Has decidido dar el paso y vas a combinar tu trabajo como asalariado con tu trabajo como autónomo. Ya te has metido de lleno en la pluriactividad de los autónomos, pero no tienes del todo claro cómo funciona, qué ayudas están a tu disposición o qué pasa exactamente con la cuota o tus cotizaciones.
Es lógico, dado que hablamos de una situación con ciertas peculiaridades que pueden ser bastante beneficiosas. Si quieres exprimir al máximo tu pluriactividad, aquí tienes todo lo que debes saber al respecto. Sigue leyendo, porque esta guía te va a ser útil para ver cuáles son las mejores bonificaciones a las que te debes acoger, como también cuáles son tus derechos.
En este artículo aprenderás:
- ¿Qué es la pluriactividad?
- ¿Es lo mismo pluriactividad que pluriempleo?
- ¿Existen ayudas para pagar menos de autónomos por pluriactividad?
- ¿Tarifa plana o bonificaciones por pluriactividad?
- ¿Cómo darse de alta en autónomos por pluriactividad?
- ¿Es necesario cotizar doblemente por incapacidad temporal?
- Devolución de exceso de cotizaciones en pluriactividad
- Otras preguntas frecuentes sobre la pluriactividad de los autónomos
¿Autónomo y asalariado al mismo tiempo?
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¿Qué es la pluriactividad?
La pluriactividad es la situación en la que un trabajador asalariado, que trabaja para una empresa cobrando una nómina por ello, compagina dicha actividad con su trabajo como autónomo por cuenta propia.
Es algo totalmente contemplado por la Ley en España, que además da derecho a ciertas bonificaciones en cotizaciones, además de facilitar también acceso a mejores prestaciones por la combinación de la cotización como autónomo y como asalariado.
¿Es lo mismo pluriactividad que pluriempleo?
Suenan muy parecidos, y lo cierto es que suele haber mucha confusión entre lo que significa estar en pluriempleo y estar en pluriactividad. Sin embargo, son dos situaciones muy diferentes.
Pluriactividad significa estar dado de alta cómo asalariado y también como autónomo. Pluriempleo significa trabajar para dos o más empresas como asalariado, pero sin estar dado de alta como autónomo.
¿Y qué diferencia hay? La primera y más importante es que el pluriempleado solo está en un régimen, el Régimen General de la Seguridad Social (RGSS). Sin embargo, en la pluriactividad se está en dos, el RGSS y el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), con todo lo que eso implica a la hora de pagar cuotas, cotizar y tener obligaciones fiscales.
🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre la posibilidad de ser asalariado y autónomo a la vez te recomendamos que leas nuestro artículo específico.
¿Existen ayudas para pagar menos de autónomos por pluriactividad?
Gracias a la Ley de Emprendedores de 2013, existen ayudas para pagar menos de autónomos estando en pluriactividad. Ahora bien, las opciones que hay no son complementarias. Toda persona debe elegir entre una u otra en función de lo que más le convenga. Vamos a ver cuáles son:
Tarifa plana por pluriactividad
En el caso de ser un trabajador por cuenta ajena que decide darse de alta para ser autónomo por primera vez, o pasados 2 años desde el último alta en el RETA, tienes la posibilidad de disfrutar de la tarifa plana en la cuota de autónomos. Solo si no hay deudas con la AEAT o la TGSS y no vas a ser autónomo colaborador.
En 2025, eso significa pagar 80€ al mes en lugar de pagar una cuota integra según los ingresos reales. Esta cuota sería, de al menos, 205 euros al mes en 2025. La tarifa está disponible durante los 12 primeros meses de actividad, y se puede ampliar a los 12 siguientes en caso de no generar unos ingresos netos superiores al SMI. El SMI para el 2025 aún no está publicado, pero se espera que suba a 1.375 euros al mes por doce pagas y con efectos retroactivos desde enero.
Además, tienes la posibilidad de acogerte a la cuota cero de autónomos, aunque solo en determinadas partes de España y con algunos requisitos adicionales.
🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre la tarifa plana de autónomos te recomendamos que leas nuestro artículo específico.
Bonificaciones especiales por pluriactividad
La bonificación especial por pluriactividad es la otra opción disponible en esta situación. Gracias a esta, puedes disfrutar de una reducción en tu base de cotización que depende principalmente del tipo de contrato que tengas como asalariado.
Si eres asalariado a tiempo completo, tendrás un descuento del 50% en la base mínima de cotización como autónomo durante los 18 primeros meses de actividad. Del mes 19 al 36, el descuento es del 25%.
En caso de ser asalariado a tiempo parcial, el descuento es del 25% y del 15% siguiendo los mismos plazos.
Eso sí, si accedes a esta bonificación debes tener en cuenta que perderás el derecho a la Tarifa Plana, por lo que conviene que valores cuál te compensa más.
¿Tarifa plana o bonificaciones por pluriactividad?
