Si eres autónomo y facturas menos de 85.000 euros al año, en un futuro no muy lejano podrías quedar liberado de presentar tus declaraciones de IVA trimestrales y olvidarte de incluir este impuesto en tus facturas. O al menos esto es lo que lleva prometiendo Hacienda desde hace dos años.
A esto se suma que, desde enero, los autónomos y empresas que trabajan con clientes o proveedores internacionales deberían haber quedado exentos de declarar IVA por una nueva directiva europea. Aunque esta aprobación también va con retraso.
Si todavía no sabes qué es el Régimen de franquicia del IVA, para qué sirve, a quién afecta y cuál serían sus fechas de entrada en vigor, sigue leyendo.
En este artículo aprenderás:
- ¿Qué es el régimen de franquicias de IVA?
- ¿Cuándo entrará en vigor el sistema de IVA franquiciado?
- ¿Cómo funcionará el IVA de franquicias?
- ¿Qué autónomos podrían acogerse al régimen de franquicias de IVA?
- ¿A qué autónomos beneficiaría el régimen de IVA franquiciado?
📹 Régimen de franquicia del IVA
En el siguiente vídeo explicamos en detalle como funciona el régimen de IVA franquiciado que está siendo negociado actualmente entre las organizaciones de autónomos y Hacienda.
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¿Qué es el régimen de franquicias de IVA?
Hasta hace muy poco tiempo el régimen de franquicias de IVA o IVA franquiciado era prácticamente desconocido en nuestro país y sólo formaba parte del argot de economistas, asesores u otros profesionales especializados en fiscalidad.
A mediados de Marzo de 2023, Hacienda avanzó que estaba trabajando con las organizaciones de autónomos para poner en marcha una reforma fiscal. Una de las claves más importantes de esta reforma sería la puesta en marcha en España del régimen de IVA de franquicias, un sistema opcional al que podrían acceder algunos pequeños negocios para quedar liberados de muchos trámites y cargas fiscales.
Pero ¿en qué consiste el régimen de franquicias de IVA? Ahora mismo la mesa de negociación para poner en marcha este sistema en España está bloqueada y sin visos de ninguna novedad para 2025. A falta de la aprobación de este régimen y el desarrollo de un reglamento específico, no es posible concretar todos los requisitos y vicisitudes que tendría este futuro sistema en España.
Por suerte, la normativa comunitaria tiene mucho que decir acerca de cómo debe funcionar el régimen de IVA de franquicias en los Estados miembro y cómo podría afectar a los autónomos y pymes españoles si algún día se aprobara.
La regulación actual comunitaria del régimen de franquicia en el IVA procede de la Directiva (UE) 2020/285 del Consejo de 18 de Febrero de 2020. A grandes rasgos, esta normativa da la potestad a los Estados miembros de establecer un régimen de franquicias de IVA bajo algunos parámetros generales.
Según la Ley, este sistema debe ser siempre opcional y las empresas que puedan y quieran acceder a él quedarían liberadas de su obligación de declarar IVA. En otras palabras, los autónomos y pymes que accedieran al régimen de franquicias quedarían al margen de este impuesto indirecto: ni tendrían que repercutir ni podrían deducir las cuotas. No tendrían que incluir IVA en sus precios y declararlo, pero tampoco podrían desgravar sus gastos.
Desgraciadamente, Hacienda comunicó en 2024 que las negociaciones para establecer el IVA de franquicias en España estaban bloqueadas. Y así siguen en 2025. Otra cosa distinta es la exención de IVA para empresas españolas que facturen con clientes o proveedores de otros estados europeos. La aplicación de esta medida es una obligación para España y su aprobación en 2025 debería ser inminente.
¿Cuándo entrará en vigor el IVA de franquicias?
El régimen de IVA de franquicias todavía no está aprobado en España y, por lo tanto, todavía no se puede saber a ciencia cierta cuándo y cómo será la entrada en vigor de este medida para no declarar el IVA de los autónomos.
Ahora bien, aquí habría que diferenciar entre dos tipos de sistema de IVA de franquicias. El primero es el que beneficiaría a los autónomos con operaciones nacionales. Es decir, que trabajan con clientes finales o con otras empresas españolas. El segundo es para aquellos que importan y exportan con otros países de la Unión Europea.
