Nuestro ordenamiento jurídico regula diferentes tipos de entidades mercantiles con capacidad para operar en el mercado. Una de las más habituales en la Sociedad Limitada.
Para saber si este tipo de sociedad es la más adecuada para gestionar tu negocio, debes conocer bien qué es y cómo funciona.
En este artículo aprenderás:
- ¿Qué es una Sociedad Limitada?
- Características de una Sociedad Limitada (SL)
- Ventajas y desventajas de una Sociedad Limitada
- Tipos de Sociedades Limitadas
- ¿Cuál es el capital mínimo y máximo para montar una SL?
- ¿Cuántos socios se necesitan para montar una SL?
- Ejemplo de una Sociedad de Responsabilidad Limitada
¿Qué es una Sociedad Limitada?
Los emprendedores pueden desarrollar su actividad por cuenta propia (como autónomos) o constituyendo una sociedad mercantil que limite su responsabilidad.
Entre quienes deciden operar en el mercado bajo el paraguas de una entidad mercantil, la opción más elegida es la Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Limitada o SL.
Es una sociedad mercantil o un tipo de empresa que se define por el hecho de que la responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado. Es decir, si la entidad contrae deudas, los socios van a responder con el capital invertido en la empresa, nunca con su propio patrimonio personal.
Características de una Sociedad Limitada (SL)
Los rasgos que definen a este tipo de entidades mercantiles te ayudarán a comprender mejor su funcionamiento.
Las características más destacables son las siguientes:
- Responsabilidad de los socios por las deudas: como hemos visto antes, está limitada a lo que cada uno de ellos ha aportado al capital social. Además, es una responsabilidad solidaria.
- Número de socios: la legislación no establece un número máximo ni mínimo de socios para poner en marcha una entidad de este tipo. Estos pueden ser tanto personas físicas como personas jurídicas.
- Denominación social: para dejar constancia de que se trata de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, la denominación social que se inscribe en el registro debe ir seguida de las siglas S.L. o S.R.L.
- Capital social mínimo: los últimos cambios legislativos han reducido el capital mínimo que debe tener la entidad para poder empezar a operar hasta 1 euro.
- Participaciones sociales: en estas entidades mercantiles el capital social se divide en participaciones que son acumulables e indivisibles. Las aportaciones que realizan los socios pueden ser tanto monetarias como en especie.
- Constitución: se hace otorgando escritura pública ante notario y presentando los estatutos y dicha escritura de constitución en el Registro Mercantil para su inscripción.
- Órganos sociales: la SL se compone de una Junta General de socios que toma las decisiones y de un organismo ejecutivo y representativo que se encarga de la gestión diaria de la empresa y de representarla en sus relaciones con terceros.
- Obligaciones tributarias: estas sociedades deben darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), presentar las declaraciones trimestrales de IVA y el Impuesto sobre Sociedades.
- Domicilio social: para entender que la sociedad es española debe tener domicilio social en España.
Ventajas y desventajas de una Sociedad Limitada
A fin de que un emprendedor pueda decidir si esta forma mercantil es la más adecuada para su proyecto, es fundamental conocer los beneficios e inconvenientes que se derivan de la Sociedad Limitada.
Ventajas
- Permite salvaguardar el patrimonio personal del emprendedor, porque de las deudas contraídas por la sociedad se responde únicamente con el capital social y el patrimonio que tenga la entidad.
- La constitución de una entidad de este tipo es relativamente sencilla y rápida.
- El capital social mínimo exigible es de tan solo 1 euro. Los costes de constitución también son bastante asequibles, en tornos a los 600 euros.
- Superados los 40.000 euros anuales de facturación, la carga fiscal que soporta una SL es inferior a la que tiene que soportar un autónomo a través del IRPF.
- El acceso a la financiación resulta más sencillo a través de una SL que operando como profesional por cuenta propia.
- Una SL tiene más presencia y mejor imagen en el mercado, lo que facilita colaborar con grandes empresas y también la internacionalización.
Desventajas
- Aunque los trámites de constitución se han simplificado en los últimos años, todavía hay que hacer frente a mucha burocracia, lo que puede retrasar la puesta en marcha de la actividad.
- Las participaciones no son fácilmente transferibles, porque se requiere el consentimiento del resto de socios y debe quedar formalizada en escritura pública, lo que puede limitar la liquidez de la empresa.
- Para pequeños emprendedores no aporta beneficios a nivel fiscal. Si no se factura mucho, es más ventajoso tributar a través del IRPF que mediante el Impuesto sobre Sociedades.
- Los bancos pueden llegar a pedir un aval personal a los socios para dar financiación a la empresa, lo que implica que sí habrá responsabilidad de los mismos en caso de deudas y tendrán que responder con su patrimonio personal.
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Tipos de Sociedades Limitadas
Aunque hablamos de Sociedad Limitada, lo cierto es que no existe un único tipo de esta entidad mercantil.
