Si eres autónomo, desde hace unos años ya estás obligado a realizar la declaración de la renta, tengas los ingresos que tengas.
Esta declaración anual es un mero trámite para algunos, pero un quebradero de cabeza para otros. Cada autónomo tiene sus propias circunstancias familiares y profesionales, por lo que no todas las declaraciones son iguales. De hecho, entre una y otra comunidad autónoma se pueden llegar a pagar cientos o incluso miles de euros de diferencia.
Si todavía no sabes qué es la declaración de la RENTA, qué plazos tendrás para este 2025, y cómo se debe presentar, sigue leyendo.
En este artículo aprenderás:
- ¿Qué es la declaración de la renta de autónomos?
- ¿Para qué sirve la declaración de la renta?
- ¿Qué es el borrador de la renta?
- ¿Quiénes están obligados a hacer la Declaración de la Renta?
- Plazos para la presentación de la Declaración de la Renta de autónomos
- Formas de presentación de la Declaración de la Renta de autónomos
- ¿Existe la posibilidad de solicitar el borrador de la renta para autónomos?
- ¿Qué secciones hay que cubrir como autónomos?
- La relación entre el modelo 130/131 con la declaración de la renta
¿Qué es la declaración de la renta de autónomos?
La declaración de la renta recoge todos los rendimientos obtenidos por parte de las personas físicas (y, por ende, los autónomos) durante el ejercicio, desglosando los ingresos, gastos e inversiones correspondientes al año natural.
Esta autoliquidación corresponde con la obligación de hacer frente al IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) y de ella se extraen los datos sobre los rendimientos generados por el contribuyente. En este caso será el trabajador por cuenta propia, que tributa en el apartado de rendimientos de actividades económicas. Y si además trabaja como empleado o tiene pisos alquilados, deberá declarar igualmente sus rentas del trabajo o inmobiliarias.
Esta declaración anual sirve para que todas las personas físicas en España regularicen su situación fiscal. De este modo, la RENTA informa a Hacienda sobre los beneficios obtenidos por cada contribuyente, de una forma cada vez más desglosada y detallada, a partir del cálculo de la diferencia entre los ingresos y los gastos.
Los ingresos tienen en cuenta tanto los rendimientos obtenidos a través de actividades económicas o del trabajo como las obtenidas en otros conceptos (capital inmobiliario o ganancias patrimoniales). Respecto a los gastos presentados en la declaración, estos también pueden permitir deducir miles de facturas de los autónomos, como puede ser el alquiler del local, las compras y hasta la cuota de autónomos.
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¿Para qué sirve la declaración de la renta?
La declaración de la renta sirve para liquidar e informar a la Agencia Tributaria sobre los rendimientos generados durante el ejercicio, que se corresponde con el año natural.
Esta información es utilizada por parte de Hacienda para verificar la cantidad que el autónomo tiene que pagar en concepto de IRPF. Así, la liquidación se calcula a partir de los beneficios obtenidos y para conocerlos resulta imprescindible elaborar y documentar correctamente la declaración.
La situación de los autónomos es particular, pues su trabajo suele estar sujeto a una serie de retenciones practicadas en las facturas. De esta manera, mucas veces va adelantando poco a poco una cantidad de dinero destinada al IRPF.
Cuando la Agencia Tributaria realiza el cómputo de todo el IRPF anual en la campaña de la RENTA, se suele producir un pago por parte del autónomo (si ha adelantado menos dinero) o una devolución por parte de Hacienda, cuando las cantidades adelantadas son superiores al importe definitivo.
¿Que es el borrador de la renta?
Seguro habrás oido hablar del “borrador de la renta” o de “confirmar el borrador”.
La AEAT tiene los medios para llevar a cabo un cálculo estimado, con cada vez más precisión, de la cuota de IRPF a pagar cada año. Para ello, Hacienda hará uso de la inmensa cantidad de datos que tiene de nosotros (operaciones inmobiliarias, rendimientos de cuentas bancarias, salarios, facturación, embarcaciones y vehículos, estado civil, propiedades, …) para emitir “el borrador”.
El borrador será, pues, un recopilatorio de una buena parte de la información que tiene la AEAT sobre nosotros, que nos comunica para ayudarnos en el debido cumplimiento de las obligaciones tributarias y a modo de justificación del mantenimiento de esa minuciosa vigilancia y control sobre nuestras vidas.
Es importante tener en cuenta que el borrador es una aproximación que puede contener errores, siendo responsable el declarante, por lo que es recomendable hacer siempre la RENTA utilizando el borrador como un dato más. Especialmente para los autónomos, que pueden tener decenas de ingresos y gastos que no contemple Hacienda y que habrá que añadir para evitar perder dinero o enfrentarse a sanciones por haber omitido cierta información.
Por ello, es recomendable que no confirmes nunca el borrador sin comprobar antes todos los datos.
¿Quiénes están obligados a hacer la Declaración de la Renta?
Hasta la entrada en vigor del sistema de cotización por ingresos reales, no todos los autónomos estaban obligador a realizar la declaración de la renta. Hasta 2023 solamente debían de realizar la declaración de la renta los autónomos que hubieran superado algunos de los siguientes límites:
- Haber tenido unos rendimientos netos de actividades económicas por encima de los 1000 euros.
- haber tenido unos rendimientos de rentas inmobiliarias por encima de los 1000 euros.
