La transformación digital es una realidad cada vez más presente en los negocios de cualquier tipo y tamaño. Ejemplo de ello es que, con la entrada en vigor de la Ley Crea y Crece, la factura electrónica para autónomos dejará de ser opcional y pasará a ser obligatoria. No hay tiempo que perder, los profesionales autónomos tendrán que adaptarse a esta nueva realidad, seguramente, entre el 2026 y el 2027, dependiendo de la facturación que tengan.
En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber sobre la factura electrónica para autónomos: conoce qué dice la ley al respecto, descubre cuándo tendrás que usar factura electrónica y todo lo que tienes que hacer para adaptarte a la nueva realidad y evitar las sanciones por incumplir estos requisitos.
En este artículo aprenderás:
- ¿Qué dice la Ley Crea y Crece sobre la factura electrónica obligatoria para los autónomos?
- ¿Qué autónomos tendrán que utilizar la factura electrónica?
- ¿Cuándo será obligatoria la factura electrónica para los autónomos?
- Principales sanciones por incumplir la factura electrónica
- ¿Cómo pueden los autónomos adaptarse a la facturación electrónica?
- La relación entre factura electrónica y la Ley antifraude
📹 Factura electrónica obligatoria
📹 Vídeo explicativo: En el siguiente vídeo explicamos qué implica la factura electrónica, a quiénes afecta y qué excepciones existen. Además, hablamos de la Ley Antifraude y cómo el sistema Verifactu jugará un papel crucial para cumplir con esta normativa.
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¿Qué dice la Ley Crea y Crece sobre la factura electrónica obligatoria para los autónomos?
La Ley de Creación y Crecimiento Empresarial (Ley Crea y Crece) establece, entre otro tipo de medidas, que la factura electrónica será obligatoria en todas las operaciones entre autónomos y empresas. Esta obligación queda reflejada en el artículo 12 de dicha ley, que dice así: “todas las empresas y autónomos deberán expedir y remitir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otras empresas y autónomos”
De esta forma, la factura electrónica para autónomos dejará de ser una opción y pasará a ser un requisito legal en todas las operaciones cuyo cliente sea una empresa o un autónomo. Según la nueva normativa, esta promoción del uso de la factura electrónica es una medida para digitalizar las relaciones empresariales, reducir costes y facilitar la transparencia como forma de luchar contra la morosidad.
🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre la Ley Crea y Crece y la factura electrónica te recomendamos que leas nuestro artículo específico.
¿Qué autónomos tendrán que utilizar la factura electrónica?
La Ley Crea y Crece es clara y el artículo hace referencia a “todas las empresas y autónomos” que facturan con otras empresas. De hecho, esta es la gran diferencia con la actual normativa, que obliga a usar factura electrónica a los negocios que trabajan con el sector pública. La nueva ley extenderá la obligación al sector privado.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que la obligación aplica siempre que la factura sea emitida a otra empresa o profesional autónomo, es decir, esta obligación no afecta a facturas emitidas a personas particulares como, por ejemplo, la factura de un profesional autónomo que realiza un trabajo de fontanería en un domicilio particular.
En estos casos, se podrá hacer una factura en papel. De la misma forma, tampoco aplica a las facturas simplificadas o tickets propios de los establecimientos comerciales cuando vendan a particulares.
Aunque el reglamento de la Ley Crea y Crece todavía está en stand by, otras excepciones podrían ser:
- La Ley Crea y Crece sólo es aplicable para España, por lo que previsiblemente sólo afecte a operaciones nacionales, no a empresarios que trabajan con clientes internacionales
- La obligación sólo afecta a operaciones del sector privado, por lo que los límites para facturar con la Administración seguirán siendo los que ya están recogidos a día de hoy.
Por lo tanto, cualquier autónomo o empresario, que trabaje con otros empresarios en España, en un principio, quedará obligado a usar factura electrónica.
¿Cuándo será obligatoria la factura electrónica para los autónomos?
La Ley Crea y Crece se publicó el 28 de Septiembre de 2022 en el BOE y entró en vigor 20 días después, el 19 de Octubre de 2022. Sin embargo, los cambios sobre la factura electrónica tienen unos plazos distintos para que los profesionales tengan tiempo para adaptarse a la nueva realidad.
Así lo recoge la Ley 18/2022 en su disposición final octava que dice: “relativo a la facturación electrónica entre empresarios y profesionales, que producirá efectos, para los empresarios y profesionales cuya facturación anual sea superior a ocho millones de euros, al año de aprobarse el desarrollo reglamentario. Para el resto de los empresarios y profesionales, este artículo producirá efectos a los dos años de aprobarse el desarrollo reglamentario“
Este reglamento aún está pendiente de aprobación. El Gobierno lo sacó a consulta pública el pasado 7 de Marzo de 2023 y su aprobación se espera que se produzca en 2025. Por lo tanto las fechas estimadas son:
- Principios de 2026: las empresas y autónomos con una facturación anual mayor a los 8 millones de euros tendrán hasta esta fecha para adaptarse totalmente a la factura electrónica (1 año después de la entrada en vigor del nuevo reglamento de facturación).
- Principios de 2027: por su parte, el resto de empresas y autónomos que tengan una facturación anual menor a los 8 millones de euros tendrán hasta esta fecha para empezar a usar la factura electrónica (2 años después de la entrada en vigor del reglamento de facturación).
🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre los requisitos que deben de cumplir las facturas electrónicas te recomendamos que leas nuestro artículo específico.
