Esta guía del 2021 es para hacer la declaración de la renta del 2020.
Te permitirá tener tu declaración hecha, lista para poder presentarla a la Agencia Tributaria.
Debes saber que esta declaración está preparada para los autónomos, a modo genérico y es una guía.
Contenidos
¿Qué es la declaración de la renta?
Es básicamente la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas (IRPF).
El IRPF es un impuesto que tenemos que pagar todos los ciudadanos, independientemente de que seamos autónomos o no. Este, grava la suma de todos los ingresos obtenidos durante un año donde se le aplica un porcentaje a la renta de forma progresiva.
A partir de aquí podemos tener dos situaciones generales:
Ser asalariado y que nuestra empresa nos retenga una parte de nuestro sueldo en concepto de IRPF o bien ser autónomos y pagar nuestro impuesto reteniendo en las facturas o en el modelo 130 o en ambos.
Sin embargo, en la declaración se tienen en cuenta muchos otros conceptos. Como la vivienda, el estado civil, con o sin hijos, personas a cargo, etc. donde puede ser que no se apliquen deducciones directamente.
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Para obtener un control y regularizar toda esta situación propia durante un año, presentamos la declaración de la renta. Es decir, la declaración lo que permite es informar a Hacienda de todos estos ingresos que hemos tenido así como de la situación actual en la que estamos como ciudadano.
Si somos asalariados, la agencia tributaria nos envía un borrador, ya que puede calcularnos los ingresos que hemos tenido gracias a que la empresa ha ido informando sobre nuestra situación. Sin embargo, para los autónomos no, ya que no puede saberlos. Pero sí que puedes pedir tus datos fiscales a la Agencia Tributaria. Al mismo tiempo, debes ordenar tus ingresos y gastos, para poder rellenarla sin problemas.
Los usuarios del Programa de Facturación Quipu, tenéis toda la información de ingresos y gastos siempre disponible y al día, por lo que calcular la declaración de la renta es mucho más sencillo y no hay necesidad de que vosotros hagáis ningún cálculo, ya que Quipu lo hace por vosotros.
¿Quién está obligado a presentar la Declaración de la Renta 2021?
Asalariados
El límite para no tener que presentar la Declaración es de:
- 22.000€ si provienen de un solo pagador [si tienes dos pagadores, no hace falta presentarla si el segundo pagador no supera los 1.500€]
- 14.000€ si provienen de más de un pagador [ésta era una de las novedades del pasado 2020 ya que hasta el momento, el límite era de 12.000€]
- 14.000€ si recibes una pensión compensatoria
Recuerda que si recibes una prestación (paro, jubilación, etc.) se considera como otro pagador.
Autónomos y otros rendimientos
No hay obligación de presentar la Declaración de la Renta como autónomo si no superas los 1.000€ durante todo el año ya sea por tu actividad como autónomo, por rendimientos de alquileres, ganancias patrimoniales etc.
El límite sube a los 1.600€ para los rendimientos de capital mobiliario o ganancias patrimoniales sujetas a retención.
Plazo de presentación de la Declaración de la Renta 2021
- A partir del 7 de Abril se inicia oficialmente la campaña de la Declaración de la Renta 2021 (modificar y presentar el borrador de forma telemática)
- A partir del día 4 de Mayo se puede pedir cita previa para la modalidad telefónica, que empezará a partir del día 6 de Mayo.
- Para presentar la Declaración de la Renta 2021 y la liquidación anual del IRPF en autónomos (presentar el modelo 100) de forma presencial en las oficinas de la AEAT, habrá que esperar al día 27 de Mayo para solicitar la cita previa que se iniciará a partir del día 2 de Junio.
- El día 25 de Junio termina el plazo de domiciliación bancaria de declaraciones (modelos 100 y modelo 714) con resultado a ingresar.
- El miércoles 30 de Junio termina el plazo para la presentación de la declaraciones de renta y patrimonio.
¿Qué necesitamos para hacer la declaración de la renta?
Vamos a hacer la declaración de la renta en tres grandes pasos. Verás que al principio nos llevará tiempo, pero que una vez lo tengamos claro y ordenado, rellenar la declaración será muy rápido.
