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Gastos no deducibles: qué son, requisitos y cuáles son

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Cuando hablamos de la fiscalidad de los autónomos, siempre le damos gran importancia a aquellos gastos que se pueden deducir quienes trabajan por cuenta propia. Es cierto que es fundamental estar al tanto de cuáles son para conseguir el máximo ahorro fiscal posible. Pero no menos importante es conocer los gastos no deducibles.

Esos respecto a los que nos debe quedar muy claro que no podemos deducirlos a la hora de presentar las declaraciones y autoliquidaciones de impuestos, porque esto podría dar lugar a la imposición de una sanción por parte de Hacienda.

En este artículo aprenderás:

¿Qué son los gastos no deducibles?

Al hablar de los gastos deducibles destacábamos de ellos que están afectos (vinculados) directamente con la actividad económica. Esto significa qué, si el autónomo no realiza dicho gasto, no podrá realizar su trabajo y obtener ingresos.

Los gastos no deducibles los podemos definir en contraposición. Son aquellos pagos que el profesional sufraga, pero que no se consideran vinculados directamente con la actividad económica que lleva a cabo.

¿Qué Ley regula los gastos no deducibles?

Las deducciones se aplican con respecto al IRPF y al IVA, por lo que debemos tener en cuenta las leyes que regulan estos tributos y sus correspondientes reglamentos de desarrollo.

No obstante, en este caso, aunque estemos hablando de autónomos que son personas físicas, a efectos de deducciones también se aplican algunas de la prescripciones recogidas en la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Es su artículo 15 el que recoge de manera expresa una serie de gastos no deducibles.

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Requisitos para que un gasto no sea deducible

La Agencia Tributaria ha establecido tres criterios básicos que deben cumplir los gastos que asume un autónomo en el ejercicio de su actividad económica para ser deducibles:

  • Estar vinculados a la actividad.
  • Debidamente justificados con factura (en algunos casos se admiten recibos).
  • Registrados en la contabilidad.

En contraposición, aquellos gastos realizados por el autónomo que no cumplan todos o alguno de estos requisitos, pasan a considerarse como gastos no susceptibles de deducción.

Principales gastos que NO son deducibles

Como hemos señalado antes, para tener claros cuáles son estos gastos, lo mejor es dirigirnos directamente al artículo 15 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Sin olvidarnos tampoco del criterio de la Agencia Tributaria a la hora de aceptar o no ciertas deducciones.

Entre los gastos no deducibles encontramos los siguientes:

Multas y sanciones

No importa si son penales o administrativas. Tampoco se pueden deducir los gastos que haya que asumir si, a consecuencia de no cumplir a tiempo una obligación tributaria, se imponen recargos del período ejecutivo o recargos por presentación extemporánea sin requerimiento previo.

Donativos y liberalidades

Son cantidades que el autónomo gasta y reparte libremente según su criterio. Como en ningún caso están relacionadas con su actividad, aquí no cabe la deducción.

Si se permite la deducción de gastos por atenciones a clientes o proveedores. Con el límite del 1% del importe neto de la cifra de negocios del período impositivo.

Pérdidas de juego

Obviamente, una pérdida relacionada con el juego es una pérdida de carácter personal y no se admite su deducción en ningún caso.

Gastos realizados con personas o entidades que residan en un paraíso fiscal

A fin de evitar el blanqueo de capitales, Hacienda ha optado por no admitir como deducibles, a priori, los pagos efectuados a personas o entidades que tengan su residencia en un territorio considerado como paraíso fiscal, o realizados a través de personas o entidades residentes en estos.

Como excepción, sí se admite la deducción si el contribuyente puede probar que el gasto corresponde a una operación o transacción qué, efectivamente, se ha llevado a cabo.

Gastos de actuaciones contrarias al ordenamiento jurídico

Pagos que se hayan hecho para llevar a cabo una conducta ilícita, como podría serlo el pagar un soborno a un funcionario para obtener un contrato público.

Deuda tributaria por el AJD

No son gastos deducibles las deudas tributarias derivadas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en su modalidad de Actos Jurídicos Documentados.

Vehículo particular

No se consideran afectados a la actividad económica aquellos vehículos que el autónomo utiliza para sus actividades económicas y, al mismo tiempo, para un uso particular. Por tanto, salvo que el autónomo se dedique al transporte, o sea un agente comercial, no puede deducirse en el IRPF el gasto realizado en su vehículo.

La normativa del IVA es algo más permisiva y, si hay un uso mixto privado-profesional, se admite la deducción de hasta el 50% de la cuota de IVA soportada.

Tener claros cuáles son los gastos no deducibles te evitará cometer errores a la hora de presentar tus impuestos. Así no tendrás que pasar por un proceso de regularización por parte de Hacienda, y te evitarás pagar recargos y sanciones.

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VALIDADO POR

Roger Dobaño - CEO Quipu

Roger es CEO y Fundador de Quipu, un software en la nube que lleva +10 años ayudando a autónomos, pymes y asesorías a digitalizar su operativa precontable. A raíz de una mala experiencia como autónomo, Roger se propuso crear un programa que acompañara a los empresarios a lidiar con la administración.

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