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¿Cuáles son las obligaciones fiscales de una SL?

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Estar al tanto de las obligaciones fiscales de una SL es un tema prioritario para quienes son socios de una entidad de este tipo. Porque cualquier mínimo error o retraso en el cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Tributaria puede dar lugar a intereses de demora, recargos, e incluso multas.

Para más detalles, consulta nuestra guía sobre Multas y sanciones.

En este artículo aprenderás:

¿Qué es una SL?

Una Sociedad Limitada (SL) o Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) es una entidad mercantil dotada de personalidad jurídica propia y que puede operar por sí misma en el mercado siendo titular de derechos y obligaciones.

La particularidad que la define es que la responsabilidad de sus socios está limitada a las aportaciones que estos han realizado al capital social.

Por ejemplo, si un socio ha aportado 1.000 euros, su participación a la hora de responder de las deudas sociales se limitará a esos 1.000 euros, no se le puede exigir más.

Obligaciones fiscales de una SL

Las obligaciones fiscales de una Sociedad Limitada comienzan incluso antes de que esta empiece a operar en el mercado, como vamos a ver a continuación.

Si quieres una visión completa, puedes ampliar en ¿Qué impuestos paga una Sociedad Limitada?.

Obligaciones antes de empezar la actividad

  • Alta en Hacienda: la entidad debe darse de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de Hacienda. Tiene que hacerlo a través del modelo 036 o mediante la presentación del Documento Electrónico Único (DUE). Hasta que no se hace este alta no se obtiene un NIF definitivo.
  • Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE): el IAE es un código alfanumérico que identifica la actividad desarrollada, para que Hacienda tenga claro a qué se dedica esa entidad. El alta censal es obligatoria, pero el pago del impuesto solo es exigible si el importe neto de la cifra de negocios supera el millón de euros (existiendo exención habitual los dos primeros años).

Presentar las declaraciones trimestrales del IVA

Empresas y profesionales deben repercutir el IVA a sus clientes, sean otras empresas o autónomos o consumidores particulares. El tipo de gravamen a aplicar en cada caso concreto depende del tipo de producto o servicio ofrecido.

Además, las SL también operan en el mercado comprando productos o contratando servicios, y por ellos tienen que soportar el IVA.

Precisamente por ello, una de las obligaciones fiscales de una SL es presentar trimestralmente la autoliquidación de IVA ante Hacienda a través del modelo 303. Para calcular la diferencia entre el IVA repercutido y el soportado y determinar qué cantidad hay que ingresar en la Agencia Tributaria.

En enero, además, se presenta un resumen del año anterior (modelo 390), pero esto no conlleva ninguna obligación de pago.

Impuesto sobre Sociedades (IS)

El Impuesto sobre Sociedades es a las sociedades mercantiles lo que el IRPF es a las personas físicas. Porque se encarga de gravar las ganancias obtenidas por una Sociedad Limitada a lo largo del ejercicio fiscal. El tipo general oscila entre el 23% y el 25%, aunque en 2026 existen tipos reducidos (como el 19% para los primeros 50.000 euros de base) para micropymes y entidades de reducida dimensión.

Para hacer el cálculo se determinan cuáles son los ingresos y gastos imputables y deducibles fiscalmente. Con estos datos se cumplimenta y presenta el modelo 200 (IS anual que se presenta en julio) y el modelo 202 (para los pagos a cuenta, que se presenta en abril, octubre y diciembre, debiendo consultar el calendario fiscal 2026 para las fechas límite exactas).

Todas las entidades mercantiles tienen que presentar el modelo 200 del IS aunque no hayan obtenido beneficios. En cambio, el modelo 202 de pagos fraccionados solo lo presentan:

  • Entidades con un volumen de operaciones superior al millón de euros en regímenes especiales o grandes empresas según normativa vigente, sin importar el resultado.
  • Entidades que no alcanzaron ese volumen de operaciones, pero obtuvieron un resultado positivo en el ejercicio anterior (si se acogen a la modalidad de cuota).

Retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Las Sociedades Limitadas no tienen que pagar el IRPF porque no son personas físicas, pero están obligadas a practicar retenciones de IRPF sobre lo que tienen que pagar a sus empleados, proveedores de servicios y hasta a su arrendador.

Las retenciones de IRPF a trabajadores y autónomos proveedores de servicios se declaran a trimestralmente a través del modelo 111. En enero, se presenta el modelo 190 que es un resumen de las retenciones practicadas en el ejercicio anterior y no implica ninguna obligación de pago.

Además, las SL que son titulares de contratos de arrendamiento deben declarar trimestralmente las retenciones realizadas al arrendador por los alquileres a través del modelo 115. Al cierre el ejercicio (en enero del año siguiente) se presenta el modelo 180 que es un resumen anual.

Planificación fiscal y deducciones en el Impuesto de Sociedades

Para optimizar la carga fiscal de forma legal, no basta con cumplir las obligaciones de presentación; es fundamental contar con una estrategia de planificación fiscal. Existen numerosos gastos deducibles (como sueldos, suministros y servicios profesionales) que reducen la base imponible, además de bonificaciones y deducciones por actividades de I+D+i, creación de empleo o inversiones sostenibles. Revisar estas partidas antes del cierre del ejercicio permite ajustar el resultado y evitar pagos excesivos innecesarios. Si quieres profundizar, revisa esta guía sobre Gastos deducibles y no deducibles en el Impuesto de Sociedades.

¿Gestión interna, asesoría o software? Opciones para cumplir

Cumplir con todas estas obligaciones requiere rigor y control. Las Sociedades Limitadas pueden optar por externalizar la gestión en una asesoría fiscal, lo que aporta seguridad pero reduce la inmediatez de la información, o llevarla internamente. El uso de un software de gestión y facturación se presenta como una opción híbrida muy eficiente: permite digitalizar los gastos, automatizar los modelos tributarios y mantener la información del negocio actualizada en tiempo real, facilitando la colaboración tanto con equipos internos como con gestores externos.

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Además de las obligaciones fiscales de una SL, para que esta esté totalmente al día, también tiene que cumplir una serie de obligaciones contables y registrales y obligaciones con la Seguridad Social.

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ARTÍCULO VALIDADO POR

Roger Dobaño - CEO Quipu

Roger es CEO y Fundador de Quipu, un software en la nube que lleva +10 años ayudando a autónomos, pymes y asesorías a digitalizar su operativa precontable. A raíz de una mala experiencia como autónomo, Roger se propuso crear un programa que acompañara a los empresarios a lidiar con la administración.