Deducir el coche del autónomo respecto al IVA y al IRPF es un tema que genera muchas dudas. Básicamente, porque no todos los profesionales necesitan hacer uso por igual de su vehículo para ejercer su actividad económica y, por ello, Hacienda ofrece un tratamiento diferenciado a los contribuyentes.
Si no te deduces los gastos asociados a la compra de un vehículo y los de mantenimiento, cuando tienes derecho a hacerlo, acabas pagando más impuestos de los que te corresponden, algo a lo que Hacienda no te va objetar nada. Ahora bien, si te aplicas la deducción cuando no tienes derecho, te puede acabar saliendo muy caro.
En este artículo aprenderás:
- ¿Es posible deducir el coche del autónomo?
- ¿Qué implica la afectación exclusiva del vehículo a la actividad económica?
- ¿Cómo se puede demostrar que el vehículo solo se utiliza con fines profesionales?
- Deducir el IRPF de los gastos del vehículo del trabajo
- Deducción del IVA del vehículo afecto a la actividad
¿Puedo deducirme los gastos del coche?
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¿Es posible deducir el coche del autónomo?
Esta es una cuestión que ha suscitado mucho debate tanto entre los contribuyentes como dentro de la propia Agencia Tributaria. De hecho, a la hora de saber si hay derecho o no a aplicar la deducción en el IRPF o el IVA, se atiende más al criterio de Hacienda (que va cambiando con el paso del tiempo) que a la normativa, porque esta última no es precisamente clara sobre este tema.
La respuesta a la pregunta que nos planteamos podría ser “sí”, pero con bastantes limitaciones. Un autónomo se puede deducir los gastos asociados a la compra de un vehículo y los costes de mantenimiento del mismo, siempre y cuando cumpla el requisito de la afectación total del vehículo a su trabajo.
¿Qué implica la afectación exclusiva del vehículo a la actividad económica?
A efectos de valorar si un profesional por cuenta propia puede deducirse en el IRPF y en el IVA los costes de adquisición y mantenimiento de su vehículo, lo que tiene en cuenta Hacienda es que dicho vehículo sea utilizado exclusivamente para el trabajo. Es decir, que al mismo no se le dé ningún tipo de uso personal.
Fuera de vehículos comerciales como camiones o furgonetas, demostrar que un vehículo solo se usa con fines profesionales es muy complicado. De ahí que este tipo de deducciones siempre sean revisadas con lupa por la Agencia Tributaria.
¿Cómo se puede demostrar que el vehículo solo se utiliza con fines profesionales?
Si pasas por una inspección y quieres dejar claro que el vehículo cuyo coste te has desgravado solo lo empleas para tu trabajo, puedes aportar pruebas como estas:
- Demostrar que tienes un segundo vehículo.
- Presentar un registro del kilometraje y de los desplazamientos realizados que coincida con tu actividad laboral.
- Rotular el vehículo con el nombre del negocio.
Pero incluso así, vencer las barreras de Hacienda para aceptar la deducción de un vehículo es extremadamente complicado.
Deducir el IRPF de los gastos del vehículo de trabajo
Ya hemos visto que la regla general para que la Agencia Tributaria admita deducir el coche del autónomo o el gasto de mantenimiento del mismo es que este esté totalmente afecto a la actividad, y lo difícil que puede resultar probar esto.
Sin embargo, hay tres supuestos en los que la normativa acepta una deducción del IRPF proporcional al uso. Se permite, por tanto, aplicar una deducción aunque ese coche o furgoneta también se esté utilizando de manera personal.
Esto sucede con:
- Taxis, vehículos de alquiler y vehículos de transporte de pasajeros en general.
- Vehículos mixtos que están destinados al transporte de mercancías. Es el caso típico de las furgonetas.
- Vehículos de autoescuela y de comerciales.
El mismo criterio que se aplica para la deducción del coche del autónomo en el IRPF se aplica respecto a la deducción del importe del renting o leasing de vehículos.
Deducción del IVA del vehículo afecto a la actividad
La normativa sobre el IVA es algo más detallada sobre esta cuestión, a la que se refieren los artículos 94 y 95 de la Ley del IVA.
La regla general es que solo son deducibles las cuotas del IVA que el autónomo soporta por la adquisición de bienes que afecten de manera directa y exclusiva a su actividad. Pero en el caso de los vehículos, se admite una deducción del 50% de lo pagado en concepto de IVA si la afectación a la actividad es parcial.
Existe derecho a la deducción del 100% de la cuota del IVA en los siguientes casos:
- Vehículos mixtos utilizados para el transporte de mercancías. Son mixtos aquellos que pueden transportar simultáneamente personas y mercancías.
- Vehículos empleados para prestar el servicio de transporte de viajeros mediante contraprestación: taxis, VTC, etc.
- Vehículos utilizados en la enseñanza de nuevos conductores a cambio de una contraprestación. Que son los que utilizan las autoescuelas.
- Vehículos de los fabricantes que se emplean para hacer pruebas o en la promoción de ventas.
- Vehículos que los representantes o agentes comerciales utilizan para sus desplazamientos profesionales.
- Vehículos utilizados en servicios de vigilancia.
Fuera de estos casos, el autónomo tiene derecho a deducirse un 50% del IVA de la adquisición del vehículo y de sus gastos de mantenimiento. Esto incluye gastos de combustible, reparaciones, revisiones de ITV, peajes, parkings y servicios de estacionamiento regulado.
No obstante, esta deducción del 50% no es algo universal. Si la Administración entiende que el trabajador usa el coche menos de la mitad del tiempo para trabajar, es decir, si le da un uso más personal que profesional, puede ajustar la deducción y aplicar un porcentaje inferior a ese 50%. Incluso podría determinar que no se puede desgravar nada, todo depende de las circunstancias concretas de cada caso y del criterio que se aplique desde la Agencia Tributaria, lo cual causa una cierta inseguridad jurídica.
Para verlo de una forma más sencilla, ten en cuenta esto:
- Si eres un autónomo cuya actividad está relacionada con el transporte, te puedes deducir el coche y sus gastos al 100% tanto en el IRPF como en el IVA. Siempre y cuando puedas demostrar una afectación exclusiva del vehículo a tu actividad.
- Si eres un autónomo que necesita un vehículo para trabajar, pero no dedicado a una actividad estrechamente vinculada con el transporte, será muy complicado que te puedas deducir los gastos respecto al IRPF. En el IVA podrías deducirte un 50%, pero teniendo en cuenta que Hacienda puede practicar ajustes en esta deducción si te hace una inspección.
Como el criterio no termina de ser claro, cuando se trata de deducir el coche de un autónomo, lo mejor que podemos aconsejarte es que actúes siempre con precaución. No renuncies al ahorro fiscal si tienes derecho a él, pero tampoco te excedas si no quieres llevarte una sorpresa desagradable.