Aprobación para operaciones nacionales
En cuanto al primer régimen de franquicias, el que afecta a operaciones nacionales, depende de una mesa de negociación entre Hacienda, ciertas asociaciones de autónomos y los sindicatos.
A día de hoy (marzo de 2025), esta negociación está bloqueada, y desgraciadamente no hay esperanza de que se apruebe este año la exención de IVA para autónomos y empresas con operaciones en España.
Aprobación para operaciones internacionales
En segundo lugar está pendiente la exoneración de IVA para empresas que facturen con clientes o proveedores de otros estados miembro de la Unión Europea. Esta medida es obligatoria, según la directiva UE 2020/2845, y España debió haberla aplicado el pasado 1 de enero.
De hecho, en febrero la Unión Europea dio a España un aviso para que trasponga esta directiva y exima a los autónomos y empresas de IVA en sus operaciones internacionales en un plazo de dos meses. Si no lo hace, se expondrá a una sanción.
Esta normativa, en caso de ponerse en marcha al comenzar el año que viene, no afectaría a la gran mayoría de los autónomos, sino tan sólo a los que realizan sus operaciones con otros trabajadores por cuenta propia que sí están establecidos en un país europeo con IVA franquiciado. O dicho de otro modo, sólo quedarían exentas de IVA las facturas con clientes o proveedores que estén en países en los que esté en funcionamiento este sistema, no en España.
¿Cómo funcionará el IVA de franquicias?
El funcionamiento del IVA de franquicias en España – y también en operaciones internacionales- no se conocerá en profundidad hasta que salga adelante mediante un proyecto de Ley o se aplique la directiva correspondiente. Ambas normas deberán ser aprobadas por el Parlamento. Sí se sabe que los Estados Miembros deben cumplir unos mínimos al aplicar este sistema.
Previsiblemente, se articulará un régimen de IVA de franquicias opcional y paralelo al régimen general. Los autónomos y pymes que cumplan determinadas condiciones –en el siguiente apartado veremos cuáles- podrán optar a uno u otro sistema libremente.
Si optan por el régimen de franquicias, dejarían de presentar las autoliquidaciones de IVA y, por lo tanto, ya no estarían sujetos a este impuesto indirecto en su faceta empresarial. Tendrán que emitir las facturas cumpliendo todos los requisitos, sólo que sin incluir en sus precios el tipo de IVA que les corresponda, el 21%, 10% o 4%.
En contrapartida, en este sistema los autónomos tampoco podrán deducir el IVA de las compras que realicen para su negocio. Para poder acogerse al sistema, posiblemente, sea necesario hacer una única declaración a principios de año de todos los ingresos para comprobar si el autónomo o pyme cumple los requisitos de nivel de ingresos para optar al sistema.
¿Qué autónomos podrían acogerse al régimen de franquicias de IVA?
Otro de los aspectos que cada Estado miembro puede establecer a su antojo son las condiciones para acceder a este sistema. Lo que sí marca la normativa comunitaria son unas condiciones mínimas y unos umbrales máximos. A este sistema podrán optar:
- Las personas jurídicas o físicas con residencia fiscal en España
- Que tengan un volumen de ingresos en el interior del Estado que no supere los 85.000 euros anuales.
Esto, sin embargo, no significa que España vaya a establecer ese límite. El umbral que marca la UE es el límite máximo que pueden establecer los Estados, pero todos ellos pueden fijar su propio umbral por debajo de esta cifra.
¿A qué autónomos beneficiará el régimen de IVA franquiciado?
El régimen de IVA franquiciado permite no presentar las autoliquidaciones de IVA, por lo que los autónomos no tienen que cobrar este impuesto pero tampoco pueden aplicar las deducciones
Si el empresario no repercute ni puede deducir las cuotas de IVA, el sistema será beneficioso para aquellos que tengan que asumir pocos gastos en su negocio.
Este sistema beneficiará sobre todo a los autónomos cuya mano de obra supone la mayor parte de su coste de trabajo, porque tienen muy pocos gastos que deducir. Por ejemplo, un diseñador, un abogado o un asesor.
Por el contrario, los negocios que más gastos deban asumir para su actividad serán los que menos beneficiados se vean porque perderían el derecho a todas sus deducciones. La clave es estudiar cada caso, cuánto IVA soporta y cuánto repercute cada autónomo, y en base a ello tomar una decisión, según tus ingresos y gastos.