Miles de autónomos en España están en situación de pluriactividad, es decir que cotizan a la vez como trabajadores por cuenta propia y como asalariados. Esta peculiaridad tiene algunos beneficios como las bonificaciones disponibles en las cuotas o, en algunos casos, la devolución del exceso de cotización.
La Ley de Reformas Urgentes prevé la posibilidad de que los autónomos que hayan cotizado por encima de un determinado límite que se fija cada año puedan recibir al año siguiente una parte de este exceso que han pagado a través de sus cuotas.
En este artículo aprenderás:
- ¿Qué es la pluriactividad de los autónomos?
- ¿Cómo funciona la devolución de cotización en pluriactividad?
- ¿Qué autónomos tienen derecho a la devolución de cotización?
- ¿Cuándo se devuelve el exceso de cotización en pluriactividad?
- ¿Cómo solicitar la devolución del exceso de cotización en 2024?
¿Qué es la pluriactividad de los autónomos?
La pluriactividad es una situación en la que se encuentran miles de autónomos que desarrollan un trabajo por cuenta propia y, a la vez, están contratados por una empresa como asalariados.
La normativa entiende por pluriactividad aquella circunstancia en la que un trabajador cotiza por dos regímenes distintos a la vez: habitualmente el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y el Régimen General.
Los autónomos en pluriactividad tienen las mismas obligaciones que cualquier otro trabajador por cuenta propia. Es decir, deben pagar todos los meses una cuota a la Seguridad Social que, a día de hoy, va a depender de los ingresos reales que generen con su negocio.
A la vez, la empresa para la que trabajan como asalariados deberá abonar todos los meses las cotizaciones que correspondan en función de su salario.
Aunque los autónomos en pluriactividad tienen las mismas obligaciones que el resto del colectivo, es cierto que tienen también algunos derecho especiales como bonificaciones durante los primeros meses de actividad -que en algunos casos pueden ser más ventajosas que la tarifa plana-.
También, en algunos supuestos, pueden tener derecho a la devolución del exceso de cotización, es decir, de la cantidad que han pagado de más por el hecho de estar cotizando a la vez como autónomos y como asalariados.
¿Qué es la devolución de cotización en pluriactividad?
La devolución del exceso de cotización para personas en pluriactividad es uno de los principales beneficios disponibles a los que pueden acceder los trabajadores que cotizan a la vez como autónomos y como asalariados.
Este beneficio consiste en que la Tesorería paga a los autónomos en pluriactividad una parte de las cotizaciones que han aportado “de más” a la Seguridad Social a través de sus cuotas durante el año anterior.
En principio, este pago se realiza porque se entiende que, a partir de un determinado límite, los autónomos que cotizan por dos regímenes a la vez estarían sobrecotizando ya que seguramente no van a poder recuperar todas estas aportaciones en forma de prestaciones como sí lo harían los demás trabajadores que cotizan tan sólo por un régimen.
Para compensar este exceso de cotización, la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo estableció en 2017 el mecanismo de recuperación de una parte del exceso cotizado.
Según esta norma, “los trabajadores autónomos que, en razón de un trabajo por cuenta ajena desarrollado simultáneamente, coticen por contingencias comunes en régimen de pluriactividad tendrán derecho al reintegro del 50% del exceso en que sus cotizaciones superen la cuantía que se establezca a tal efecto por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio“.
Este exceso se calcula sumando las aportaciones que ha hecho el trabajador durante el año como autónomo a través de sus cuotas, y las que ha realizado la empresa en la que está contratado mediante el pago de sus cotizaciones como asalariado.
Si la suma de estas cuotas supera el límite establecido para 2024, el autónomo cobrará en su cuenta bancaria la mitad de la cantidad que exceda dicho límite. En 2023 esa cuantía era de algo más de 15.000 euros anuales pero este año se ha vuelto a incrementar.
¿Qué autónomos tienen derecho a la devolución de cotización?
El principal requisito que marca la Ley para que los autónomos puedan cobrar esta devolución es que superen a través de sus cuotas la cuantía marcada por los Presupuestos Generales del Estado cada año.
De este modo, si la suma de las aportaciones que ha hecho el autónomo a través de sus cuotas y las que ha abonado su empresa superan el límite marcado, la Seguridad Social le abonará el 50% del dinero que haya pagado de más.
Si no superara dicho límite, la ley establece que el autónomo no tendrá derecho a tal devolución y, por lo tanto, la Seguridad Social no abonará este exceso de cotización.
Límites para recibir la devolución de cotización en 2024
En 2024, los presupuestos generales del estado todavía no se han aprobado pero el límite sí se ha modificado a través de la orden de bases de cotización que entró en vigor el pasado 29 de enero.
Según establece esta orden, los autónomos que coticen en pluriactividad durante 2024, “tendrán derecho al reintegro del 50% del exceso en que sus cotizaciones por contingencias comunes superen la cuantía de 16.030,82 euros”.
Así, por ejemplo, un trabajador que en 2023 tuviera una base de 4.000 euros como asalariado y cotizara por otra base de 960,6 euros habría hecho las siguientes aportaciones:
- Su empresa habría abonado entorno a un 28,3% de 4.000 euros, es decir, 1.132 euros mensuales o 13.584 euros anuales.
- Él mismo como autónomo habría abonado un 31,2% de 960,6, es decir, 294 euros al mes o 3.528 euros anuales.
Por lo tanto, este autónomo habría aportado a lo largo de 2023 un total de 17.112 euros, una cuantía que supera los 16.030 euros marcados como límite para este año.
En base a esto, tendría derecho a un 50% del exceso, que en este caso son 1.082 euros al mes. Por lo tanto, la Seguridad Social le devolverá 540 euros.
Exclusiones del derecho a devolución del exceso cotizado
Además del límite establecido para cada año, los autónomos también deben tener en cuenta otras exclusiones que marca la Ley.
Según la Ley General de Seguridad Social, se excluye de la devolución del exceso de cotización a los autónomos en pluriactividad que estén percibiendo algún incentivo o bonificación.
De este modo, los trabajadores por cuenta propia que hayan accedido a la Tarifa Plana o a la reducción de cuotas por pluriactividad no tendrían derecho a este pago, aunque superaran el límite establecido.
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¿Cuándo se devuelve el exceso de cotización en pluriactividad?
La devolución del exceso de cotización se hace todos los años durante el primer semestre del ejercicio y en base a las cuotas abonadas durante el año anterior.
Según la Ley, en caso de que el autónomo tenga derecho a la devolución del exceso de cotización, “la Tesorería General de la Seguridad Social procederá a abonar el reintegro que en cada caso corresponda antes del 1 de mayo del ejercicio siguiente“.
Esto significa que entre marzo y abril de 2024, todos los autónomos en pluriactividad que tengan derecho a la devolución deberían haber recibido ya el reintegro del exceso cotizado en 2023.
¿Cómo solicitar la devolución del exceso de cotización en 2024?
Desde que se implantó la Ley de reformas urgentes, la Seguridad Social devuelve de manera automática el exceso de cotizaciones sin que el trabajador tenga que solicitar previamente este pago.
Por lo tanto, a día de hoy no es necesario que los autónomos presenten ninguna solicitud para acceder a la devolución. En caso de tener derecho a este cobro, será la Tesorería la que haga el cálculo de todas las cotizaciones abonadas por el trabajador por cuenta propia durante 2023.
En base a este cálculo y al límite establecido para 2024, la Seguridad Social pagará de oficio en la cuenta bancaria del autónomo en pluriactividad el 50% de ese exceso cotizado durante el año anterior.