Teniendo en cuenta lo que hemos explicado hasta ahora, es lógico que te asalte la duda: ¿qué hay que escoger, la tarifa plana o las bonificaciones por pluriactividad?
Lo cierto es que la respuesta depende. Si trabajas a jornada completa y tienes pensado mantener tu actividad como autónomo durante 3 años como mínimo, puede que la la bonificación por pluriactividad se una mejor opción. Por contra, si es para algo puntual y limitado, lo mejor es escoger la tarifa plana. En los casos en los que se prevea una facturación superior al SMI podría ser más interesante la bonificación por pluriactividad.
Además, si vas a ser autónomo menor de 30 años, o autónoma menor de 35 años, la tarifa plana también es posible que sea tu mejor opción. Lo mismo se puede decir si te has dado de alta en el RGSS por encima del 50% de horas. En ese caso, la tarifa plana también es tu mejor opción.
Aun así, la mejor respuesta es que debes elegir en base a tu situación, hacer las cuentas y consultar con gestores y/o asesores para que analicen tu caso.
🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre qué elegir: tarifa plana o bonificación por pluriactividad te recomendamos que leas nuestro artículo específico.
¿Cómo darse de alta en autónomos por pluriactividad?
Para darse de alta en autónomos por pluriactividad, tienes que seguir un proceso la mar de sencillo. Estos son los pasos:
- Darte de alta en Hacienda con el epígrafe correspondiente en el IAE presentando el modelo 036 o el modelo 037.
- Darte de alta en el RETA presentando el modelo TA.0521.
- Indicar que quieres la bonificación de cotización por pluriactividad en el RETA (opcional).
¿Es necesario cotizar doblemente por incapacidad temporal?
Aunque los autónomos están obligados a cotizar por incapacidad temporal, cuando se da situación de pluriactividad es posible convertir dicha cotización en algo opcional. ¿Por qué? Porque la prestación ya estará cubierta por la cotización en el RGSS al ser trabajador asalariado.
Es importante recalcar que es algo opcional, como también que, si se renuncia a cotizar doblemente, también se pierde el acceso a la doble prestación. Si cotizas por incapacidad temporal como autónomo y asalariado en pluriactividad, tendrás derecho a obtener las prestaciones por cada régimen en caso de cumplir los requisitos correspondientes.
Devolución de exceso de cotizaciones en pluriactividad
Desde que se implantó la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo en octubre de 2017, la Seguridad Social devuelve de manera automática el exceso de cotizaciones en pluriactividad sin que el trabajador tenga que presentar una solicitud.
En situación de pluriactividad, es algo mucho más posible que estando solo en uno de los dos regímenes. ¿Y cuál es la cuantía de la devolución? Según lo establecido por la orden de bases de cotización para 2025, la SS devolverá el 50% del excedente de cotización a partir de los 16.672,66 euros, siempre y cuando dicho valor no sea superior al 50% de las cuotas de autónomo abonadas.
Otras preguntas frecuentes sobre la pluriactividad de los autónomos
Dado que se trata de una situación un tanto inusual, es lógico que surjan ciertas preguntas frecuentes sobre la pluriactividad en caso de ser autónomo. Vamos a responderlas a continuación:
¿Se tienen derecho a dos pensiones por pluriactividad?
Sí, se tiene derecho a dos pensiones en caso de pluriactividad, pero es obligatorio haber cotizado al menos 15 años como asalariado y como autónomo al mismo tiempo. Si se cumple esto, se tienen las dos pensiones de jubilación correspondiente a lo cotizado en cada régimen. Si no se cumple, al menos se suma a la base reguladora correspondiente lo cotizado en el otro régimen.
¿Se tiene derecho a paro por pluriactividad?
Sí y no. Si te despiden de tu empresa mientras mantienes tu actividad por cuenta propia, no consta que figures como desempleado y no podrás recibir el subsidio correspondiente. La única forma de tener derecho a paro por pluriactividad es si cesas toda tu actividad. Es decir, primero como asalariado y luego como autónomo
¿Y qué prestación se recibe en ese caso? Depende. Si cesas primero como autónomo y luego como asalariado, tendrás derecho al desempleo. Si fuera a la inversa, tendrías derecho al cese de actividad.
Al optar por la prestación por cese de actividad de trabajadores autónomos es necesario acreditar numerosos requisitos lo que dificulta en la práctica la obtención de la misma, por lo que puede resultar conveniente optar por el subsidio de desempleo por cuenta ajena. No obstante, se recomienda el asesoramiento profesional para el estudio y viabilidad de cada caso en particular.
¿Cómo afecta la pluriactividad en la declaración de la renta?
La parte positiva de la declaración de la renta en pluriactividad es que solo tienes que hacer una presentación. La parte menos positiva es que tienes que declarar tus rendimientos del trabajo como asalariado (normalmente automatizado) y tus rendimientos por actividades económicas como autónomo, teniendo en cuenta los gastos de dicha actividad.