Los socios o administradores de una sociedad pueden recibir pagos por diversas razones. Estos pagos pueden estar relacionados con su posición como administradores, los servicios que brindan a la empresa, su papel en la dirección o debido a un contrato laboral formal con la empresa.
En este contexto, la Dirección General de Tributos (DGT) ha establecido criterios a través de consultas oficiales que tienen un carácter vinculante, es decir, deben ser seguidos, con el propósito de aclarar cómo se debe calcular el impuesto sobre la renta (IRPF) que se debe retener de los ingresos de aquellos socios y administradores que también desempeñan un trabajo efectivo en la empresa.
Ahora, la pregunta que surge es: ¿cuánto impuesto se debe retener en cada uno de estos casos específicos? En este artículo te explicaremos detalladamente sobre los diferentes escenarios y cómo se aplica la retención de impuestos en cada uno de ellos.
En este artículo aprenderás:
Tipos de retribución
Las tasas de retención aplicables al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) varían en función de la naturaleza del trabajo y la situación de ingresos de la empresa, yendo desde una retención flexible similar a la de empleados regulares, hasta retenciones fijas del 35% o del 19% para administradores y funciones de gerencia o dirección, según los criterios específicos establecidos.
A continuación, se detalla cómo se aplica la retención en cada caso:
Retribución como empleado
Cuando un socio realiza tareas diarias en la empresa como un empleado regular, el sueldo que recibe por estas funciones está sujeto a una retención de impuestos que varía. Esto significa que el porcentaje de impuestos que se retiene del sueldo es flexible y se calcula de manera similar al de otros empleados en sus nóminas.
Retribución por administrador
Si un socio recibe retribuciones por ejercer el rol de administrador de la empresa, estas retribuciones están sujetas a una retención fija del 35% en la mayoría de los casos. Sin embargo, esta retención puede reducirse al 19% si la empresa tiene un ingreso neto de cifra de negocios inferior a 100.000 euros. En resumen, la tasa de retención es del 35% a menos que la empresa cumpla con el criterio de ingresos establecido, en cuyo caso sería del 19%.
Retribución por gerencia
En esta categoría se incluyen los ingresos obtenidos por desempeñar funciones de gerencia o director general en la empresa. Dado que estas funciones se consideran similares a las de un administrador, los salarios recibidos por ser gerente o director están también sujetos a una retención de impuestos. Al igual que en el caso anterior, esta retención puede ser del 35% o del 19% dependiendo del cumplimiento de los requisitos de ingresos.