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¿Quién está obligado a emitir factura electrónica?

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La digitalización de las empresas es un fenómeno imparable, es por eso que la legislación española ya ha aplicado cambios para implantar la factura electrónica obligatoria a gran escala. Uno de estos cambios viene con la llamada “Ley Crea y Crece”, y con ella las dudas sobre quién está obligado a emitir factura electrónica.

Para resolver estas dudas, lo primero es saber que todo depende del destinatario de las facturas. Por ejemplo, no será igual facturar a un usuario particular o a una empresa que a una administración pública. Sigue leyendo y descubre todo sobre la factura electrónica: quién está obligado, qué dicen las leyes al respecto y los plazos para adaptarse a esta nueva realidad digital.

En este artículo aprenderás:

📹 Factura electrónica obligatoria

📹 Vídeo explicativo: En el siguiente vídeo explicamos qué implica la factura electrónica, a quiénes afecta y qué excepciones existen. Además, hablamos de la Ley Antifraude y cómo el sistema Verifactu jugará un papel crucial para cumplir con esta normativa.

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¿Qué dicen las leyes sobre la facturación electrónica?

La factura electrónica obligatoria es un concepto que se recoge en distintas leyes españolas y que se puede aplicar a distintas operaciones comerciales. Aunque no es un requisito nuevo para algunas empresas, su uso obligatorio se está extendiendo a todos los niveles, especialmente con los últmos cambios legislativos.

En primer lugar vino la Ley 56/2007, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información, que impulsó el uso de la factura electrónica en el sector público. Más tarde, este impulso pasó a ser un requisito legal extendido con la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, que amplió el uso de la factura electrónica obligatoria desde 2015 a la mayoría de facturas dirigidas a las administraciones públicas (operaciones de sociedades superiores a 5.000 euros).

El 28 de Septiembre de 20222 se publicaba en el BOE la Ley 18/2022, más conocida como la Ley Crea y Crece. Una reforma para la recuperación y transformación económica que, entre otras medidas, hace de la factura electrónica un tema obligatorio para buena parte del sector privado.

Ya el 7 de Marzo de 2023 salía a consulta pública el reglamento específico de la factura electrónica. Una vez que este reglamento sea aprobado (se espera que sea a finales de 2023 o principios de 2024), empezará a contar el plazo para que los autónomos y las PYMEs se van adaptando a la facturación electrónica.

Factura electrónica en trabajos para las administraciones públicas

El uso de la factura electrónica es obligatorio para muchos autónomos y empresas desde el año 2015, tras la aplicación de la Ley 25/2013. Esta ley establece quién está obligado a emitir factura electrónica con el sector público según el tipo de organización y de operación. Generalmente, esta obligación afecta a todas las sociedades en aquellas operaciones que superen 5.000 euros.

La factura electrónica para las administraciones públicas no es sólo enviar un PDF por correo, pues debe cumplir unos requisitos que permitan garantizar su autenticidad y para ello se deberá insertar una firma electrónica y además el documento debe de ser un archivo legible y modificable por un software de facturación.

Factura electrónica con la nueva Ley Crea y Crece

La obligación de emitir facturas electrónicas no ha sido hasta el momento un requisito legal para empresas y autónomos, pero esto deja de ser así con la Ley Crea y Crece, ya que se ampliará la obligación de usar factura electrónica a las operaciones entre autónomos y empresas.

Esta normativa establece en su artículo 12 que “todas las empresas y autónomos deberán expedir y remitir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otras empresas y autónomos”. De esta forma, la ley cambia las reglas sobre quién está obligado a emitir factura electrónica y lo extiende a todas las operaciones entre profesionales o, dicho de otra forma, todas las operaciones business to business (B2B). Si solo vendes al consumidor final (B2C) no te afecta, ya que esta obligación no aplica a facturas dirigidas a usuarios particulares.

Principales objetivos de la Ley Crea y Crece

La Ley Crea y Crece forma parte del “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia” y nace con el objetivo de impulsar la creación de nuevas empresas y apoyar el crecimiento de las pymes. La factura electrónica obligatoria es solo una de las medidas de esta normativa, que persigue los siguientes objetivos:

  • Impulsar la creación de nuevas empresas: facilitando la agilización de todos los trámites para constituir una sociedad,
  • Combatir la morosidad comercial: entre otras cosas, promoviendo el uso de la factura electrónica. Relacionado con esto, también está previsto crear una lista negra para empresas que incumplan los plazos legales de pago.
  • Minimizar restricciones legales a las empresas: se amplia el número de actividades que no van a necesitar licencia.
  • Potenciar nuevos recursos de financiación: como las vías de financiación alternativa del crowdfunding o el capital riesgo.

🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre los exentos en emitir factura electrónica te recomendamos que leas nuestro artículo.

Plazos para la adaptación a la factura electrónica

La Ley Crea y Crece se publicó en el BOE el 18 de Septiembre de 2022 y entró en vigor 20 días después, es decir, el 19 de Octubre de 2022. Aunque la Ley Crea y Crece entró en vigor en Octubre de 2022, la obligatoriedad de la factura electrónica cuenta con unos plazos diferentes para que los autónomos y PYMEs se puedan ir adaptando a este mueso requisito.

  • Si la facturación anual supera los 8 millones de euros el plazo es de 1 año, a contar desde la aprobación del reglamento específico que se espera que sea a finales de 2023 o principios de 2024. En estos casos, la factura electrónica se espera que sea obligatoria a partir de finales de 2024.
  • Si la facturación es menor a los 8 millones de euros los plazos son más extensos y los profesionales tendrán 2 años desde la aprobación del reglamento específico. Por tanto, se espera que la obligatoriedad de la factura electrónica sea a partir de finales de 2025 o incluso principios de 2026.
  • Para autónomos persona física: Independientemente de la obligación de usar factura electrónica, que será 1 o 2 años después de la entrada en vigor del reglamento, para los autónomos persona física se da un plazo más laxo, de tres años, para que empiecen a comunicar también el estado de las facturas electrónicas que reciban -recibido, pagado, etc.-. Esta obligación entrará en vigor para el colectivo a finales de 2026 o incluso principios de 2027.

🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre cuándo entra en vigor la factura electrónica obligatoria te recomendamos que leas nuestro artículo.


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VALIDADO POR

Roger Dobaño - CEO Quipu

Roger es CEO y Fundador de Quipu, un software en la nube que lleva +10 años ayudando a autónomos, pymes y asesorías a digitalizar su operativa precontable. A raíz de una mala experiencia como autónomo, Roger se propuso crear un programa que acompañara a los empresarios a lidiar con la administración.