Sociedad Limitada Unipersonal (SLU)
La principal característica de la Sociedad Limitada Unipersonal es que está constituida por un único socio, que es el titular del 100 % de las participaciones y asume de forma exclusiva la dirección y gestión del negocio.
No hay ningún problema en que este único socio sea una persona jurídica.
Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE)
Este tipo de sociedad fue creada con la finalidad de agilizar la creación de PYMES facilitando los trámites administrativos. Sin embargo, dejó de existir con la entrada en vigor de la Ley Crea y Crece, porque esta norma establece un procedimiento más rápido para crear entidades mercantiles.
Las SLNE creadas antes de la entrada en vigor de la Ley Crea y Crece han pasado a considerarse Sociedades de Responsabilidad Limitada normales y corrientes, por lo que deben usar en su denominación el acrónimo “S.R.L.”.
Sociedad Limitada Laboral (SLL)
Para constituir una Sociedad Limitada Laboral es necesario contar con un mínimo de tres socios que, además de estar en posesión de la mayor parte del capital social, presten en ella servicios de forma personal y directa y sean retribuidos por ello.
Otras de sus particularidades son que ningún socio puede poseer más de la tercera parte de las participaciones totales y que la relación laboral tiene que ser por tiempo indefinido.
Sociedad Limitada de Formación Sucesiva (SLFS)
La Sociedad Limitada de Formación Sucesiva se caracterizaba porque permitía a los socios ir desembolsando el capital social inicial de la SL poco a poco. Sin embargo, la entrada en vigor de la Ley Crea y Crece ha hecho que esta figura ya no resulte necesaria en nuestro ordenamiento jurídico y la ha derogado.
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¿Cuál es el capital mínimo y máximo de una SL?
Hasta hace unos años, el capital social mínimo para crear una Sociedad Limitada era de 3.000 euros. Para facilitar la puesta en marcha de empresas a los nuevos emprendedores, se dio luz verde a la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva, que permitía poner en marcha la entidad mercantil sin tener que aportar de una sola vez ese dinero.
Uno de los objetivos de la Ley Crea y Crece es agilizar y facilitar la creación de empresas y, por eso, ahora el capital social inicial de una SL es de tan solo 1 euro. Esto ha hecho innecesaria la figura de la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva.
Los emprendedores pueden empezar ahora a operar con su SL en el mercado con un capital social mínimo que puede ser de un euro, pero deben destinar parte de sus beneficios (20 %) a ir haciendo crecer este hasta llegar a un mínimo de 3.000 euros.
Lo que no existe es un capital social máximo, de manera que los socios pueden aportar la cuantía que consideren adecuada en función de las necesidades de la empresa. De hecho, el capital social se puede ampliar o disminuir (nunca puede quedar por debajo del mínimo legal de 3.000 euros) según se considere necesario.
¿Cuántos socios se necesitan para montar una SL?
La legislación no hace referencia, con carácter general, a un número mínimo de socios. Es más, permite que una SL esté constituida por una única persona física o jurídica, adquiriendo la condición de Sociedad Limitada Unipersonal.
Lo que sí existen son ciertos tipos de sociedades en los que hay límites en cuanto al número mínimo de socios. Sucede con la Sociedad Limitada Laboral, que debe contar con al menos tres socios.
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Ejemplo de una Sociedad de Responsabilidad Limitada
Lola ha decidido poner en marcha su propia empresa de diseño de interiores y decoración. Tiene ahorrados 15.000 euros y se siente segura para dar el paso de operar en el mercado a través de su propia empresa, pero no sabe muy bien qué tipo de sociedad mercantil elegir para su proyecto.
Es consciente de que poner en marcha una Sociedad Anónima puede darle más prestigio en el mercado y facilitar la atracción de inversores y de socios adicionales. Pero también de que tendría que pedir un préstamo para cubrir los 60.000 euros que conforman el capital social mínimo de este tipo de entidades.
Aunque le gustaría que su negocio creciera y el día de mañana llegara a ser una Sociedad Anónima, por el momento busca una empresa que sea más sencilla de constituir y gestionar, y que no suponga tantos gastos iniciales.
Finalmente, Lola decide que la Sociedad Limitada es la mejor solución en su caso porque:
- Quiere ejercer su profesión sin poner en riesgo su patrimonio personal.
- Con el nivel de ingresos que espera obtener le resulta más ventajoso tributar por el Impuesto sobre Sociedades que por el IRPF.
- Con una SL le resultará más sencillo contratar empleados.
- Tiene ahorros suficientes como para desembolsar el capital social mínimo de la SL y disponer de recursos para otros gastos que debe afrontar en este momento.
La Sociedad Limitada es una figura muy popular en el ámbito empresarial y, por eso, como le ha ocurrido a Lola, también puede ser una buena elección para ti.
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