La fiscalidad cripto en España ha dejado de ser un terreno gris. Desde que se aprobó la Orden HFP/886/2023, Hacienda cuenta con una herramienta específica para vigilar las inversiones digitales fuera de nuestras fronteras. El modelo 721.
A diferencia de la Declaración de la Renta, donde pagamos por las ganancias recibidas, este modelo es puramente informativo. Pero, olvidarse de presentarlo puede acarrear sanciones importantes.
Por eso, en este artículo te vamos a explicar de forma clara si estás obligado a presentarlo este año o no.
Qué es el Modelo 721 y para qué sirve
El modelo 721 es el modelo de «Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero». Es decir, es el documento oficial con el que los residentes fiscales en España le comunican a Hacienda la tenencia de cripto activos custodiados por empresas extranjeras.
El objetivo del modelo 721 es controlar tu patrimonio. La AEAT quiere saber cuánto dinero tienes en plataformas internacionales como Binance, Kraken o Coinbase, si operan desde fuera de España, para así cruzar esos datos con tu Declaración de la Renta y el Impuesto sobre el Patrimonio.
Cuándo es obligatorio el Modelo 721
Que tengas criptomonedas no significa necesariamente que tengas que presentar el modelo 721. La obligación se activa solo si cumples dos condiciones simultáneas, que seas residente fiscal en España y que superas cierto volumen de dinero.
Umbral: 50.000 € a 31 de diciembre (saldo conjunto)
Estás obligado a presentar el modelo 721 si el valor conjunto de todas tus criptomonedas situadas en el extranjero supera los 50.000 euros a fecha de 31 de diciembre del año fiscal que se declara.
Lo que comprueban es el saldo que tienes en criptomonedas en el cierre del año. Es decir, que no importa si durante el año tuviste 100.000€ mientras que a día 31 de diciembre tengas 49.999€ o menos. Ya sea porque lo vendiste todo o porque el mercado cayó y ahora tienes 40.000€, no tienes obligación de presentar el Modelo 721.
Ten en cuenta que el límite de 50.000€ es la suma de todas tus carteras en el extranjero. Si tienes 30.000€ en un exchange y 25.000€ en otro, la suma es 55.000€, por lo que sí estarías obligado a presentar el modelo 721.
¿Hay que presentarlo todos los años? Regla del +20.000 €
Si ya presentaste el Modelo 721 el año pasado, no tienes que volver a presentarlo de manera sistemática. Solo tendrás que repetirlo en años sucesivos si tu saldo conjunto a 31 de diciembre ha experimentado un incremento superior a 20.000 € respecto a la última declaración presentada. O bien, si has dejado de ser titular de las monedas que declaraste anteriormente.
Qué criptomonedas se declaran (y cuáles NO) en el 721
Aquí es donde encontramos todas las dudas de los inversores. La clave para saber qué criptomonedas se declaran y cuáles no con el modelo 721 no es dónde te encuentras tú, sino quién tiene las claves privadas de tus criptos.
Sí se declara: cripto custodiada por un tercero (exchange/custodio)
Debes declarar todas las criptomonedas cuyas claves privadas estén custodiadas por personas o entidades no residentes en España.
Por ejemplo, las exchanges internacionales como Binance Global, Kraken, Coinbase, o KuCoin entre otras. Ya que no tienen sede fiscal en España ni están registrados ante el Banco de España como proveedores de servicios nacionales.
No se declara: autocustodia (hot/cold no es lo relevante; lo relevante es la custodia de claves por terceros)
Según el criterio de la Dirección General de Tributos, si tú eres el único custodio de las claves privadas, esas monedas no se consideran situadas en el extranjero a efectos del modelo 721, independientemente de que el «hardware» lo tengas contigo o en una caja fuerte en otro país.
Aquí podemos encontrar dos opciones, los monederos fríos o los monederos calientes:
- Los monederos fríos (cold wallets): como lo pueden ser Ledger, Trezor, o BitBox, no se declaran en el modelo 721.
- Los monederos calientes (hot wallets) sin custodia: como MetaMask, Trust Wallet o Exodus, no se declaran en el modelo 721 siempre y cuando tú tengas la seed phrase.
