero la posibilidad siempre está ahí, incluso si lo único que hemos hecho es cometer un pequeño error. Para que sepas bien a lo que te tienes que enfrentar si Hacienda decide sancionarte, hemos preparado para ti un artículo en el que resolvemos todas tus dudas.

En este artículo aprenderás:

¿Qué son las multas o sanciones de Hacienda?

La normativa fiscal impone a todos los contribuyentes una serie de obligaciones que vienen recogidas en la Ley General Tributaria, las normas que regulan cada uno de los tributos (como el IRPF, el IVA, etc.) y sus reglamentos de desarrollo.

Para garantizar que todo el mundo hace lo que debe, la Agencia Tributaria tiene potestad sancionadora. Es decir, que puede iniciar un proceso en el que realizará una investigación sobre los sucedido y, si concluye que el contribuyente ha incumplido una obligación, impondrá una sanción.

Dentro de la potestad sancionadora, debes distinguir entre sanciones y multas.

Una sanción es una medida disciplinaria que se aplica cuando hay una infracción o una violación de una norma. Mientras que una multa es un tipo concreto de sanción, que implica el pago de una determinada cantidad de dinero.

En el caso concreto de la Agencia Tributaria, esta puede imponer sanciones como la imposibilidad de que una persona o entidad pueda acceder a subvenciones o ayudas públicas durante un determinado tiempo, pero también puede imponer multas económicas.

De hecho, lo habitual es que la multa sea la sanción principal y a esta se le sumen otras sanciones accesorias como no poder recibir subvenciones o participar en licitaciones públicas.

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¿En qué situaciones se produce una sanción de Hacienda?

Luego veremos qué requisitos deben cumplirse para que pueda haber sanciones de Hacienda, pero partimos de un presupuesto básico, que es la tipificación.

Para que la Agencia Tributaria pueda sancionar, es necesario que el contribuyente haya realizado por acción u omisión una conducta que esté tipificada como infracción tributaria.

Las infracciones tributarias aparecen en la Ley General Tributaria (LGT), y es un listado taxativo. Es decir, no se puede sancionar por otros motivos que no sean estos, y la conducta debe encajar a la perfección en lo que determina el artículo que define cada infracción.

Mención aparte merecen los delitos fiscales, de cuyo conocimiento se encargan los tribunales. Las conductas típicas son las mismas definidas en la LGT como infracciones tributarias, pero es la cuantía de lo defraudado lo que hace que una mera infracción administrativa pase a ser considerada como un delito.

Requisitos para que Hacienda pueda sancionar

Como señalábamos antes, para que haya sanciones de Hacienda es necesario que la conducta esté tipificada. Además, la Administración no puede imponer la sanción sin más. Debe iniciar un procedimiento en el que el contribuyente será parte activa y podrá presentar alegaciones y pruebas para su defensa.

En cierta medida, el procedimiento para llegar a una sanción en el ámbito tributario es similar al de una sentencia de condena. Hay una investigación, un procedimiento, una fase de alegaciones y, al final, la resolución tiene que estar debidamente motivada y justificada.

Para que el resultado del procedimiento sancionador sea una condena, deben darse estos requisitos:

  • Acción u omisión: se pueden sancionar tanto las conductas activas como las pasivas. Un ejemplo de conducta activa sería presentar una autoliquidación del IRPF con datos falseados, mientras que una conducta pasiva sería no presentar la autoliquidación trimestral de IRPF.
  • Incumplimiento legal: la acción u omisión tiene que ir en contra de lo previsto legalmente. Entendemos que sucede esto cuando la acción realizada o no realizada se incardina dentro de alguna de las infracciones recogidas en la LGT.
  • Culpabilidad: la conducta debe ser dolosa (con intencionalidad de obtener un resultado no permitido por la ley), pero también se pueden imponer sanciones en los casos de negligencia (no se quiere cometer una infracción, pero no se actúa de forma cuidadosa y se acaba produciendo la misma).

Tipos de sanciones de Hacienda

Hay básicamente dos tipos de sanciones, las pecuniarias y las no pecuniarias, que tienen carácter accesorio.

  • Sanciones pecuniarias: son lo que conocemos como multas. Pueden ser fijas (la norma determina que multa corresponde a una determinada acción u omisión) o proporcionales (se determina aplicando un porcentaje sobre la cuantía de la infracción).
  • Sanciones no pecuniarias: no tienen un carácter económico, y se aplican como complemento de las sanciones pecuniarias. Las más habituales son la imposibilidad de acceder durante un tiempo a subvenciones o ayudas públicas; la imposibilidad de aplicar beneficios e incentivos fiscales; la prohibición de contratar con la Administración Pública y la suspensión del ejercicio de profesión oficial, empleo o cargo público.

Graduación de las sanciones tributarias

Las sanciones pecuniarias se gradúan en función de los siguientes criterios:

  • Comisión repetida de infracciones tributarias: pueden suponer un incremento de la multa de entre un 5% y un 25%.
  • Perjuicio económico para la Hacienda Pública: la multa se incrementará entre un 10% y un 25% en función del perjuicio económico que la acción u omisión haya causado a Hacienda.
  • Incumplimiento sustancial de la obligación de facturación o documentación.
  • Acuerdo o conformidad con el interesado: Een este caso, la graduación se hará a la baja, reduciéndose el importe de la sanción.

