Para rellenar correctamente el modelo 190, debes revisar las claves y subclaves de este modelo y en este artículo te las enseñamos todas. Recuerda que esta declaración es el resumen anual del modelo 111 que se presenta de forma trimestral.
¿Rellenar el modelo 190 automáticamente?
📹 Vídeo explicativo: En el siguiente vídeo explicamos cómo con el software de Quipu puedes rellenar automáticamente el modelo 190.
Prueba gratuita de 15 días. Sin permanencia. Sin introducir tu tarjeta.
Claves y subclaves del modelo 190
La clave del modelo 190 especifica el tipo de percepción a la que hace referencia. Para algunas claves también existen otras subclaves vinculadas.
A continuación listamos las distintas claves del modelo 190 y sus subclaves en caso de que las haya (solo para las claves B, F, G, H, I, K, L).
- Clave A – modelo 190: rendimientos del trabajo por cuenta ajena (nóminas).
- Clave B – modelo 190: pensiones y otras prestaciones (previstas en el Articulo 17.2.a de la Ley del Impuesto).
- Subclave 01: prestaciones de la Seguridad Social y percepciones abonadas directamente al trabajador por los regímenes públicos o mutuas de accidentes.
- Subclave 02: prestaciones según el artículo 89.A del Reglamento del Impuesto
- Subclave 03: otros.
- Clave C – modelo 190. Prestaciones o subsidios por desempleo.
- Clave D – modelo 190. Capitalización del paro (pago único).
- Clave E – modelo 190. Retribuciones a consejeros y administradores.
- Subclave 01: cuando el consejero o administrador esté incluido en el régimen general de la Seguridad Social como trabajador «asimilado» a trabajadores por cuenta ajena, y los rendimientos percibidos no deban reflejarse en la subclave 02.
- Subclave 02: cuando el consejero o administrador esté incluido en el régimen general de la Seguridad Social como trabajador «asimilado» a trabajadores por cuenta ajena, y los rendimientos procedan de entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios del último período impositivo finalizado con anterioridad al pago de los rendimientos sea inferior a 100.000 euros.
- Subclave 03: cuando el consejero o administrador esté incluido en el régimen especial de la Seguridad Social de trabajadores autónomos, y los rendimientos procedan de entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios del último período impositivo finalizado con anterioridad al pago de los rendimientos sea inferior a 100.000 euros.
- Subclave 04: se consignará esta subclave en todas las percepciones de la clave E distintas de las que deban relacionarse bajo las subclaves 01, 02 y 03.
- Clave F – modelo 190: retribuciones por realizar conferencias, seminarios, cursos y elaboración de obras científicas o literarias.
- Subclave 01: si se trata de percepciones procedentes de premios literarios, científicos o artísticos no exentos del Impuesto a que se refiere el artículo 12.1, letra g), del reglamento del Impuesto.
- Subclave 02: si se trata de rendimientos del trabajo derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios y similares.
- Subclave 03: para rendimientos del trabajo derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas a los que resulte aplicable el tipo de retención establecido con carácter general en el artículo 101.3 de la Ley del Impuesto.
- Subclave 04: para rendimientos del trabajo derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas a los que resulte aplicable el tipo de retención reducido establecido en el artículo 101.3 de la Ley del Impuesto.
- Subclave 05: para rendimientos derivados de la propiedad intelectual, cuando tengan la consideración de rendimientos del trabajo, a los que sea aplicable el tipo general establecido en el artículo 101.9 de la ley del Impuesto.
- Subclave 06: para rendimientos derivados de la propiedad intelectual, cuando tengan la consideración de rendimientos del trabajo, a los que sea aplicable el tipo de retención reducido establecido en el artículo 101.9 de la Ley del Impuesto.
- Subclave 07: para anticipos a cuenta derivados de la cesión de la explotación de los derechos de autor, cuando tales anticipos tengan la consideración de rendimientos del trabajo, que se vayan a devengar a lo largo de varios años.
- Clave G – modelo 190: rendimientos por actividades profesionales (el caso más común).
- Subclave 01: cuando se trate de percepciones a las que resulte aplicable el tipo de retención establecido con carácter general en el artículo 95.1 del reglamento del impuesto.
- Subclave 02: retribución de juegos y concursos.