Qué información pide el Modelo 721
A la hora de rellenar el modelo 721, la AEAT solicita datos muy específicos para identificar cada posición:
- Datos personales del declarante (NIF, nombre).
- Identificación de la entidad de custodia (razón social, país, dirección web).
- Identificación completa de cada moneda virtual (tipo, siglas).
- Número de unidades a 31 de diciembre.
- Valor en euros a 31 de diciembre usando la cotización oficial de las principales plataformas de negociación.
Plazo y cómo presentar el Modelo 721 en la AEAT
Si ya has confirmado que estás obligado a presentarlo, te toca cumplir con el calendario para evitar las temidas sanciones declararlo fuera de tiempo.
Ten en cuenta que, a diferencia de los impuestos trimestrales habituales, como lo es el IVA, el Modelo 721 cuenta con una ventana anual única y es muy estricta.
Además, este trámite es exclusivamente telemático.
Plazo: 1 de enero a 31 de marzo
El periodo de presentación del modelo 721 se abre el 1 de enero y finaliza el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio declarado.
Ten en cuenta que la campaña actual de 2025, hay que declararlo antes del 31 de marzo de 2026. Para no perderte ninguna fecha clave de tus obligaciones, te recomendamos consultar siempre el calendario fiscal para empresas y autónomos actualizado.
Presentación online: formulario / XML + Cl@ve / certificado
El trámite de presentación del modelo 721 es 100% telemático y se realiza a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
Se puede rellenar mediante un formulario web de ayuda. Y si cuentas con carteras grandes con muchos registros, se permite la importación de archivos XML.
Además necesitarás identificarte mediante Certificado Digital, DNI Electrónico o Cl@ve PIN.
Modelo 720 vs Modelo 721
Es muy fácil confundir el modelo 720 con el 721, ya que son trámites hermanos, pero tienen objetivos diferentes. Vamos a ver para qué hay que rellenar cada uno de ellos.
- Modelo 720: se usa para declarar cuentas bancarias, acciones, seguros e inmuebles en el extranjero.
- Modelo 721: este modelo se creó de forma exclusiva para monedas virtuales en el extranjero.
Criptomonedas y Hacienda: ¿el Modelo 721 sustituye la Renta?
Rotundamente no. El Modelo 721 es una declaración informativa que le dice a Hacienda que tienes criptomonedas en el extranjero, pero no pagas nada al presentarlo.
En cambio, la Declaración de la Renta (IRPF) es una declaración tributaria que le dice a Hacienda el dinero que has ganado. Por lo que aquí debes incluir las ganancias o pérdidas patrimoniales que hayas tenido al vender o permutar tus criptos.
Resumiendo, presentar el modelo 721 no te exime de declarar tus ventas en la Renta, y viceversa. De hecho, si informas en el modelo 721 de que tienes 100.000€ y en la Renta no declaras ninguna operación, podrías levantar sospechas de una tenencia no justificada.
Si tienes dudas sobre cómo tributan tus operaciones de venta, te recomendamos leer nuestra guía sobre cómo declarar las criptomonedas en España para evitar errores en tu IRPF.
Preguntas frecuentes sobre el modelo 721
¿Se presenta todos los años o solo si sube más de 20.000€?
Solo es obligatorio repetir la presentación si tu saldo conjunto a 31 de diciembre ha aumentado en 20.000 € o más respecto a la última vez que lo presentaste. Si tu saldo ha bajado o se mantiene igual, no tienes que hacer nada.
¿Tengo criptos en Ledger / wallet propia: tengo que presentarlo?
No. Las criptomonedas en auto custodia, donde tú tienes las claves privadas, no se consideran situadas en el extranjero a efectos del Modelo 721, por lo que no hay obligación de informarlas en este documento, aunque superen los 50.000€.
¿Qué significa “criptomonedas en el extranjero” en el Modelo 721?
A efectos técnicos, se entiende por «extranjero» aquella criptomoneda custodiada por una persona o entidad (empresa) que no es residente fiscal en España y no tiene establecimiento permanente en nuestro país.
Si usas un exchange español registrado en el Banco de España, estos saldos ya los conoce Hacienda, gracias al modelo 172 que presenta el exchange, por lo que no tienes que declararlos tú en el 721.