En un mundo empresarial tan dinámico y que avanza a tanta velocidad, las necesidades de formación de los empleados son cada vez más acuciantes. Las empresas y las administraciones públicas son conscientes de esto, y muchas de ellas ya se han beneficiado de formación bonificada adaptada a sus necesidades y circunstancias.
Pero, ¿sabes en qué consiste exactamente la formación bonificada y cómo se contabiliza en tu empresa? A continuación, te explicamos todos los detalles.
En este artículo, aprenderás:
- ¿Qué es la formación bonificada?
- Aspectos previos a tener en cuenta
- Cuentas contables relacionadas con la contabilización de la formación bonificada
- Asientos contables de la formación bonificada
- Ejemplos de contabilización de la formación bonificada
¿Qué es la formación bonificada?
La formación bonificada es un sistema de ayudas públicas orientadas a la capacitación de empleados en España, que permite a las empresas ofrecer cursos de formación a sus trabajadores sin que suponga un coste adicional. Este sistema está gestionado por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE) y se financia mediante las cotizaciones que las empresas realizan a la Seguridad Social.
A través de este mecanismo, las empresas pueden descontar el coste de la formación de sus aportaciones a la Seguridad Social, fomentando así el desarrollo profesional y la mejora de competencias de sus empleados.
Para acceder a la formación bonificada, las empresas deben cumplir ciertos requisitos y seguir un procedimiento específico. Primero, deben identificar las necesidades formativas de sus empleados y seleccionar los cursos adecuados. Luego, deben comunicar a FUNDAE el inicio de la formación y, una vez completada, justificar los gastos incurridos. De esta manera, las empresas pueden recuperar total o parcialmente el coste de la formación, incentivando la inversión en el desarrollo continuo de sus trabajadores y mejorando su competitividad en el mercado.
Aspectos previos a tener en cuenta
La normativa en materia de formación bonificada regula la forma en la que tiene que realizarse el proceso contable en España. En concreto, y conforme al artículo 12.2 del Real Decreto 694/2017, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
Una de las principales obligaciones de las empresas beneficiarias de las ayudas a la formación es identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad todos los gastos de ejecución de las acciones formativas, así como las bonificaciones que se apliquen, bajo la denominación o epígrafe de “formación profesional para el empleo”.
Además, el artículo 18 del mismo Real Decreto establece que, a los efectos de su justificación, los costes derivados de las acciones formativas de las empresas que hayan sido objeto de bonificación deberán quedar expresamente identificados como tales en la contabilidad de la empresa.
Cuentas contables relacionadas con la contabilización de la formación bonificada
Las cuentas relacionadas con la formación bonificada son las siguientes:
- 740.2 – Bonificaciones por AAFF (Formación profesional para el empleo): esta cuenta está diseñada para registrar las bonificaciones que las empresas reciben por la formación profesional para el empleo. Como ya hemos comentado, estas bonificaciones son incentivos otorgados por el gobierno para fomentar la formación continua de los trabajadores, tal como lo establece la normativa vigente.
- 471 – Organismos de la Seguridad Social; deudores: la cuenta 471 del Plan General Contable español se utiliza para registrar los importes que los organismos de la Seguridad Social deben a la empresa. Esta cuenta refleja una situación en la cual la empresa tiene un derecho de cobro frente a dichos organismos, como puede ser las ayudas a la formación.
- 649 – Otros gastos sociales: esta cuenta está orientada a registrar aquellos gastos sociales que no se incluyen en otras cuentas más específicas. Estos gastos están relacionados con el bienestar social de los empleados, pero no encajan directamente en las cuentas de salarios, sueldos o cotizaciones a la Seguridad Social.
Asientos contables de la formación bonificada
Por la contabilización del gasto del curso, se contabilizará el siguiente asiento.
Cuenta Contable | Debe | Haber |
649. Otros gastos sociales | XXX | |
410. Centro de formación | | XXX |
Es importante tener en cuenta que, en la enseñanza está exenta del pago del IVA, de manera que no será necesario imputar el IVA soportado correspondiente, como sí ocurre con otros suministros de bienes o prestaciones de servicios.
Posteriormente, por la imputación de la bonificación del curso, tendríamos que contabilizar el siguiente asiento:
Cuenta Contable | Debe | Haber |
471. Organismos de la Seguridad Social, deudores | XXX | |
740.2 Bonificaciones por AAFF (Formación profesional para el empleo) | XXX |
En el momento de realizar el pago del curso, se contabilizará el siguiente asiento, teniendo en cuenta el total de gastos sociales a satisfacer por la empresa para el periodo en cuestión:
Cuenta Contable | Debe | Haber |
476. Organismos de la Seguridad Social, acreedores | XXX + YYY | |
471. Organismos de la Seguridad Social, deudores | | XXX |
572. Bancos | YYY |
Ejemplos de contabilización de la formación bonificada
Imaginemos una empresa que pretende impartir un curso que es susceptible de bonificación. El curso tiene un coste total de 2.000 €, de los cuales 1.800 € corresponden a la propia enseñanza y los 200 € restantes son costes de gestión que cobra la empresa, excluido el IVA.
El primer asiento, correspondiente al abono de la enseñanza, es el siguiente (exento de IVA):
Cuenta Contable | Debe | Haber |
649. Otros gastos sociales | 1.800 € | |
410. Centro de formación | | 1.800 € |
Por los gastos de gestión, se contabiliza el siguiente asiento:
Cuenta Contable | Debe | Haber |
629. Otros servicios | 200 € | |
472. Hacienda Pública. IVA Soportado | 42 € | |
410. Centro de formación | | 242 € |
Por el pago del gasto de formación junto con los gastos de gestión:
Cuenta Contable | Debe | Haber |
410. Centro de formación | 2.042 € | |
572. Bancos | | 2.042 € |
Ese mes, la empresa tiene que satisfacer las nóminas del mes en curso, junto con los gastos sociales y el IRPF correspondiente:
- Retribuciones totales: 150.000 €.
- SS a cargo de la empresa: 35.400 €
- SS a cargo de los trabajadores: 7.500€
- IRPF (20%): 30.000 €
En este caso, se contabiliza el siguiente asiento:
Cuenta Contable | Debe | Haber |
640. Sueldos y salarios | 150.000 € | |
642. Seguridad Social a cargo de la empresa | 35.400 € | |
476. Organismos de la Seguridad Social. Acreedores | | 42.900 € |
4751. HP acreedor por retenciones practicadas | 30.000 € | |
465. Remuneraciones pendientes de pago | 112.500 € |
Por el pago de estas remuneraciones, se contabiliza el siguiente asiento contable:
Cuenta Contable | Debe | Haber |
465. Remuneraciones pendientes de pago | 112.500 € | |
572. Bancos | 112.500 € |
Por la contabilización de la formación bonificada:
Cuenta contable | Debe | Haber |
471. Organismos de la Seguridad Social. Deudores | 1.800 € | |
740.2. Bonificaciones por AAFF | 1.800 € |
Por el pago de los seguros sociales para el periodo:
Cuenta contable | Debe | Haber |
476. Organismos de la Seguridad Social. Acreedores | 42.900 € | |
572. Bancos | 41.100 € | |
471. Organismos de la Seguridad Social. Deudores. | 1.800 € |