Pero con la entrada en vigor del sistema de cotizaciones por ingresos reales, la situación ha cambiado drásticamente y estos límites ya no están vigentes. Actualmente todos los autónomos que hayan estado dados de alta en el RETA en algún momento de 2024 tendrán que realizar la declaración de la renta de forma obligatoria en 2025.
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Plazos para la presentación de la Declaración de la Renta de autónomos
Todas las obligaciones ante la Agencia Tributaria están sujetas a una serie de plazos y la declaración de la renta no es una excepción.
En 2025 para liquidar el ejercicio 2024, el plazo de presentación de la renta se abre el 2 de Abril. A partir de ese día, los autónomos pueden cumplimentar y enviar el documento a través de Internet.
Es habitual que surjan dudas, así que Hacienda habilita una serie de fechas para asesorar a los contribuyentes por distintas vías.
Este año, desde el 29 de abril se puede pedir cita previa para ser atendido por vía telefónica por un funcionario. Las primeras citas se atienden a partir del 6 de Mayo.
Por otro lado, también se abrirá la posibilidad el 2 de junio de solicitar una cita presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria para ser asesorado en la elaboración de la renta.
Ojo, es importante destacar que estos canales de asistencia telefónica o presencial no están disponibles para todo el colectivo. De hecho, sólo están destinados a autónomos en módulos puesto que en estimación directa, al tener normalmente más facturas de ingresos y gastos realizados el año anterior, la tarea sería muchas veces inviable para los técnicos.
En 2025 sólo pueden elaborar la RENTA por teléfono o en las oficinas los autónomos con actividades económicas en estimación objetiva (módulos) y que no tengan rentas del trabajo superiores a 65.000 euros o rentas del capital mobiliario superiores a 15.000 €, entre otros requisitos.
En cuanto a la fecha límite para presentar la declaración de la renta en 2025, habrá dos plazos. El 25 de junio se acaba el periodo para quienes han elegido el pago por domiciliación bancaria y el 30 de junia finaliza para todos los contribuyentes.
Formas de presentación de la Declaración de la Renta de autónomos
El autónomo tiene tres formas para realizar la presentación de la declaración de la renta. La Agencia Tributaria permite hacerlo por vía telemática (a través del sitio web), telefónica o presencial, en una sede física.
Ten en cuenta que si preparas tu declaración con ayuda de la Agencia Tributaria (por teléfono o en sede), ellos están eximidos de responsabilidad: cualquier error es tuyo, y será sancionable.
¿Existe la posibilidad de solicitar el borrador de la renta para autónomos?
El autónomo sí que tiene la posibilidad de solicitar un borrador de la renta. Lo hace a través del programa Renta Web, habilitado por Hacienda, y al que accede de forma telemática. A diferencia de un empleado, la actividad de un profesional por cuenta propia está sujeta a muchas retenciones, ingresos y gastos. Por ello, el borrador que realiza Hacienda para los autónomos puede estar desactualizado o carecer de toda la información adecuada. En ese sentido, es recomendable revisarlos muy bien, prestando atención a todos los detalles, antes de enviar el documento definitivo.
Por otro lado, también es muy recomendable verificar con nuestros clientes sus cuentas, pues es el mejor baremo para conocer qué sabe Hacienda de nosotros. Resulta útil, además, para confirmar que los clientes han ingresado en la Agencia Tributaria las retenciones que el autónomo ha soportado a lo largo del ejercicio.
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¿Qué secciones hay que completar como autónomos?
El autónomo, además de todo lo que deba informar por otras casuísticas, deberá indicar los ingresos y gastos de su actividad en un apartado determinado de la declaración de la renta, en función del régimen elegido en el momento de realizar el alta en la actividad económica.
Normalmente, quienes tributan por estimación directa, deben cumplimentar el apartado D1. Los que señalaron la estimación objetiva, por módulos, cumplimentan el apartado D2. El tercer grupo, el de estimación objetiva de actividades agrícolas, ganaderas y forestales, informan sobre sus rendimientos en el apartado D3.
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La relación entre el modelo 130/131 con la declaración de la renta
Muchos autónomos adelantan el IRPF a través de las retenciones soportadas o pagos a cuenta a lo largo del año y que se incluyen en cada una de las facturas emitidas o mediante el modelo 130 y el modelo 131.
El modelo 130 debe ser presentado por los autónomos que están dados de alta en el IAE con una actividad económica o aquellos que forman parte de una comunidad de bienes. En cambio, no están obligados a presentarlo los profesionales que presentan retenciones en más del 70% de sus facturas.
Por otro lado, todos los autónomos que estén registrados en la modalidad de módulos están obligados a presentar el modelo 131, independientemente del tipo de actividad (sea ésta económica o de otra índole). Aquí también se incluyen a los miembros de sociedades civiles y de comunidades de bienes, que deben presentar, individualmente, el modelo 131 en el que declaran su parte correspondiente.
Estos documentos se presentan trimestralmente y se utilizan para informar a Hacienda sobre los rendimientos generados durante el periodo de tres meses. Y también para ir adelantando un determinado porcentaje de los beneficios obtenidos en concepto de «adelanto».
Este adelanto, o pago a cuenta, corresponde al IRPF. De esta manera, cuando se presenta la declaración de la renta anual y calculamos nuestra cuota definitiva del impuesto, el autónomo ya habrá pagado una parte o la totalidad del mismo. Si hubiera abonado de más cantidad, se produciría una devolución.