- Subclave 03: cuando se trate de percepciones a la que resulte aplicable el tipo de retención reducido establecido en el artículo 95.1 del reglamento del impuesto para los rendimientos satisfechos a contribuyentes que inicien el ejercicio de actividades profesionales.
- Subclave 04: cuando se trate de percepciones a las que resulte aplicable el tipo de retención específico establecido en la letra d) del artículo 95.1 del reglamento del impuesto.
- Subclave: 05: para rendimientos derivados de la propiedad intelectual, a los que resulte aplicable el tipo general de retención previsto en el artículo 101.9 de la Ley del Impuesto.
- Subclave 06: para rendimiento derivados de la propiedad intelectual, a los que resulte aplicable el tipo de retención reducido previsto en el artículo 101.9 de la ley del Impuesto.
- Subclave 07: para anticipos a cuenta derivados de la cesión de la explotación de derechos de autor, cuando tales anticipos tengan la consideración de rendimientos de actividades profesionales, que se vayan a devengar a lo largo de varios años.
- Subclave 08: para rendimientos derivados de la cesión del derecho a la explotación de la imagen.
- Clave H – modelo 190: rendimientos de actividades profesionales agrícolas, ganaderas y forestales en régimen de estimación objetiva.
- Subclave 01: tipo de retención reducida del artículo 95.4.2 del Reglamento del Impuesto.
- Subclave 02: tipo de retención reducida del artículo 95.4.1 del Reglamento del Impuesto.
- Subclave 03: tipo de retención reducida del artículo 95.5 del Reglamento del Impuesto.
- Subclave 04: tipo de retención reducida del artículo 95.6.2. del Reglamento del Impuesto.
- Clave I – modelo 190: rendimientos de las siguientes actividades económicas: explotación de la propiedad intelectual, derechos de imagen, asistencia técnica, arrendamiento de bienes muebles, minas entre otras.
- Subclave 01: cesión derechos de imagen.
- Subclave 02: resto de casos.
🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre qué es el modelo 190 0 sobre cómo rellenar el modelo 190 te recomendamos que leas nuestros artículos específicos.
- Clave J – modelo 190: cesión de derecho de imagen para proveedores de fuera de España.
- Clave K – modelo 190: ganancias patrimoniales de los aprovechamientos en montes públicos.
- Subclave 01: premios que implican un desembolso económico o pérdida patrimonial para su participación.
- Subclave 02: resto de casos.
- Subclave 03: resto de premios que no impliquen un desembolso económico por su participación.
- Clave L – modelo 190: rentas exentas y dietas exceptuadas de gravamen.
- Subclave 01: gastos de viajes.
- Subclave 02: víctima de terrorismo.
- Subclave 03: enfermo de SIDA.
- Subclave 04: lesiones de la Guerra Civil Española.
- Subclave 05: por despido.
- Subclave 06: invalidez permanente.
- Subclave 07: incapacidad.
- Subclave 08: otras pensiones.
- Subclave 09: ayudas a la dependencia a no familiares.
- Subclave 10: ciertas becas.
- Subclave 11: premios.
- Subclave 12: becas deportivas.
- Subclave 13: ciertas prestaciones del paro.
- Subclave 14: misiones de paz.
- Subclave 15: ciertos trabajos al estrangero.
- Subclave 16: gastos por entierro o sepultura.
- Subclave 17: enfermos de Hepatitis C.
- Subclave 18: ciertas discapacidades.
- Subclave 19: ayudas a la dependencia a familiares.
- Subclave 20: prestaciones por adopción.
- Subclave 21: rendimientos del trabajo del titular de un patrimonio protegido.
- Subclave 22: prestaciones económicas que la Comunidades Autonómicas establece como renta mínima de inserción.
- Subclave 23: para informar las ayudas asignadas a ciertas víctimas de delitos violentos.
- Subclave 24: se consignaran ciertas rentas en especie exentas de retención y procedentes del rendimiento del trabajo.
- Subclave 25: se consignarán los valores de la antigua “21”, valores de rentas exentas que no se pueden incluir en ninguna de las anteriores 24 subclaves. Es decir, otros.
- Subclave 26: se consignarán otros rendimientos del trabajo en especie exentos.
- Subclave 27: prestaciones públicas por maternidad o paternidad exentas del IRPF.
- Subclave 28: otras rentas exentas no incluidas en ninguna de las otras subclaves.