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Tipos de sociedades mercantiles en España: ¿cuáles hay?

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Si estás pensando en emprender tu propio negocio es imprescindibles que conozcas los tipos de sociedades mercantiles que existen dentro de nuestro ordenamiento jurídico.

Cada una de ellas tiene unas características propias y, precisamente por eso, es importante saber cuál elegir para cada negocio.

En este artículo aprenderás:

¿Qué es una sociedad mercantil?

Es una entidad nacida de la voluntad de los socios que la integran y constituida a través de un contrato que obliga a los firmantes a poner en común dinero, bienes o industria y a repartir posteriormente las ganancias obtenidas a través de la actividad económica que va a llevar a cabo esa sociedad.

Estas entidades se caracterizan por:

  • Tienen personalidad jurídica propia. Son sujetos de derechos y obligaciones a nivel legal.
  • Cuentan con una sede central que es su domicilio fiscal. Opcionalmente pueden tener sedes adjuntas que reciben el nombre de sucursales.
  • Se distinguen unas de otras a través de su razón social, que es su nombre oficial.
  • Su constitución se lleva a cabo mediante otorgamiento de escritura pública ante notario y la inscripción de la misma en el Registro Mercantil.

¿Qué tipos de sociedades mercantiles existen en España?

El artículo 122 del Código de Comercio establece que las sociedades mercantiles se constituirán adoptando una de las siguientes formas:

  • Sociedad de Responsabilidad Limitada.
  • Sociedad Anónima.
  • Sociedad Colectiva.
  • Sociedad Comanditaria (simple o por acciones).

Sociedad de Responsabilidad Limitada

La SL o SRL es la sociedad más habitual en España, porque es a la que más suelen recurrir los emprendedores que no desean operar en el mercado como trabajadores por cuenta propia (autónomos).

Su regulación ha cambiado en los últimos años para que la creación de este tipo de empresas sea más flexible.

Principales características

  • Número de socios: el mínimo es de uno y no hay un límite máximo. Además, los socios pueden ser personas físicas o jurídicas.
  • Responsabilidad de los socios: limitada al capital que han aportado. Es decir, que no responden de las deudas de la entidad con su patrimonio personal.
  • Tipos de socios. Pueden ser capitalistas o trabajadores.
  • Capital social. El mínimo legal que debe estar desembolsado en el momento de la constitución es de 1 €, pero luego debe ir ampliándose hasta llegar al mínimo de 3.006 € que exige la ley.
  • División del capital social. Se divide en participaciones sociales.

Variantes

Sociedad Anónima

Dentro de los tipos de sociedades, la SA es la segunda modalidad más común. Dado que su capital social mínimo es notablemente más alto que en la SL, las entidades que adquieren esta forma son aquellas que ya están consolidadas en el mercado.

Principales características

  • Número de socios: el mínimo es de uno y no hay un límite máximo. Además, los socios pueden ser personas físicas o jurídicas.
  • Responsabilidad de los socios: limitada al valor de las acciones que tienen en propiedad.
  • Tipos de socios: pueden ser fundadores o no fundadores.
  • Capital social: el mínimo legal es de 60.101,21 €, de los cuales se tiene que haber desembolsado un mínimo del 25% en el momento de constitución.
  • División del capital social: se divide en acciones que se pueden transmitir libremente.

Variantes

  • Sociedad anónima abierta o cotizada. Es la modalidad en la que cualquier persona puede comprar acciones. El ejemplo típico son las SA que cotizan en bolsa.
  • Sociedad anónima cerrada. Obtiene su capital únicamente a través de las personas que son aceptadas por los socios fundadores o mediante préstamos.
  • Sociedad anónima laboral.

Sociedad Colectiva

En esta sociedad mercantil de carácter personalista los socios juegan un papel especialmente importante porque aportan capital, trabajo y se encargan de la gestión de la entidad.

Principales características

  • Número de socios: el mínimo es de dos y no hay un límite máximo.
  • Responsabilidad de los socios: la sociedad tiene autonomía patrimonial y responde de las deudas con su propio patrimonio, pero si este no es suficiente responden los socios de manera subsidiaria, ilimitada y solidaria. En el caso de los socios industriales, solo responden de las deudas sociales con su propio patrimonio si lo establece el contrato social.
  • Tipos de socios: son socios capitalistas los que aportan bienes y socios industriales los que aportan trabajo, servicios o actividad en general.
  • Capital social: no existe un mínimo legal.

Sociedad Comanditaria

Es también una sociedad mercantil de carácter personalista o de capital (según la modalidad), la diferencia con la colectiva es que hay supuestos en los que los socios no se encargan directamente de la gestión.

Principales características

  • Número de socios: el mínimo es de dos y uno de ellos debe ser necesariamente colectivo, pero no hay un límite máximo.
  • Responsabilidad de los socios: la responsabilidad del socio comanditario está limitada a la aportación económica que ha hecho al capital social. Mientras que los socios colectivos responden de las deudas societarias de manera ilimitada y solidaria.
  • Tipos de socios: colectivos y comanditarios.
  • Capital social: el mínimo legal es de 60.101,21 € en la sociedad colectiva por acciones. En la comanditaria simple no hay un capital social mínimo.

Variantes

  • Sociedad comanditaria simple: es una sociedad mercantil de carácter personalista que cuenta con socios colectivos que le aportan capital y trabajo y tienen una responsabilidad ilimitada, y socios comanditarios que solo aportan capital y tienen limitada su responsabilidad.
  • Sociedad comanditaria por acciones: es una sociedad mercantil cuyo capital está dividido en acciones. El tipo de socios y su responsabilidad es igual que en el caso anterior.

Tabla comparativa de los tipos de sociedades

Forma SocietariaNúmero Mínimo de SociosResponsabilidad de los SociosTipos de SociosCapital Social Mínimo
Sociedad Limitada (SL)1Limitada al capital aportadoCapitalistas o trabajadores3.006 €
Sociedad Anónima (SA)1Limitada al capital aportadoAccionistas fundadores o no fundadores60.101,21 €
Sociedad Colectiva2 o másIlimitada y solidariaSocios capitalistas e industrialesNo establecido legalmente
Sociedad Comanditaria Simple2 o másColectivos: ilimitada y solidaria; Comanditarios: limitada al capital aportadoSocios colectivos y comanditariosNo establecido legalmente
Sociedad Comanditaria por Acciones2 o másColectivos: ilimitada y solidaria; Comanditarios: limitada al capital aportadoSocios colectivos y comanditarios60.101,21 €

Estos son los diferentes tipos de sociedades que regula el Código Mercantil, ahora solo tienes que elegir aquel que encaja más con tus circunstancias y con el tipo de negocio que quieres poner en marcha.

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VALIDADO POR

Roger Dobaño - CEO Quipu

Roger es CEO y Fundador de Quipu, un software en la nube que lleva +10 años ayudando a autónomos, pymes y asesorías a digitalizar su operativa precontable. A raíz de una mala experiencia como autónomo, Roger se propuso crear un programa que acompañara a los empresarios a lidiar con la administración.