Blog » Kit Digital » Plazos del Kit Digital en 2024: ¿cuáles son?

Plazos del Kit Digital en 2024: ¿cuáles son?

Actualizado:

El Gobierno amplió recientemente los plazos para solicitar el Kit Digital, que terminaban en 2023. De momento, las tres convocatorias disponibles siguen activas y los autónomos y empresas todavía están a tiempo de cobrar las ayudas para digitalizar su negocio.

Sin embargo, los plazos para solicitar el Kit Digital no son las únicas fechas que deben tener en cuenta los autónomos en este programa. Una vez solicitadas las ayudas, los negocios también tendrán que cumplir con otros plazos. Por ejemplo, para consumir el bono digital o para justificar e implementar el servicio.

Si eres autónomo o empresa y todavía no sabes hasta cuándo puedes solicitar el Kit Digital o cuáles son los plazos para consumir el bono digital e implementar el servicio, sigue leyendo.

En este artículo aprenderás:

¿Qué es el Kit Digital?

El Kit Digital es uno de los principales programas de ayudas que están activos ahora mismo para digitalizar a los autónomos y pequeñas empresas españolas. Estas ayudas se lanzaron a principios de 2022, hace ya un año y medio y han alcanzado a más de 200.000 negocios en este tiempo.

El programa Kit Digital, financiado con fondos europeos, consiste en una subvención en forma de bono que cobran los negocios para invertir en determinados servicios digitales. Ahora mismo hay doce soluciones disponibles en el catálogo que pueden contratar las empresas beneficiarias con el presupuesto que se les haya asignado.

El Kit Digital funciona con bonos digitales. Estos cheques pueden tener un valor de 2.000, 6.000 o 12.000 euros dependiendo de cuántos trabajadores tenga a su cargo el autónomo o empresa que ha solicitado las ayudas. Por ejemplo, un negocio con dos trabajadores contratados pertenecería al tercero de los tres segmentos disponibles y le corresponderían 2.000 euros que podrá gastar en distintos servicios digitales.

Cuando el autónomo solicita la ayuda y se le concede el bono, tiene un determinado tiempo para elegir al agente digitalizador que prefiera y gastar el dinero en alguna de las doce soluciones disponibles, como puede ser un programa de facturación electrónica.

No hay que olvidar que las convocatorias del Kit Digital todavía están activas y se admiten solicitudes pero hay una fecha límite para pedir estas ayudas. Igualmente, cuando se cobre el bono digital, los autónomos y pymes tendrán un determinado plazo para consumirlo, implementar y justificar el kit digital e incluso pagar a su agente digitalizador. Todas estas fechas se pueden consultar más adelante en el artículo.

Requisitos para solicitar el Kit Digital

Es importante saber que, como cualquier línea ayudas, el Kit Digital tiene una serie de requisitos que deben cumplir los autónomos y empresas solicitantes para ser beneficiarios de las subvenciones.

La primera de las condiciones es, por supuesto, ser destinatario de una de las tres convocatorias que están ahora mismo activas en el Programa Kit Digital. Estos grupos o segmentos de beneficiarios se dividen en función del tamaño de la plantilla.

Ahora mismo, los tres segmentos que hay activos son para empresas con más de diez y menos de 50 empleados (Segmento 1);  para negocios con entre tres y menos de diez trabajadores (Segmento 2) y para autónomos sin plantilla o con menos de 3 trabajadores (Segmento 3).

Pronto se podría crear una nueva convocatoria para empresas más grandes. Pero, de momento, las empresas o autónomos solicitantes tienen que cumplir de entrada el requisito básico de tener menos de 50 empleados en plantilla.

Cumplido este requisito, tendrán que cumplir además otras condiciones básicas como:

  • Tener la consideración de pyme, micropyme o autónomo -por tamaño-
  • Cumplir los límites de facturación para ser considerado pyme o micropyme
  • Estar de alta en la Seguridad Social el tiempo mínimo que se requiera en el segmento correspondiente
  • No ser considerada empresa en crisis. Por ejemplo, no estar inmerso en una declaración de concurso.
  • Estar al corriente de pago de impuestos o cotizaciones
  • No superar el límite de ayudas de pequeña cuantía (minimis)

Plazos para solicitar el Kit Digital

Una vez que el autónomo o empresario compruebe que cumple los anteriores requisitos, llega el momento de seguir todos los pasos para solicitar el Kit Digital. El plazo para tramitar esta solicitud continúa abierto, pero tiene establecida una fecha límite.

El Gobierno amplió a principios de año el plazo de solicitud. Hasta principios de este año, los autónomos y empresas más pequeñas, del segmento 3, tenían sólo hasta el próximo 20 de Octubre de 2023 para pedir las ayudas.

Por otro lado, para las pymes del segmento 2 y 1 ya hubiera finalizado el plazo porque tenían sólo hasta el pasado 2 de Septiembre de 2023 y hasta el pasado 15 de Marzo, respectivamente.

Sin embargo, y con la ampliación del Gobierno, todas las empresas de menos de 50 empleados -sea cual sea su convocatoria- siguen en plazo para solicitar las ayudas de Kit Digital. El Programa admite solicitudes para los tres segmentos hasta las 11.00 de la mañana del próximo 31 de Diciembre de 2024.