💡 En Quipu somos muy ordenados, así que está claro que en esto no podíamos fallar! ¡Vamos allá! 👇 |
PASO 1: Preparación de la información que necesitamos
Necesitaremos diversa información sobre la actividad económica que hemos tenido a lo largo del año, les llamaremos D (DATOS) y los ordenaremos para después recogerlos rápidamente. Si utilizáis Quipu, estos “datos” te los facilita el programa de facturación en el apartado de “Vista General”, de lo contrario tendrás que ir factura por factura y tardarás un poco más.
Así que busca la siguiente información, coge papel y boli y apúntatela. Empecemos:
1. De nuestras facturas ingresadas, necesitaremos:
1.1. La base de nuestras facturas ingresadas (sin IVA, ni retenciones).
Es decir, la base imponible total de todas las facturas que hemos ingresado. Este será nuestro DATO1 [D1]
1.2. La retención total que nos han hecho.
Es decir, nosotros cuando emitimos una factura, retenemos IRPF. Esto es dinero que quién nos paga la factura, tiene que “darlo a Hacienda”, no pasa por nosotros. Son retenciones que nos han hecho. El importe total – la suma de todo este importe – es el que debemos apuntarnos. Este será nuestro [D2]
Por ejemplo, yo emito cada mes una factura de 100€ con IVA 21% (21€) y 15% de IRPF (15€).
En total, tengo que durante un año he facturado 9 veces con este importe, por lo que el D1 será 100€ x 9 = 900€ (Base imponible total de todas las facturas) y el D2 será sólo el IRPF retenido, es decir, 15€x9 = 135€ (Retenciones totales).
Esto lo haremos con TODAS las facturas de TODO el año.
💡 Si quieres aprender con mas detalle como aplica el IVA en tus facturas y cómo funciona la retención del IRPF este enlace puede resultarte muy interesante |
2. De los gastos efectuados
2. 1. Cuotas de la seguridad Social.
Cogeremos todas las cuotas de autónomos que hayamos tenido y las sumaremos, el total será nuestro [D3].
2. 2. El resto de gastos, incluidos tickets.
En Quipu siempre comentamos la importancia de subir tus gastos, no solo para el modelo 130, sino para AHORA, poder desgravarnos estos tíquets y facturas. Pues eso, sumaremos el importe total de todos nuestros gastos, y nos lo apuntamos como el [D4]. Vigila que no estés cogiendo los gastos dos veces, así como el 2.1 de las cuotas comentado anteriormente!
¿Sabías qué…❓
Todos estos datos te los facilita Quipu! Solo tienes que filtrar según qué quieres conseguir y lo tendrás calculado automáticamente. Los que aún no habéis descubierto Quipu.. tendréis más trabajo, la próxima vez, no lo dudéis. |
3. Banco
Ve a tu cuenta bancaria y busca las retenciones que te han practicado. Seguramente dentro de documentos Fiscales. Recuerda que vas a pedir los del 2020 (siempre año anterior). Aquí dentro tiene que darte:
Ingresos: ingresos que te ha generado tener el dinero en el banco (intereses brutos)
Retenciones: retenciones que se te han practicado de estos intereses brutos
4. De los pagos de nuestro piso
Esta es una parte un poco compleja. Solo servirá si te diste de alta como titular del alquiler de un piso antes del 1 de enero de 2015, ya que el Gobierno cambió la ley y esta deducción ya no está vigente. Sin embargo, los que en el año anterior sí lo tuvieron, así seguirá. Además, es solo para personas que paguen por un piso y que sean titulares (que no es lo mismo que propietarios).
Escenario 1: si el contrato de tu alquiler está firmado ANTES del 01/01/2015 podrás deducirte el alquiler siempre y cuando seas el titular – que no es lo mismo que el propietario.
Escenario 2: si el contrato de tu alquiler está firmado ANTES del 01/01/2015 pero no eres el titular, no podrás deducirte la vivienda.
Escenario 3: si el contrato de tu alquiler es POSTERIOR al 01/01/2015 no podrás deducírtelo en ningún caso.
