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Retención del 7% IRPF en nuevos autónomos: qué es y cuándo interesa

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¿Sabes que existe un IRPF reducido para nuevos autónomos? Si te acabas de dar de alta en el RETA como profesional (en las secciones segunda o tercera del IAE), tienes la posibilidad de aplicar una retención de IRPF menor (solo el 7%) en tus facturas a empresas y otros autónomos.

Esta es una decisión clave al empezar: ¿aplico el 7% o el 15% general? Te explicamos en qué consiste, para quién es exactamente esta opción y cuándo te interesa más una u otra.

En este artículo aprenderás:

¿Qué es la retención de IRPF de los autonomos?

La retención de IRPF es un adelanto de impuestos que tus clientes (empresas u otros autónomos) ingresan en Hacienda por ti.

Importante: Esta retención (del 7% o 15%) solo la aplicas si cumples dos condiciones:

  1. Eres autónomo profesional (dado de alta en la sección 2ª o 3ª del IAE, como consultores, diseñadores, programadores, abogados, etc.).
  2. Facturas a otros negocios o profesionales españoles.

Si eres autónomo con una actividad empresarial (sección 1ª del IAE, como un comercio, un bar o una tienda online) o si facturas mayoritariamente a clientes particulares, tu sistema para pagar el IRPF es diferente (normalmente, presentas el Modelo 130 trimestral) y este artículo sobre el 7% o 15% no se aplica a tu caso.

Para los autónomos profesionales, la retención general es del 15%. Su función es anticipar a Hacienda el impuesto que te tocará pagar en tu Declaración de la Renta anual.

¿Qué retención de IRPF tienen que aplicar los nuevos autónomos?

Los nuevos autónomos pueden elegir entre aplicar una retención reducida del 7% o la retención habitual del 15%, según cuales sean sus necesidades de negocio. Es importante dejar claro que el IRPF menor está recogido por ley como una posibilidad, nunca como una obligación.

Requisitos para aplicar retención del 7% de IRPF

Para aplicar el IRPF de nuevos autónomos 2022, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tus clientes deben ser también autónomos o empresarios.
  • Tu negocio debes estar en el período de inicio de actividad (hasta 2 años después del que se ha producido el alta)
  • No haber tenido una actividad profesional en el año anterior a tu alta en el RETA.
  • Informar a tus clientes de este IRPF reducido, incluyendo tus datos identificativos, cuándo se ha producido el inicio de tu actividad profesional y el periodo de tiempo en el que se va a aplicar el 7% de IRPF.

Si no cumples con esta obligación y no informas de manera adecuada a tus clientes sobre este cambio en la factura por tu actividad profesional, estos tendrán que optar por hacer la retención correcta e ingresarla con el modelo 111. En este caso,  te retendrán el 15% a cuenta del IRPF.

¿Durante cuánto tiempo se puede aplicar el 7% de IRPF?

La retención del 7% de IRPF solamente se puede aplicar en las facturas que realizan los nuevos autónomos durante el año en el que se han dado de alta en este régimen tributario y los dos siguientes.

En otras palabras, si una persona que decide iniciar su trabajo por cuenta propia empieza su período de cotización en el RETA en Enero del 2023, dispondrá de este año y del 2024 y 2025 para aplicar este tanto por ciento reducido en su facturación a otros autónomos o empresas. Tendrá que informar a sus clientes de este calendario con anticipación. año y del 2024 y 2025 para aplicar este tanto por ciento reducido en su facturación a otros autónomos o empresas. Tendrá que informar a sus clientes de este calendario con anticipación.

¿El 7% de IRPF es obligatorio para nuevos autónomos?

El IRPF de nuevos autónomos solamente es una posibilidad para los profesionales que se acaban de dar de alta en el RETA. Su objetivo es proporcionarles más liquidez para los primeros meses de su negocio, pero si consideran que les resulta más rentable la retención tradicional del 15%, no hay ningún problema en que opten por esta vía.

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¿Cuándo interesa más el 7% y cuándo el 15%? La decisión clave

Esta es la pregunta más importante. La respuesta corta es: ninguna opción es un «regalo» fiscal. No pagarás menos impuestos a final de año. La única diferencia es cuándo pagas ese impuesto:

  • Con el 7%: Ganas más liquidez inmediata (cobras más en cada factura), pero pagarás mucho más de golpe en la Declaración de la Renta.
  • Con el 15%: Ganas menos liquidez (cobras menos), pero actúas como una «hormiguita»: vas adelantando más a Hacienda y tu Declaración de la Renta será suave (saldrá a pagar poco o incluso a devolver).

