Las consecuencias de tener deudas pendientes con la Seguridad Social o Hacienda es un tema de gran importancia que muchos trabajadores por cuenta propia aún desconocen en el momento de cumplir con sus responsabilidades fiscales. Incluso en el momento de su retiro, las obligaciones impagadas pueden afectar tanto al negocio como al propio autónomo.
Es crucial comprender que las deudas acumuladas pueden resultar en sanciones, cargos adicionales e incluso el embargo de activos o cuentas bancarias. Además, tener deudas con la Seguridad Social puede limitar el acceso a beneficios y prestaciones, lo que pone en peligro la estabilidad financiera a largo plazo.
En este artículo conocerás:
- Consecuencias de tener deudas con la Seguridad Social
- Pasos para consultar las deudas con la Seguridad Social
- ¿Cómo pagar todas las deudas con la Seguridad Social?
- ¿Qué sucede si no puedo hacer frente al pago?
Consecuencias de tener deudas con la Seguridad Social
Las consecuencias de no pagar tus obligaciones con la Seguridad Social a tiempo pueden variar y recaen desde el recargo de intereses, embargos de bienes, la posibilidad de perder prestaciones o cualquier tipo de ayuda pública y hasta tu jubilación. A continuación te explicamos cada punto:
- Recargos, intereses de demora y embargo de bienes:
Primero, se te agregarán recargos adicionales a la deuda que debes. Estos recargos varían según si pagas dentro del mes siguiente al plazo establecido, si pagas fuera de plazo pero presentaste los documentos requeridos, o si no pagaste ni presentaste los documentos a tiempo.
Además de los recargos, se generarán intereses de demora sobre la deuda y los recargos acumulados, y por si fuera poco, la Seguridad Social tomará medidas legales y podrá embargar tus bienes, como dinero en efectivo, ingresos profesionales, títulos, valores o bienes inmuebles, hasta recuperar el dinero adeudado.
- No podrás acceder a ninguna prestación:
Si un autónomo tiene deudas con Hacienda o la Seguridad Social, no podrá recibir ningún tipo de ayuda económica, incluso cuando se jubile.
Incluso si el autónomo ha estado pagando regularmente durante toda su vida laboral, el no pagar una sola cuota del seguro social puede ser motivo suficiente para que se le niegue la pensión.
La ley ofrece la opción de que los autónomos que tengan deudas puedan solicitar un plan de pagos para no perder estas ayudas. Sin embargo, si no cumplen con los términos del plan, su prestación será suspendida hasta que hayan pagado todas sus deudas con la Seguridad Social.
- Perderá el derecho a recibir bonificaciones:
Una bonificación es un beneficio especial que se otorga a los autónomos, como una cuota mensual reducida durante el primer año de actividad.
Esto es importante porque si un autónomo tiene deudas, no solo perderá estas bonificaciones, sino que tampoco podrá beneficiarse de otras ventajas, como los incentivos para contratar empleados. Esto puede afectar directamente al crecimiento del negocio.
- Perderá el acceso a recibir cualquier tipo de ayuda pública:
Esto significa que no podrá beneficiarse de programas como el programa del kit digital u otras convocatorias que ofrecen subvenciones directas a los negocios diseñadas para apoyar a los autónomos en el crecimiento y desarrollo de sus negocios. Si se tienen deudas pendientes, se perderá el derecho a acceder a estas ayudas económicas.
Es importante tener en cuenta que mantenerse al día con los pagos y cumplir con las obligaciones fiscales es fundamental para poder beneficiarse de este tipo de programas y recibir el apoyo necesario para impulsar tu negocio.
Pasos para consultar las deudas con la Seguridad Social
Para evitar las consecuencias de tener deudas con la Seguridad Social, es fundamental que tengas una visión completa y actualizada de tus relaciones con la administración, por lo que deberás consultar regularmente tus pagos y cotizaciones así como las deudas y procedimientos pendientes que puedas tener.
Para poder acceder a esta consulta, debes conocer tu número de afiliación (NAF) o un código de cuenta de cotización y seguir los siguientes pasos:
Paso 1: Sede Electrónica de la Seguridad Social
En primer lugar debes acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social y en el menú “Ciudadanos” buscar la opción “Recaudación”.
Paso 2: Consulta de deudas y obtención de documento de pago
A continuación en el menú desplegable hay que seleccionar la opción ”Consulta de deudas y obtención de documento de pago”, donde para acceder se nos solicitará autenticación de identidad, algo que se puede hacer fácilmente mediante certificado digital o cl@ve Pin, o mediante SMS introduciendo nuestro DNI.
Al acceder nos ofrecerá tres opciones para consultar nuestras deudas:
- Opción 1: donde se puede consultar las deudas introduciendo la identificación del trabajador y los períodos desde y hasta el mes o el año que se especifiquen.
- Opción 2: donde la búsqueda se puede efectuar por número de referencia y expediente.
- Opción 3: donde se pueden buscar los ingresos fuera de plazo de meses concretos con el 10% de recargo.
Además, identificando la deuda mediante cualquiera de estas tres opciones, se pueden obtener a su vez los documentos de pago necesarios para saldar las deudas pendientes con la Seguridad Social.
Esta opción de pago aplica para diferentes situaciones, como reclamaciones de deuda, providencia y expediente de apremio, o fraccionamiento del reintegro de prestaciones indebidas.
Es importante tener en cuenta que el importe de la deuda del mes en curso solo se refleja después del día 26, antes de esa fecha verás las liquidaciones del mes anterior.
¿Cómo pagar todas las deudas con la Seguridad Social?
Tienes la opción de pagar tu deuda con la Seguridad Social en cualquier momento antes de que se tomen medidas más drásticas, como embargar tus bienes. Sin embargo, es importante tener en cuenta que a medida que pasa el tiempo, la deuda aumentará debido a los recargos e intereses que se acumulan. Por lo tanto, es recomendable actuar rápidamente para evitar que la deuda siga creciendo y tomar medidas para saldarla lo antes posible.
Como has podido ver, en la misma Sede Electrónica de la Seguridad Social puedes obtener los documentos de pago necesarios para identificar tus deudas y abonarlas ya sea presencialmente o digitalmente mediante tarjeta de crédito.
¿Qué sucede si no puedo hacer frente al pago?
El impago de cuotas de autónomo o cualquier otra obligación con la Seguridad Social conlleva consecuencias drásticas, la Tesorería General de la Seguridad Social iniciará la recaudación por la vía ejecutiva, lo que implica la imposición de recargos e intereses de demora. Los recargos varían según el tiempo de pago, desde un 10% si se abona en el mes siguiente al plazo, hasta un 35% si no se ha pagado ni presentado la documentación en mucho tiempo. Además, se generarán intereses de demora sobre la deuda y los recargos.
En caso de no abonar la cantidad adeudada en un plazo de quince días, se llevará a cabo la providencia de apremio, donde la Administración notificará el embargo de bienes para cubrir la deuda, los recargos e intereses. La Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social será responsable de gestionar el embargo de diferentes tipos de bienes, incluyendo dinero en efectivo, ingresos por actividades profesionales, bienes inmuebles, títulos y valores, entre otros.
Si la deuda no se paga o prescribe, se procederá a la enajenación de los bienes embargados mediante subasta, concurso o adjudicación directa. Es importante cumplir con las obligaciones ante la Seguridad Social para evitar estas consecuencias y proteger el patrimonio empresarial.