Si estás pensando en emprender, constituir una comunidad de bienes podría ser una opción interesante para iniciar tu proyecto. Por ello, te explicamos qué es, pasos para crear una sociedad de bienes y los requisitos legales.
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Qué es una comunidad de bienes: Características
La comunidad de bienes es la forma más sencilla para emprender. Se trata de una asociación entre varias personas, generalmente autónomos, que quieren iniciar un proyecto común, los cuales tienen una responsabilidad fiscal personal e ilimitada. Es una opción buena opción para pequeños negocios. Tanto si son negocios físicos como tienda online.
El artículo 392 del Código Civil recoge la siguiente definición de la comunidad de bienes como un contrato por el cual la propiedad de una cosa o de un derecho pertenece pro indiviso a varias personas (comuneros).
Son muchas las ventajas de una comunidad de bienes, pero existen otro tipo de sociedades que puedes tener en cuenta a la hora de emprender. Consulta las características de cada una para determinar la que más se adapta a la idea de tu negocio: Sociedad Civil, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima o Sociedad Limitada.
Cómo crear una comunidad de bienes
Para poner en marcha un proyecto mediante la constitución de una comunidad de bienes es necesario realizar un contrato privado donde se detalle la actividad del negocio, las aportaciones que realiza cada socio y el porcentaje de participación que tendrá cada uno de ellos en concepto de pérdidas y ganancias.
Harán falta un mínimo de dos socios, también llamados comuneros, sin existir un máximo de socios y no será necesario hacer una aportación mínima. Pueden aportar bienes, capital o su trabajo, pero no podrán aportar sólo dinero o trabajo.
Al ser una asociación entre empresarios autónomos, la responsabilidad fiscal es personal e ilimitada. Es decir, que los socios responden de las deudas con el patrimonio empresarial y/o con el personal.
Proceso de constitución
Podréis crear esta forma jurídica telemáticamente, aunque solo es posible en determinadas comunidades autónomos. Por lo que vamos a explicar los pasos a seguir para su constitución.
Por internet
Mediante el sistema CIRCE podéis realizar todos los trámites de constitución y puesta en marcha de la Comunidad de Bienes por vía telemática. Sin embargo, para inicar el proceso, será necesario el desplazamiento hasta un Punto de Atención al Emprendedor (PAE) donde cumplimentar el Documento Único Electrónico (DUE) que luego enviaréis a través de internet. A partir de este momento es cuando se inicia la tramitación telemática.
Una vez enviado el DUE, el sistema telemático enviará a cada comunero que interviene en el proceso la parte del DUE que le corresponde para que haga los trámites pertinentes:
Cuando se envía el DUE, también se comunica el inicio de actividad de la Comunidad de Bienes a la Administración Tributaria con el envío de la Declaración Censal. Y con este último trámite finalizaria el proceso de creación de la Comunidad de Bienes.
Legislación
La normativa vigente referente a la Comunidad de Bienes establece que no tiene personalidad jurídica propia, sino que se rige por el Código de Comercio en materia mercantil y por el Código Civil en materia de derechos y obligaciones.
Fiscalidad comunidad de bienes
La Comunidad de Bienes no tributa por las rentas obtenidas, sino que éstas se atribuyen a los comuneros. Los socios son quienes realizan el pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF, Impuesto sobre Sociedades o Impuesto sobre la Renta de no Residentes, según sean contribuyentes o sujetos pasivos de cada uno de dichos impuestos. En otras palabras, tributarán por el IRPF debiendo declarar por separado sus ganancias.
A parir del 1 de enero de 2016, pasan a tributar por el Impuesto sobre Sociedades las sociedades civiles con personalidad jurídica “con objeto mercantil”.
Cómo factura una comunidad de bienes
Respecto a la facturación, será la propia comunidad de bienes la encargada de expedir todas las facturas relacionadas con su actividad. En ningún caso serán los socios o comuneros. Y deben estar a nombre de la comunidad para poder ser deducibles.
Por lo que respecta al IVA, la comunidad de bienes será quien deba presentar los modelos tributarios para las liquidaciones que le correspondan junto con las declaraciones informativas. Y por su parte, las comunidades de bienes deberán presentar el modelo 184 correspondiente a la declaración informativa anual en régimen de atribución de rentas. No es obligatorio, se trata de un modelo informativo en el que se detallarán las operaciones realizadas durante todo el año.
Modelo Contrato Comunidad de Bienes
No existe un único modelo de contrato para la constitución de la comunidad, por lo que os dejamos un posible modelo que podréis adaptarlo a vuestra actividad.
Tanto si es la primera vez que emprendes como si ya llevas tiempo con tu negocio, utilizar un programa de facturación como Quipu te ahorra tiempo y evita errores en la presentación de impuestos ya que los modelos tributarios se rellenan automáticamente con la información que tengas en tu cuenta. Si quieres saber cómo empezar a utilizar Quipu, no dudes en dejar un comentario o escribirnos en nuestra página. Estaremos encantados de atenderte.
¡Suerte con tu proyecto! 🙂
Soy propietario de una parte de una finca de viviendas en pro indiviso con otros propietarios y queríamos constituir una comunidad de bienes, pero hemos visto que es obligatorio darse de alta como autónomo y eso nos hace dudar. ¿No hay forma de evitar ese paso? ¿Es obligatorio cotizar a la Seguridad Social por tener una Comunidad de Bienes? El beneficio anual no llegará al costo mensual de la cotización. ¿Hay alguna alternativa?
Hola César,
Correcto, es obligatorio.
Existen varias formas jurídicas, pero en todo caso todas tienen su implicación… y la Seguridad social no perdona 😉
Saludos,
Quiero montar una CB, soy yo solo, puedo o tienen que ser mas personas.
Hay que contratar asesoría o la puedo llevar yo, impuestos y demás.
Gracias
Hola,
Siempre recomendamos que pagues una asesoría.
Te compensará con creces y te ahorras problemas.
Nosotros te podemos ayudar. Ponte en contacto con nosotros y te echamos una mano.
Saludos,
Hola, yo tengo una empresa (autonoma) y quisiera hacer una comunidad de bienes con otro autónomo. ¿cómo lo tendría que hacer al ya estar creada mi empresa? Saludos gracias
Buenas tardes, Estamos pensando en montar un negocio de coworking en un local que tenemos mi mujer y yo. Pensabamos crear una CB para explotar el inmueble, pero claro lo de actividad mercantil nos genera dudas de si nos van a conceder una CB o nos remitirán a una sociedad civil. ¿Como hemos de crear la CB para que no nos digan que hemos de tributar por el Impuesto de sociedades?. ¿Qué tipo de explotación no es mercantil bajo el paraguas de una CB?. Muchísimas gracias por anticipado.
Hola . Para este tipo de cuestiones con un cierto nivel de complejidad y particularidad de tu caso concreto, te recomiendo que contrates un gestor para que te resuelva este tipo de dudas y te aconseje la mejor alternativa.Lo puedes hacer desde aquí.
Saludos!
estoy interesada en abrir una CB, todavía exisiten??
me habían comentado que ya no, que se convirtieron en S.L
Hola Flor,
No se han convertido en SL y, por tanto, puedes crear una CB. Si sigues los pasos, podrás crear una CB aunque si quieres, puedes mirar el tipo de sociedades para emprender y sus ventajas, para ver cuál se ajusta más al tipo de empresa que quieras montar.
¡Recibe un saludo!