Las contingencias comunes son el elemento con más peso en la base de cotización de todos los trabajadores, tanto autónomos como empleados. Más de un 70% de los pagos que hacen los trabajadores y las empresas a la Seguridad Social son por este motivo.
Este concepto sirve para financiar prácticamente todas las prestaciones, pensiones y permisos de los autónomos y trabajadores, así como su derecho a atención médica. De hecho, la mayoría de prestaciones se calculan sobre la base de cotización de contingencias comunes.
En este artículo aprenderás:
- ¿Qué son las contingencias comunes?
- ¿Para qué sirve la base de cotización por contingencias comunes?
- ¿Cuánto se paga de cotización por contingencias comunes?
¿Qué son las contingencias comunes?
Las contingencias comunes son un concepto por el que están obligados a cotizar tanto los trabajadores como los autónomos y empresas.
En el caso de los trabajadores por cuenta propia, su obligación es doble ya que deben cotizar por sus propias contingencias y también, como empresarios, por las de sus empleados.
En sentido estricto, se entiende por «contingencia común» aquella situación en la que un trabajador, ya sea un autónomo o un empleado, no puede desarrollar su trabajo a causa de un accidente o enfermedad no laboral y recibe asistencia sanitaria por parte del Sistema Público de Salud.
El ejemplo más claro de una contingencia común sería la Incapacidad Temporal de un autónomo o de un asalariado que le da derecho a ausentarse de su puesto de trabajo o negocio, y por la que puede cobrar la baja. Es decir, cuando el trabajador sufre una enfermedad o accidente fuera del entorno laboral, como una gripe que le impide desarrollar su actividad.
¿Para qué sirve la base de cotización por contingencias comunes?
La base de cotización por contingencias comunes sirve para financiar muchas otras cosas además de los accidentes o enfermedades ocasionales, como pueden ser las pensiones de viudedad o la incapacidad permanente.
De hecho, todas ellas se calculan sobre la base de cotización por contingencias comunes. Cuanto más haya aportado el trabajador a este concepto, mayores serán sus prestaciones.
Cuando un autónomo o un empleado aporta sus cotizaciones por contingencias comunes está financiando distintos conceptos. Muchos de ellos son prestaciones que podría cobrar un día el mismo trabajador o incluso sus familiares.
Con la base de cotización por contingencias comunes se financian algunas cuestiones como:
- Baja médica (lo que se conoce como incapacidad temporal)
- Incapacidad permanente derivada de una enfermedad común o de un accidente no laboral
- Riesgo en el embarazo
- Maternidad
- Paternidad
- Asistencia sanitaria y prestaciones farmacéuticas
- Viudedad, orfandad y otras prestaciones por muerte y supervivencia que estén causadas por una muerte por enfermedad común o por un accidente no laboral, entre otras.
¿Cuánto se paga de cotización por contingencias comunes?
La cotización por contingencias comunes es la parte de la base que tiene asignados unos tipos más elevados. Los tipos de cotización son el porcentaje que se aplica al salario bruto o los ingresos del autónomo y que dan como resultado las cuotas que deben pagar los autónomos, empresas o trabajadores a la Seguridad Social.
Más de un 70% del importe de las cuotas que pagan los autónomos, empresas y trabajadores a la Seguridad Social van destinados a las contingencias comunes. Ahora bien, la cotización por contingencias comunes no funciona igual para los autónomos que para los asalariados.
Cotización por contingencias comunes de los autónomos
Según la orden de bases de cotización para 2025, el tipo de cotización aplicable a las bases de los autónomos es de 31,4%. De ese tipo aplicable, un 28,3% corresponde a la cotización por contingencias comunes.
Los autónomos, a diferencia de los asalariados, deben hacerse cargo de la totalidad de sus cotizaciones. Los tipos aplicables a la base de cotización dan como resultado la cuota a pagar todos los meses a la Seguridad Social.
Por lo tanto, un autónomo que tenga una base de cotización de 1.000 euros al mes deberá pagar 314 euros de cuota (un 31,4%) de los cuales 283 corresponderían a las contingencias comunes.
Cotización por contingencias comunes de los trabajadores
Aunque los autónomos se encargan de la totalidad de sus cotizaciones, estos pagos son distintos en el caso de los trabajadores, ya que su cotización se comparte entre ellos y la empresa.
En el caso de los asalariados, la cotización por contingencias comunes se divide entre un 4.70% para el trabajador y un 23.60% para la empresa. Ambos se aplican sobre el salario bruto del trabajador.
De este modo, si un empleado tiene un salario bruto de 1.000 euros, la empresa deberá abonar en concepto de cotización por contingencias comunes un total de 236 euros y el trabajador deberá pagar de su salario 47 euros.
¿Cuánto se percibe de baja por contingencias comunes?
La prestación económica por Incapacidad Temporal o “la «baja» derivada de contingencias comunes (enfermedad común o accidente no laboral) se calcula sobre la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior a la baja.
Para los trabajadores por cuenta ajena (asalariados) y los trabajadores por cuenta propia (autónomos), la cuantía de la prestación es:
- Días 1 al 3 de la baja: No se percibe prestación (periodo de carencia).
- Días 4 al 20 de la baja (ambos inclusive): Se percibe el 60% de la base reguladora.
- En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, algunos convenios colectivos o acuerdos de empresa pueden establecer que la empresa complete este porcentaje hasta el 100%.
- A partir del día 21 de la baja: Se percibe el 75% de la base reguladora.
La base reguladora se calcula dividiendo la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior a la baja entre el número de días a que se refiere dicha cotización (30 si es base mensual, o el número de días que cotizó si no cotizó el mes completo).
Importante: La gestión y el pago de esta prestación varía:
Trabajadores autónomos: El pago es asumido directamente por el INSS o la mutua colaboradora, sin pago por parte del propio autónomo. En el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), la prestación se percibe a partir del día 4 de la baja, si bien debe haberse optado por cotizar por esta cobertura.
Trabajadores por cuenta ajena: Los primeros 15 días son a cargo de la empresa (pago delegado) y a partir del día 16, el pago corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o a la mutua colaboradora.