El modelo 202 es uno de los formularios más importantes cuando se trata del Impuesto sobre Sociedades (IS). Sin embargo, no todos los que tienen la condición de obligados tributarios con respecto a este impuesto deben presentarlo.
En este artículo aprenderás:
- ¿Qué es el modelo 202?
- ¿Para qué sirve el modelo 202?
- ¿Quién debe presentar el modelo 202?
- Diferencia entre el modelo 200 y el modelo 202
- ¿Cómo se calcula el modelo 202?
- ¿Cuándo se presenta el modelo 202?
- Formas de presentación del modelo 202
¿Qué es el modelo 202?
A fin de conseguir que la presentación y gestión de impuestos le resulte más sencilla tanto a la Administración como a los propios obligados tributarios, existen diferentes modelos que se utilizan para la declaración o autoliquidación.
Se trata de formularios fiscales que los interesados deben rellenar con sus datos. Siguiendo el esquema preestablecido de petición de información que recoge el documento.
En el caso específico del modelo 202, este es un formulario fiscal que se emplea para realizar los pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades.
¿Para qué sirve el modelo 202?
Como acabamos de señalar, la finalidad de este formulario es que los contribuyentes cumplan con su obligación de realizar pagos a cuenta del IS.
El pago a cuenta es una cuantía que abona el propio obligado tributario como adelanto de un impuesto cuyo devengo se va a producir más tarde. Cuando llega el momento de presentar la liquidación anual del IS, se descuenta del total de la deuda aquello que ya se ha pagado antes por adelantado.
Es exactamente el mismo sistema que se aplica con respecto al IRPF. El contribuyente va pagando el impuesto poco a poco y, durante la campaña de la Renta, se hacen los ajustes pertinentes para determinar si ha pagado lo que debía, se ha excedido, o ha pagado de menos.
¿Quién debe presentar el modelo 202?
Una de las particularidades de este formulario fiscal es que no todos los que tienen la condición de obligados tributarios del Impuesto sobre Sociedades tienen que presentarlo. De hecho, solo deben hacerlo:
- Entidades obligadas a pagar el IS cuyo volumen de operaciones haya superado los 6.010.121,04 euros durante el ejercicio anterior. Sin importar si han obtenido o no beneficios con su actividad.
- Entidades que, no alcanzando la cifra anterior, hayan obtenido un resultado positivo en el ejercicio anterior.
Las empresas cuyos ingresos netos superen los 10 millones de euros deben, además, presentar el anexo de comunicación de datos que contiene el modelo 202.
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Diferencia entre el modelo 200 y el modelo 202
Ambos modelos están vinculados con el IS, pero funcionan de manera diferente. El modelo 202 se utiliza para hacer la autoliquidación de los pagos a cuenta y, por tanto, se presenta varias veces al año.
Por su parte, el modelo 200 sirve para hacer la declaración anual del IS y se presenta una única vez al año.
No todos los que están obligados a presentar el modelo 200 deben presentar el 202. Pero todos los que presentan el modelo 202 tienen que presentar de forma obligatoria el modelo 200 cuando llega el momento de hacer la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades.
¿Cómo se calcula el modelo 202?
Hay dos formas de llevar a cabo el cálculo para determinar cuál es el pago a cuenta que se ha de realizar:
Partiendo de la cuota íntegra del último IS presentado
A esta cantidad se le restan las deducciones, bonificaciones, retenciones e ingresos a cuenta practicados durante el período impositivo, y sobre el resultado se aplica un tipo del 18%. El resultado es la cantidad que se debe ingresar.
Aplicando un porcentaje variable sobre el resultado del ejercicio en curso
El porcentaje se aplica sobre el resultado del primer trimestre, minorado en las bonificaciones, retenciones e ingresos a cuenta. Esto es así para la presentación del modelo 202 de abril.
Para el de octubre se hace el cálculo partiendo del resultado a 30 de septiembre, y para el pago de diciembre se atiende a los resultados de la entidad a 30 de noviembre.
Esta forma de cálculo es obligatoria para las entidades cuyo volumen de operaciones en el año anterior haya superado los 6.010.121,04 euros. Para el resto de obligados a presentar el modelo 202, es posible elegir entre esta fórmula o la que hemos visto antes. En este caso, los interesados deben comunicar a qué formato se acogen durante el mes de febrero del año natural en el que quieran hacer el cambio.
¿Cuándo se presenta el modelo 202?
El pago fraccionado del Impuesto de Sociedades se lleva a cabo en tres cuotas. Las fechas obligatorias de presentación son las siguientes:
- Primer pago: del 1 al 20 de abril.
- Segundo pago: del 1 al 20 de octubre.
- Tercer pago: del 1 al 20 de diciembre.
Formas de presentación del modelo 202
La presentación del modelo 202 solo puede hacerse por vía telemática, a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
Los obligados tienen que identificarse en el portal electrónico de Hacienda con su DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve PIN.
Pueden importar el fichero digital con su declaración elaborado a través de un programa de contabilidad homologado, o bien utilizar el programa informático de ayuda que la AEAT pone a disposición de los obligados tributarios.
Se sube el documento y se valida una vez comprobado que no hay errores en el mismo y no aparecen avisos por parte de la Agencia Tributaria. Después, se firma y se envía para dar por completada la presentación. En ese momento la Administración crea un documento justificante con un código seguro de verificación que es conveniente guardar, porque sirve para acreditar el día y hora de presentación de este formulario fiscal.
El modelo 202 es uno de los más importantes cuando se trata del Impuesto sobre Sociedades, y es importante no tener dudas sobre el mismo. Esperamos haberte ayudado a resolver todas las que pudieras tener respecto a este tema.