Síntesis del artículo
El plazo de devolución del IVA por parte de Hacienda es legalmente de seis meses a contar desde la finalización del periodo de presentación de la autoliquidación, habitualmente el 30 de enero. Si solicitas esta devolución en 2026 y la Agencia Tributaria se retrasa más allá de este límite, tendrás derecho a percibir intereses de demora de forma automática.
Roger Dobaño · CEO de Quipu
Si eres autónomo estamos seguros de que una de tus mayores dudas desde que comenzaste con la aventura empresarial ha sido qué ocurre si tus compras o gastos conllevan un IVA mayor que tus ventas.
Por si aún no lo sabes, si tras realizar tu declaración trimestral de IVA obtienes un número en negativo, esto significa que Hacienda te debe dinero, ya que has soportado más IVA con tus gastos del que has repercutido con tus ingresos.
Pero, ¿Qué plazo tiene Hacienda para devolverme ese dinero? Al igual que los autónomos tienen una fecha límite para presentar su declaración el IVA, Hacienda dispone de una fecha de vencimiento para devolver el IVA y en este artículo te vamos a dar todos los detalles al respecto.
¿Qué entendemos por la devolución de IVA?
Gastos deducibles para aumentar tu IVA a devolver
📹 Vídeo explicativo: Para obtener una devolución de IVA, es fundamental que registres correctamente todos tus gastos deducibles. En este vídeo te explicamos cuáles son los más comunes para autónomos.
Cuando hablamos de devolución del IVA nos referimos a la diferencia positiva que hay entre el IVA soportado deducible y el IVA repercutido.
El IVA soportado es la cantidad del IVA que paga un autónomo por sus gastos o compras, por ejemplo, si en tu oficina hace falta material para desempeñar tu trabajo, el IVA que pagas por esos productos, es IVA soportado.
Y el IVA repercutido es la cantidad del IVA que tú repercutes a tus clientes por hacer uso de tus servicios o comprar uno de tus productos.
Si a la hora de realizar tu declaración o tu trimestre, ese IVA soportado deducible es mayor que el repercutido, puedes solicitar a la Agencia Tributaria la devolución de esa diferencia. Esto es lo que conocemos como la devolución del IVA.
🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre qué es y cómo funciona el IVA soportado y el IVA repercutido te recomendamos que leas nuestro artículo específico.
¿Cuál es el plazo de solicitud para la devolución del IVA?
Impuestos del cuarto trimestre y cierre del año
📹 Vídeo explicativo: La devolución del IVA se solicita formalmente durante el cierre del cuarto trimestre en enero. Descubre qué modelos debes presentar y cuáles son los plazos clave.
En caso de que seas autónomo o tengas una empresa y quieras solicitar la devolución del IVA tienes que tener en cuenta que esto también tiene un plazo.
Tanto si eres autónomo como si eres una empresa, la devolución del IVA tienes que solicitarla en el último trimestre del año, cuyo plazo de presentación según el calendario fiscal, es el 30 de enero. Recuerda que tienes que ser tú, o la persona que realice tus trimestres, quien calcule la cantidad a devolver. Durante el resto del año irás acumulando saldos “a compensar”.
❗️DATO CLAVE: Ten en cuenta que, si olvidas solicitar la devolución de IVA en el último trimestre del ejercicio actual, no podrás volver a solicitar la devolución hasta el último trimestre del próximo ejercicio y que solo podrás pedirlo en los siguientes 4 ejercicios. Sin perjuicio de que puedas presentar una liquidación sustitutiva o rectificativa.
¿Cómo solicitar la devolución de IVA?
Una vez que ya sabes cuál es el plazo para solicitar la devolución del IVA, te contamos cómo hacerlo. Es tan fácil como marcar la casilla de tu declaración del IVA que se llama «solicitud de devolución».
Tienes que estar muy atento, ya que como hemos explicado, si no la solicitas en el plazo estipulado, tendrás que esperar al siguiente ejercicio fiscal para hacerlo.
Ten en cuenta también que, en caso de que declaración del IVA la haga algún asesor, abogado o personal de administración o financiero, tendrás que informarle de tu intención de solicitar esta devolución cuando realice tu declaración trimestral, de lo contrario, puede pasarlo por alto.
Además, el importe solicitado no podrá ser inferior a 50 euros.
Como excepción, hay empresas que si cumplen con determinados requisitos pueden pedir la devolución del IVA mensual. Para ello, tendrán que:
- Inscribirse en el Registro de Devolución Mensual (REDEME).
- Presentar de forma telemática las autoliquidaciones mensuales del IVA, modelo 303.
- Llevar sus Libros de registro del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT de forma obligatoria. (vía el SII o Suministro Inmediato de Información).
¿Qué plazo tiene Hacienda para devolver el IVA?
Al igual que las empresas y autónomos tienen un plazo para solicitar esta devolución, Hacienda también tiene un plazo para realizar el pago del IVA.