PASO 2: Rellenar la información con estos Datos
Una vez tenemos recogida toda la información, la rellenaremos en la declaración. Verás que al tener toda la información bien cogida, este paso es rapidísimo!
1. Abrimos la aplicación
Portal Renta Web 2020 en la página web de la Agencia Tributaria.
2. Rellenamos la primera parte
Comunidad autónoma a la que pertenecemos, tipo de declaración, estado civil, etc.
3. Conceptos:
Página 1.
Completar si queremos donar el 0,7%.
Página 2:
Rellenar nuestra situación familiar: personas a nuestro cargo (mayores o menores).
Página 4:
Si somos asalariados – tenemos una nómina – deberemos rellenar esta página que debería venir autocompletada con el borrador.
Página 5 – 6.
La información referida a la explotación de bienes muebles e inmuebles.
Página 7 -8 y hasta la 13
Comienzan los conceptos relativos a rendimientos de la actividad económica.
Si somos un autónomo en estimación directa, rellenaremos la página 7.
Si somos un autónomo en estimación objetiva (módulos), rellenaremos la página 8.
El resto de actividades especiales, se encuentran hasta la página 13.
Vamos a rellenar la página 7, que afecta a los autónomos en estimación directa.
- Epígrafe IAE
Lo tendrás en tu alta de autónomo, el que te toque por la profesión.
- Modelo aplicable:
- Estimación directa: Estimación simplificada o normal
- Tipo de Actividad
- Indicar la clave (del 1 al 5) según el tipo de actividad (veréis que es muy descriptivo)
- Ingresos íntegros
- Ingresos de explotación [celda 171]: El [D1] que hemos calculado. (nuestros ingresos)
Dentro de la celda 171, al final, meteremos las Retenciones de actividades económicas: Nuestro [D2]. Lo veremos reflejado luego en la página 31, celda 599.
- Gastos Fiscalmente Deducibles
- Otros consumos de explotación (celda 183): Nuestro [D4]. Y lo que no podamos incluir en otras casillas de gasto
- Seguridad Social (celda 185): Nuestro [D3].
- Podemos ser más específicos y separar la tipología de gasto según el listado. Vale la pena especialmente separar entre nuestros gastos los alquileres (celda 192), los servicios profesionales (celda 199) y los gastos financieros tales como los intereses de los préstamos (celda 203).
Luego deberíamos ir viendo cómo sale el resultado de la devolución, que puede ser positivo o negativo.
Resto de la Declaración de la Renta
El resto de páginas afectan a otras consideraciones como ganancias patrimoniales, rendimiento del ahorro, inversión en empresas de nueva creación, etc.
Recordad que en la página 38 podremos meter las donaciones y aportaciones que hayamos hecho.
Además cada Comunidad Autónoma incorpora deducciones particulares que se deberán tener en cuenta si tenemos suerte y nos podemos beneficiar de ellas.
Declaración positiva o negativa
Devolución: Cuando te sale resultado negativo.
Bien, marcaremos entonces → TRANSFERENCIA BANCARIA! A menos que queramos que Hacienda se quede nuestro dinero.
Cuenta bancaria
La pondremos e indicaremos el IBAN
Fecha
Incluir ciudad y día
PASO 3 Entregarlo a Hacienda, modelo 100
A partir de aquí deberemos entregarlo a Hacienda, la mayoría de bancos permiten entregar el fichero .100 a través de su aplicación. Para hacerlo vía Hacienda, es muy fácil, desde el portal Renta 2020. Hay un botón para firmar y enviar. El certificado digital no es obligatorio, puedes hacerlo con un código que obtienes en la misma plataforma introduciendo unos datos personales
Para generar el fichero con extensión .100:
1. En el menú de encima hacemos clic en “Archivo”
2. Le damos a Presentación Telemática
3. Aceptar y continuar
4. Guardamos el Archivo
¡Y ya lo tienes todo! Si tienes más preguntas o tu situación es más compleja no dudes en contactar con nuestro gestor especializado que podrá resolver todas tus cuestiones fácilmente 😉
Muchas gracias por esta explicación!! Ya tenía 20 pestañas abiertas y cada vez me complicaba más, este post me dio tranquilidad y al fin pude FIRMAR Y ENVIAR!!