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Cuotas de autónomos colaboradores en 2025: ¿cuánto se paga?

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Dentro del colectivo de trabajadores por cuenta propia se encuentra una figura particular, la de los autónomos colaboradores. Quizá no los conozcas, pero conforman un perfil muy específico de autónomos que dependen de otros principales y que casi figuran como trabajadores por cuenta ajena. Pero hay algo de lo que no se libran: de la cuota de autónomos.

Con todo lo que cambió desde el 2023 con el nuevo sistema de cotización por ingresos reales, seguramente más de uno se esté preguntando cómo cambia y cuánto se paga de cuota de autónomo colaborador en 2025. Todas esas dudas, y muchas otras más, se van a resolver aquí, así que sigue leyendo y presta mucha atención.

En este artículo aprenderás:

¿Qué es un autónomo colaborador?

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¿Qué es un autónomo colaborador?

Un autónomo colaborador es todo familiar directo de un trabajador autónomo que trabaja para él y con el que comparte vivienda. Es una persona que no puede estar dada de alta como trabajador por cuenta ajena, que conviva con el autónomo titular y esté a su cargo y que sea familia directa.

Pueden ser cónyuges, parientes ascendientes o descendientes… Todas las opciones posibles hasta familiares de segundo grado (sin contar tíos, primos, sobrinos ni biznietos). De hecho, incluso hijos adoptados pueden ser autónomos colaboradores.

Aunque debes tener cuenta que puede haber ciertos requisitos, además del parentesco, para que un autónomo pueda ser considerado colaborador. Por ejemplo, la convivencia.

Lo más curioso de esta figura es que, aunque debe darse de alta en el RETA, no tiene por qué hacerlo en Hacienda. ¿Qué significa eso? Que un autónomo colaborador no tiene que pagar IRPF ni IVA trimestralmente, cosa que sí debe hacer el titular. Sí debe percibir sus ingresos del titular para el que trabaja y presentar la declaración de la RENTA tributando por los ingresos obtenidos como si fuera una nómina. Vamos, que a efectos fiscales es como un asalariado.

¿Qué es la cuota de autónomos colaboradores?

La cuota de autónomos colaboradores es un pago mensual que se debe hacer obligatoriamente a la Seguridad Social. La principal diferencia en este caso con respecto a otros trabajadores por cuenta propia es que esta cuota no la paga el colaborador, sino el autónomo titular del negocio.

Por otra parte, esta cuota sirve para que estos colaboradores tengan acceso a las prestaciones y ayudas que tiene todo trabajador por cuenta ajena. Desde el paro hasta las coberturas por bajas o accidentes, pasando por las formaciones y otras tantas opciones.

Cabe mencionar que, aunque no la paguen ellos, sí que es posible que los autónomos colaboradores disfruten de bonificaciones en su cuota.

Principales novedades de las cuotas de autónomos colaboradores en 2025

Como sucede con el resto, las cuotas de autónomos colaboradores sufrieron numerosos cambios con el nuevo sistema de cotización que entró en vigor en 2023. Y va a seguir sucediendo igual en 2025. Estas son sus principales novedades:

  • Nueva base de cotización mínima: los autónomos colaboradores tienen una base mínima de cotización de 1.000 euros. Esta base mínima se pactó con las organizaciones de autónomos en 2023 y continuó en 2024. A expensas de que se apruebe la orden de cotización para 2025, lo más seguro es que siga siendo también de 1.000 euros este año.
  • Nueva cuota mínima: a raíz de lo anterior, la cuota mínima de los autónomos colaboradores en 2025 es de 314€. Esto es resultado de aplicar el nuevo tipo de cotización del 31,4% sobre la base mínima de 1.000 euros.
  • Adiós a la tarifa plana: los autónomos colaboradores no podrán acogerse a la tarifa plana para nuevos autónomos. Sin embargo, sí podrán disfrutar de una bonificación del 50% durante los primeros 18 meses y del 25% en los 6 meses siguientes, como ocurría antes del nuevo sistema de cotización.

¿Cuánto es la cuota de autónomos colaboradores en 2025?

La cuota de autónomos colaboradores en 2025 nace del cambio en la cantidad mínima de cotización que se impuso a través del sistema de cotización por ingresos reales, con el acuerdo entre organizaciones de autónomos y Seguridad Social..

Se espera que la orden de bases de cotización para este año vuelva a fijar que ningún autónomo colaborador pueda cotizar en 2025 por una base inferior a los 1.000 euros. Esto se traduce, aplicando el tipo del 31,4%, en una cuota mensual mínima de 314€ al mes.

En cualquier caso, hay que tener en cuenta que estamos hablando de una cuota mínima, pero los autónomos colaboradores cotizan también por sus ingresos reales. Esto significa que si sus rendimientos netos aumentan, es posible que tengan que cotizar por tramos superiores, como el resto de los autónomos.

Por suerte, estos autónomos pueden seguir disfrutando de las bonificaciones establecidas específicamente para ellos, y de las que ya hemos hablado antes.

Es decir, durante los primeros 18 meses de su actividad a partir de 2025, la cuota de un autónomo colaborador puede ser de tan solo 156,5€. A partir de ese plazo, y durante los 6 meses restantes, se podría pagar tan sólo 236€ al mes.

¿Quién paga la cuota de los autónomos colaboradores?

En un principio, el autónomo colaborador tiene las mismas obligaciones a nivel de cotización que el resto de trabajadores por cuenta propia. Por lo tanto, deberían ser ellos quienes abonen sus cotizaciones a la Seguridad Social.

No obstante, al ser una figura particular, que depende del autónomo titular, se pueden domiciliar estas cotizaciones en la cuenta bancaria del autónomo titular. De hecho, en caso de impago de la cuota del colaborador, la responsabilidad subsidiaria recaerá sobre el dueño del negocio.

La parte positiva para los titulares es que pueden contar esos pagos como gastos deducibles del negocio, cuando toque declarar impuestos, cosa que reducirá su factura fiscal.

🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre cuándo y cómo se paga la cuota de autónomos te recomendamos que leas nuestro artículo específico.

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VALIDADO POR

Rubén García - Contasult

Rubén es director del departamento laboral de Contasult y especialista en RRHH. Graduado en Comercio internacional y Socio Fundador Artyco Media, S.L