La devolución debe ordenarse, con carácter general, dentro del plazo de seis meses desde la finalización del plazo de presentación de la autoliquidación en la que se solicita. Para el cuarto trimestre, la autoliquidación se presenta del 1 al 30 de enero y, si procede, el plazo de seis meses se cuenta conforme a la fecha legal de finalización de ese plazo, por lo que el cómputo no conduce necesariamente al 20 de julio.
Sin embargo, hay muchos casos en los que Hacienda se retrasa con el ingreso de esta cuantía. ¿Qué pasas en esos casos? A continuación, veremos qué ocurre si la Agencia Tributaria se demora en la devolución del IVA más de seis meses.
Es importante destacar que la AEAT puede, una vez ordenada la devolución, compensar esta con otras deudas que tengas con ella.
¿Qué pasa si Haciendo no devuelve el IVA en 6 meses?
Si Hacienda no te devuelve el IVA en un plazo de seis meses, habrá unos intereses de demora que, actualmente, están fijados en 4,0625%, a contar desde el final del plazo de 6 meses.
Estos intereses se aplicarán de forma proporcional a los días de retraso. No es necesario que el autónomo o empresa lo solicite, la Agencia Tributaria lo hará de forma automática.
Puede que muchas veces este retraso se deba al procedimiento de comprobación que realiza Hacienda de todas las facturas en las que se ha deducido IVA o porque la propia Administración tenga interés en demorar los pagos.
Por ejemplo, supongamos que Hacienda nos tiene que hacer un ingreso de 1.000€ en concepto de devolución del IVA, pero se retrasa 30 días desde la fecha límite. Para calcular el interés por demora, tenemos que multiplicar el IVA a devolver, por los días de retraso y dividirlo entre 365. El resultado hay que multiplicarlo por 3,75%. En este caso:
1.000€ x 30 / 365 = 82,19 x 3,75% = 3,08
Por lo tanto, si Hacienda se retrasa 30 días, nos debería 1.003, 08€.
🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre cuándo se paga el IVA de los autónomos te recomendamos que leas nuestro artículo específico.
¿Cómo saber el estado de la devolución de IVA?
Si has solicitado la devolución del IVA y quieres saber en qué estado se encuentra tu tramitación, puedes verificar tu petición de forma muy sencilla.
- Accede a la web de la Agencia Tributaria y entra con tu certificado electrónico o la cl@ve PIN.
- Haz clic en la sección «Mis expedientes».
- Una vez dentro, busca el apartado «Impuestos».
- Elige el impuesto del que quieres conocer el estado de la tramitación, en este caso el IVA.
- Puede aparecer que tu solicitud está finalizada o en revisión.
¿Solicitar devolución de IVA o compensar con los siguientes trimestres?
Como alternativa a la devolución del IVA está la compensación. En este caso, Hacienda da la posibilidad al autónomo para descontar el IVA negativo de un ejercicio al positivo del siguiente, por lo que puede compensar el resultado de sus liquidaciones. Pero como todo, hay pros y contras:
- El IVA a compensar se puede utilizar durante los próximos cuatro ejercicios.
- Hay autónomos que piensan que cuatro años es demasiado tiempo para esperar y prefieren la devolución antes, ya que, se supone, que el plazo es de seis meses.
- En el caso de la devolución del IVA, como a la AEAT le toca pagar, esta suele pedir todo tipo de justificantes, por lo que, en ocasiones, algunos asesores recomiendan no solicitarla.
- La devolución del IVA solo se recomienda en caso de que tengas toda la contabilidad en orden, la cuantía sea muy elevada, que no logremos compensar en 4 años o en caso de cese de la actividad.
¿Cómo solicitar la devolución del IVA en caso de cese de actividad?
En caso de que seas autónomo y hayas cesado tu actividad antes del último trimestre puedes solicitar la autoliquidación del IVA en el último cuatrimestre, aunque no estés dado de alta y ahí pedir la devolución del IVA adeudado.
Si eres una empresa, generalmente se solicitará la devolución en el último trimestre del ejercicio en que la compañía se de baja de la actividad que suele coincidir con el de la liquidación de la misma.
En este caso, se podrá solicitar el IVA soportado relacionado con los gastos derivados de la liquidación de la empresa, atendiendo a las reglas de deducibilidad y siempre que haya relación entre los pagos y la actividad que desarrollaba la empresa.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tiene Hacienda para devolverte el IVA?
Hacienda dispone de un plazo legal máximo de 6 meses, a contar desde la fecha en que finaliza el plazo de presentación de la declaración (habitualmente el 30 de enero), para realizar el ingreso en tu cuenta.
¿Cuáles son los plazos para la devolución del IVA?
Existen dos plazos clave: el del contribuyente, que debe solicitar la devolución en el último trimestre del año (hasta el 30 de enero); y el de Hacienda, que tiene 6 meses desde esa fecha para efectuar el pago.
¿Cuándo empiezan a pagar la devolución de IVA en 2026?
Si solicitas la devolución en enero de 2026, Hacienda comenzará a tramitar los pagos en los meses posteriores a la presentación, teniendo como fecha límite legal el 20 de julio de 2026 para abonar el importe sin intereses de demora.