Principales sanciones por incumplir la factura electrónica
Para cumplir con lo establecido en la Ley Crea y Crece, todas las empresas y autónomos deberán enviar las facturas en formato electrónico y permitir su acceso a las mismas durante un periodo de cuatro años.
En un principio, todavía no hay sanciones previstas y específicas por no cumplir con la emisión de facturas electrónicas. Ahora bien, es probable que se desarrollen multas una vez quede aprobado el reglamento. Además, al no cumplir con esta obligación, los autónomos tendrían problemas al facturar con sus clientes y, por su puesto, para cumplir con otras muchas obligaciones fiscales con Hacienda, que ya serán electrónicas.
Y aunque parece que todavía queda tiempo para adaptarse a la obligación de la factura electrónica para autónomos, os recomendamos preparar cuanto antes vuestra transición a esta nueva realidad legal, pues es la mejor forma de evitar las posibles sanciones por su incumplimiento. Os contamos cómo hacerlo en el siguiente punto.
¿Cómo pueden los autónomos adaptarse a la facturación electrónica?
Aunque es cierto que la implementación de la factura electrónica va a suponer un sobrecoste para casi todos los autónomos, existen algunas alternativas.
Por un lado, los negocios que tengan muy pocas facturas podrían optar por la solución básica que está desarrolla Hacienda y que ofrecerá a través de una plataforma pública. Lógicamente, esta herramienta no permitirá más que enviar y recibir facturas, por lo que quedarán fuera otras opciones como la conciliación bancaria, la previsión de impuestos y la declaración casi automática de las liquidaciones con Hacienda.
Por otro lado, y más recomendable, los autónomos y empresas pueden optar a las ayudas de hasta 12.000 euros de Kit Digital para recibir bono y usarlo en contratar un software de facturación que les permita estar al día con todas las obligaciones.
Con estas subvenciones, los autónomos y empresas pueden contratar más de una decena de servicios de manera gratuita e implementarlos en su negocio. Entre estas soluciones se encuentra un programa de facturación electrónica, que puede ser implementado a través de un agente digitalizador como Quipu.
Los autónomos y empresas que todavía no hayan solicitado estas ayudas deberían darse prisa. El Kit Digital terminará en diciembre de 2024 para todos los autónomos y empresas que tengan tres empleados o más en su plantilla (todos los segmentos excepto el 3).
Por su lado, los autónomos y microempresas del segmento 3 (menos de tres empleados) van a tener algo más de tiempo y podrán solicitar el Kit Digital hasta diciembre de 2026.
🔗 Ampliar información: Si quieres descubrir más sobre las ayudas del kit digital para la implementación de factura electrónica te recomendamos que leas nuestro artículo específico.
Con un software de facturación como Quipu no tendrás que preocuparte de nada porque podrás hacer todo esto y más:
- Contar con un programa de facturación electrónica: el nuevo reglamento exige una serie de requisitos legales a los programas de facturación.
- Emitir facturas electrónicas: con un software de facturación este proceso se simplifica al máximo y así podrás dedicar tiempo a lo más importante: tu negocio.
- Crear facturas con todos los elementos obligatorios: en nuestro blog puedes aprender cuáles son los elementos de una factura electrónica.
- Enviar las facturas a los clientes en formato electrónico: este es uno de los requisitos clave de la Ley Crea y Crece.
- Guardar las facturas digitalmente y permitir su acceso durante el tiempo necesario: esto se hace de forma automática y ni siquiera tendrás que acordarte de guardarlas.
La relación entre factura electrónica y la Ley antifraude
Aunque muchos autónomos confunden la obligación de emitir facturas electrónicas con la Ley antifraude, lo cierto es que son normativas separadas.
La Ley Crea y Crece obliga a emitir facturas electrónicas en operaciones con otras empresas, mientras que la Ley antifraude marca los requisitos para los programas con los que se van a emitir estas facturas. Y los plazos para esta última obligación sí están en marcha.
Por un lado, la Ley Crea y Crece, obligará a emitir facturas electrónicas a todos los autónomos y empresas que trabajen con otros negocios cuando entre en vigor su reglamento específico. Pero esta norma y la obligación de facturar por medios electrónicas sigue en stand by. Si se aprobara finalmente en 2025, las pymes y autónomos tendrán que empezar a cumplir con esta obligación entre 2026 y 2027.
Por otro lado, el reglamento de programas de facturación de la Ley antifraude se publicó en el BOE a través de la Orden HAC/1177/2024, del pasado 17 de octubre. Con la aprobación de esta norma, empiezan a correr los plazos para adaptarse a los nuevos certificados para los programas de facturación, que en principio serán los siguientes:
- A partir de julio de 2025: las empresas que se dedican a producir o distribuir programas de facturación sólo podrán vender softwares homologados según los nuevos requisitos de la Ley antifraude
- A partir del 1 de enero de 2026: todas las empresas (sociedades) deberán haber cambiado sus softwares y contar con programas de facturación que cumplan los requisitos de la Ley antifraude.
- A partir del 1 de julio de 2026: el resto, es decir los autónomos persona física, deberán haber cambiado sus softwares y contar con programas de facturación que cumplan los requisitos de la Ley antifraude.
En cualquier caso, aunque ambas normas -Ley Crea y Crece, y antifraude- sean distintas, el resultado va a ser muy similar. Tarde o temprano los autónomos van a tener que emitir obligatoriamente facturas electrónicas y, para ello, seguramente necesitarán un programa de facturación que se haya adaptado a los certificados de la Ley antifraude, como por ejemplo el de Quipu.
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