Recargos y reducciones en las multas de Hacienda

Sobre las sanciones de Hacienda también se pueden aplicar intereses de demora y recargos si estas no se pagan en el plazo dado para ello. Pero también es posible reducir su importe mediante reducciones.

Recargos del período ejecutivo

Si la multa no se paga a tiempo, pasa a período ejecutivo y se aplican los recargos del mismo:

  • 5% si se paga una vez acabado el plazo de pago voluntario, pero antes de recibir la notificación de Hacienda de que se ha iniciado el procedimiento de apremio.
  • 10% si se paga la multa (y este recargo) dentro del plazo dado en la providencia de apremio.
  • 20% si se paga la multa una vez agotado el plazo previsto en la providencia de apremio.

En caso de aplicarse el recargo ejecutivo del 20%, se aplican también intereses de demora que empiezan a contar desde el día siguiente a finalizar el plazo de pago voluntario de la sanción, hasta el día de pago efectivo.

Reducciones en las multas

Las deducciones que aplica Hacienda son por conformidad y pronto pago. Este sistema beneficia al contribuyente, que se ahorra dinero, pero todavía más a la Agencia Tributaria, que no tiene que hacer frente a tantos recursos.

  • Reducción por conformidad: si el sancionado acepta la multa y no la recurre, su importe se reduce un 30%. Se aplica en los procedimientos de verificación de datos y de comprobación limitada. También en el procedimiento inspector si se suscribe un acta de conformidad.
  • Reducción por pronto pago: si el sancionado no recurre y paga la multa dentro del plazo que se le ha dado para ello, se le reduce un 40%.
  • Reducción de actas con acuerdo: si en un procedimiento de inspección el contribuyente se aviene a firmar un acta con acuerdo, puede obtener una reducción del 65% en la sanción que le corresponde.

Extinción de las sanciones de Hacienda

Las sanciones impuestas por la Agencia Tributaria se extinguen por:

  • Pago.
  • Cumplimiento del plazo (sanciones no pecuniarias).
  • Fallecimiento del obligado y de todos los posibles obligados al pago.
  • Prescripción del derecho de la Administración a exigir el pago.
  • Compensación con créditos por parte de Hacienda que el sancionado tenga a su favor.
  • Condonación (perdón de la deuda).

Principales sanciones que afectan a los autónomos

Los autónomos tienen una estrecha relación con Hacienda y, precisamente por ello, están más expuestos a cometer errores de los que se puede derivar una sanción. Aquí tienes algunas de las infracciones más habituales:

  • Sanción por error en las declaraciones trimestrales de IVA o IRPF: incluyen conductas como no presentar el modelo trimestral, hacer los cálculos de forma incorrecta, o incluir como deducibles gastos que no lo son.
  • Sanción por error en las facturas: los errores en la numeración de la factura, aplicar mal el tipo de IVA, o cometer un defecto de forma en la elaboración de este documento, también pueden acabar con una sanción.
  • Sanción por no llevar los libros contables obligatorios: muchos autónomos caen en el error de pensar que basta con llevar su contabilidad en una hoja de cálculo. Pero necesitan contar con un registro legal y verídico de sus ingresos y gastos. Si no lo hacen, pueden ser sancionados con 150 euros (como mínimo).

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Ejemplo de sanción de Hacienda a un autónomo

Martín es un periodista autónomo que ha pasado por una inspección aleatoria de Hacienda. Como resultado, la Agencia Tributaria ha descubierto que no dispone de tres facturas que justifican ciertos gastos que se desgravó en su IRPF del 2022.

Según su contabilidad, las cantidades desgravadas en su momento fueron:

  • 800 euros por la compra de un ordenador.
  • 320 euros por la compra de material de oficina.
  • 500 euros por un curso de manejo de redes sociales para especialistas en comunicación.

El artículo 201 de la LGT recoge la infracción tributaria de incumplimiento de las obligaciones de facturación o documentación. Dentro este precepto se sanciona la falta de conservación de facturas con una multa equivalente al 2% del importe conjunto de las operaciones que han originado la infracción.

En este caso, la multa será el dos por ciento de 1.620 euros, que es la cantidad desgravada que Martín no ha logrado justificar. Por tanto, su sanción asciende a 32,4 euros. A pesar de ser una infracción grave, como el importe que no se puede justificar no es muy alto, la sanción es bastante moderada.

En caso de no haberse podido conocer el importe exacto de las operaciones de las que no se tiene justificación, la sanción sería de 300 euros por cada operación de la que no se ha conservado la factura. En este caso, Martín tendría que pagar 900 euros de multa.

Las sanciones de Hacienda son siempre un tema controvertido y deben analizarse las situaciones caso por caso, pero esperamos que ahora lo tengas un poco más claro.


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VALIDADO POR

Roger Dobaño - CEO Quipu

Roger es CEO y Fundador de Quipu, un software en la nube que lleva +10 años ayudando a autónomos, pymes y asesorías a digitalizar su operativa precontable. A raíz de una mala experiencia como autónomo, Roger se propuso crear un programa que acompañara a los empresarios a lidiar con la administración.

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