Plazos de consumo del bono digital

El plazo de solicitud es uno de los más importantes que deben contemplar los autónomos o empresas de cara a las ayudas de Kit Digital, pero no el único.

Una vez hayan solicitado las subvenciones y Red.es les notifique la concesión de su bono digital -de 2.000, 6.000 o 12.000 euros-, empezará la cuenta atrás y tendrán un determinado tiempo para utilizar el cheque que se les ha asignado.

Según explican desde Red.es, la entidad encargada de gestionar este Programa, “los beneficiarios deben tener en cuenta que una vez notificada la concesión de su bono tienen seis meses para utilizarlo”.

Es decir, en el momento en el que Red.es notifique al autónomo o a la empresa que se le ha concedido el bono, empezará la cuenta atrás y tendrán seis meses para:

  • Decidir el servicio o los servicios que quieren implantar en su negocio
  • Acudir al catálogo de agentes digitalizadores y seleccionar a la empresa que desean que les instale esta solución. Por ejemplo, Quipu les podría prestar el servicio de facturación electrónica.
  • Firmar el Acuerdo de Prestación de Servicios con su agente digitalizador.

Es importante cumplir con estos plazos ya que, según advierten desde Red.es, una vez transcurridos esos seis meses, “todo el dinero del bono que no se haya consumido se perderá” y ya no se podrá invertir.

Plazos para implantar y justificar el Kit Digital

Tras haber elegido a tiempo la solución que quiere implantar y el agente digitalizador que le va a prestar este servicio, el autónomo o empresa todavía tendrá que cumplir con otros plazos. De hecho, la firma del acuerdo de prestación de servicios no es más que el principio de todo el proceso de implantación de las herramientas digitales en el negocio.

Dos de los puntos clave en este proceso tras haber elegido al agente digitalizador son la implementación del servicio y la justificación de que esta solución se ha prestado correctamente. Ambas etapas también tienen unos plazos máximos establecidos.

Si bien es cierto que la mayoría de los trámites para la implantación y justificación del servicio los tiene que hacer el agente digitalizador, el negocio beneficiario también está implicado en algunas partes de este proceso.

Según explican desde Red.es, en cuanto a los plazos para justificación e implantación del servicio hay que diferenciar entre la primera convocatoria -es decir, el segmento 1 para empresas con entre diez y menos de 50 trabajadores- y el resto.

Fechas para la implantación del Kit Digital

El plazo para la implantación del servicio de Kit Digital empieza a correr cuando ya se ha validado el acuerdo. A partir de esta fecha de firma del acuerdo, el negocio beneficiario y su agente digitalizador tienen tres meses para implantar la solución.

En esos tres meses se tiene que haber:

  • Implantado la solución -por ejemplo, instalado el programa de facturación electrónica en el negocio o creado la página web-
  • Emitido la factura

Además, para la primera convocatoria -entre 10 y 50 empleados-, en esos tres meses también se tiene que haber abonado la factura. Es decir, la empresa beneficiaria tiene que haber pagado en ese tiempo el IVA del servicio que se ha implantado -que no está incluido en las ayudas, pero sí se podrá deducir en la declaración trimestral-.

Sin embargo, en la segunda y tercera convocatoria -para negocios entre cero y menos de tres empleados o entre tres y menos de diez trabajadores- “tras la modificación que se hizo de las bases, no es obligatorio abonar la factura en esos tres meses. En este caso, el beneficiario tiene otros tres meses más para abonar la factura. Es decir, un máximo de 6″, según explicaron desde Red.es

Justificación

Por otro lado, el proceso de justificación también tiene unos plazos estipulados, aunque es cierto que este trámite afecta más bien a los agentes digitalizadores, que son los encargados de llevar a cabo esta gestión.

El plazo para justificar la implantación del Kit Digital empieza a contar desde la emisión de la factura. A partir de ese momento se cuentan doce meses de prestación de servicios. Después de ese tiempo, se inicia automáticamente un plazo de tres meses para justificar la implantación del servicio.

Plazos de pago del Kit Digital

Por último, otro de los plazos que han de tener en cuenta tanto los autónomos y empresas beneficiarias como los agentes digitalizadores son los plazos para pagar el servicio.

Para cada uno de los acuerdos suscritos entre beneficiario y digitalizador se han definido dos momentos de pago:

  • El primer momento es el de la implantación. Una vez esté implantada la solución y justificada convenientemente, se produce un primer pago., que será de un 30% -un 40% en redes-.
  • Después, tras los doce meses de prestación de servicio y habiéndose justificado el segundo hito, se produce el segundo pago al digitalizador, que será de un 70% -un 60% en redes-.

Foto del autor

VALIDADO POR

Roger Dobaño - CEO Quipu

Roger es CEO y Fundador de Quipu, un software en la nube que lleva +10 años ayudando a autónomos, pymes y asesorías a digitalizar su operativa precontable. A raíz de una mala experiencia como autónomo, Roger se propuso crear un programa que acompañara a los empresarios a lidiar con la administración.