La elección depende de tu previsión de ingresos y tu necesidad de liquidez.

Escenario 1: Elige el 7% (Más liquidez ahora)

Esta opción es recomendable si:

  • Necesitas máxima liquidez. Empezar es caro (equipos, marketing, etc.) y tener un 8% más de dinero en tu cuenta cada mes puede ser vital.
  • Prevés tener beneficios bajos. Si tus beneficios (ingresos menos gastos) van a ser reducidos (p.ej., por debajo de 15.000€ – 18.000€ anuales), tu tipo de IRPF real será bajo. Retener un 15% sería excesivo y Hacienda te estaría «guardando» un dinero que quizás necesitas ahora.
  • Eres muy organizado/a. Debes ser capaz de ahorrar un porcentaje de lo que ingresas (ese 8% de diferencia) en una cuenta aparte, sabiendo que en junio del año que viene tendrás que dárselo a Hacienda.

Escenario 2: Elige el 15% (Más tranquilidad futura)

Esta opción es para ti si:

  • Prefieres evitar «sustos» con Hacienda. Retener el 15% te da una enorme tranquilidad. Es muy probable que tu Declaración de la Renta te salga a pagar muy poco o a devolver. Es un «ahorro forzoso».
  • Prevés tener beneficios altos desde el principio (p.ej., por encima de 20.000€ – 25.000€). Si vas a ganar bastante, tu tipo efectivo de IRPF superará el 15% (contando los primeros tramos). Retener solo un 7% significará que en la Renta tendrás que pagar una cantidad muy grande de golpe.
  • No quieres preocuparte por guardar un «colchón» para la Renta. Vas pagando lo que te toca (o más) en cada factura.

Resumen rápido: ¿Necesitas dinero ya para arrancar? Usa el 7% (y ahorra). ¿Prefieres dormir tranquilo sabiendo que cumples de sobra? Usa el 15%.

🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre la retención de IRPF de los autónomos te recomendamos que leas nuestro artículo específico.

Ejemplo de factura con retención del 7% de IRPF

De forma muy simplificada, vamos a ver un ejemplo de factura con una retención del 7% de IRPF y cómo sería esa misma factura si la afrontase un autónomo con más de 3 años de actividad y, por tanto, obligado a incluir una retenciones del 15% en sus facturas.

Nos centraremos en los datos económicos más básicos, pero conviene recordar que este tipo de documentos siempre deben incluir unas partes identificativas obligatorias para que la factura tenga total validez legal.

Factura con retención del 7% de IRPF

Base imponible10.000€
21% IVA2.100€
7% IRPF (-)-700€
Total11.400€

Misma factura, pero con retención del 15% de IRPF

Base imponible10.000€
21% IVA2.100€
15% IRPF (-)-1.500€
Total10.600€

Como vemos, a pesar de tener la misma base imponible y el mismo tipo de IVA, la diferencia en el IRPF retenido afecta de manera directa al total de la factura. Esto significa que, por un mismo trabajo, un nuevo autónomo obtendrá mayor liquidez, en este caso 800 euros más.

¿Significa esto que el nuevo autónomo gana más dinero? No. Gana más liquidez inmediata (800€ más en su bolsillo en este caso), pero no es un beneficio.

Piénsalo así:

El autónomo del 15% ha adelantado 1.500€ a Hacienda (que su cliente ha ingresado por él).

El autónomo del 7% solo ha adelantado 700€.

Al hacer la Declaración de la Renta anual (Modelo 100) al año siguiente, ambos pagarán exactamente el mismo impuesto total según sus beneficios. Sin embargo, el del 7% tendrá que pagar una cantidad mucho mayor de golpe (porque solo adelantó 700€), mientras que el del 15% ya tiene casi todo el trabajo hecho (ya adelantó 1.500€).

La retención reducida es una ayuda de liquidez, no un ahorro fiscal.

En este sentido, la deducción del IRPF supone una gran ayuda para impulsar la actividad de los nuevos emprendedores, pero si tu negocio tiene éxito no será necesario ni recomendable efectuar dicha reducción.

🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre cómo funciona el IVA y el IRPF en las facturas de autónomo te recomendamos que leas nuestro artículo específico.

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ARTÍCULO VALIDADO POR

Roger Dobaño - CEO Quipu

Roger es CEO y Fundador de Quipu, un software en la nube que lleva +10 años ayudando a autónomos, pymes y asesorías a digitalizar su operativa precontable. A raíz de una mala experiencia como autónomo, Roger se propuso crear un programa que acompañara a los empresarios a lidiar con la administración.