El próximo 3 de abril arrancará la campaña de la RENTA y, por primera vez, todos los autónomos sin excepción van a tener que declarar este impuesto.
Como cada año, la Agencia Tributaria pondrá a disposición de los contribuyentes varios canales para ayudarles a realizar la RENTA. Los más famosos son la asistencia telefónica, mediante el Plan Le llamamos, y la asistencia presencial.
Sin embargo, no todos los autónomos pueden beneficiarse de estos servicios de asistencia que presta la Agencia Tributaria. Este 2024 sólo algunos trabajadores por cuenta propia podrán realizar su declaración con la ayuda de un técnico en las oficinas de Hacienda o a través de una llamada.
En este artículo aprenderás:
- ¿Qué es la asistencia telefónica o presencial en la RENTA?
- ¿Qué autónomos pueden hacer la RENTA presencial o por teléfono en 2024?
- Fechas para realizar la declaración de la RENTA con asistencia
- ¿Cómo pedir cita para realizar la RENTA presencial o por teléfono?
¿Qué es la asistencia telefónica o presencial en la RENTA?
La campaña de presentación de la RENTA es un periodo de tres meses, entre abril y junio, en el que la mayoría de los españoles, ya sean autónomos, asalariados o pensionistas, tienen que declarar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a través del modelo 100.
Esta declaración consta de decenas de páginas donde el contribuyente deberá precisar su situación personal, las deducciones a las que tiene derecho o el tipo de ingresos que ha percibido. Para facilitar esta tarea, la Agencia Tributaria ofrece cada año distintos canales de asistencia para ayudar a los contribuyentes a elaborar su declaración de la RENTA.
Por un lado, se ofrecen servicios de información online como puede ser el Informador de la RENTA o el simulador de IRPF. Ambas herramientas están abiertas y disponibles para cualquier contribuyente que desee consultar alguna duda sobre este modelo fiscal o incluso que quiera adelantar el resultado de su declaración.
Por otro lado, la Agencia Tributaria ofrece servicios de ayuda más personalizada, como puede ser la asistencia telefónica o presencial para elaborar la declaración de la RENTA.
- La asistencia telefónica se realiza a través del Plan Le Llamamos, donde un técnico realizará una llamada concertada al contribuyente en el horario que haya elegido para realizar con él su declaración de IRPF paso a paso.
- La asistencia presencial es un servicio todavía más personalizado, donde un técnico atenderá directamente al contribuyente en las oficinas de la Agencia Tributaria para elabora con él su declaración de la RENTA.
Ambas modalidades se tienen que solicitar con cita previa y, como se verá más adelante, están limitadas a determinados tipos de contribuyente. De hecho, muchos autónomos no podrán acceder en 2024 a los servicios de asistencia telefónica o presencial de la Agencia Tributaria.
¿Qué autónomos pueden hacer la RENTA presencial o por teléfono en 2024?
La asistencia telefónica o presencial en la RENTA son canales en los que un técnico ayuda a las personas interesadas a elaborar toda su declaración de IRPF. Para ello, hace falta que el contribuyente tenga a mano sus datos personales y fiscales.
Cada año, alrededor de dos millones de declaraciones se hacen con asistencia telefónica o de manera presencial en las oficinas. Esto supone que entorno a un 8% de los contribuyentes presentan la RENTA con la ayuda de un técnico.
En el caso de los autónomos el porcentaje es menor ya que muchos de ellos quedan excluidos de estos servicios. Los canales de asistencia sólo están destinados a autónomos en módulos puesto que en estimación directa, al tener normalmente más facturas de ingresos y gastos realizados el año anterior, la tarea sería muchas veces inviable para los técnicos.
Por ello, cada año, se establecen algunos requisitos para que los contribuyentes puedan acceder a los servicios de ayuda telefónica o presencial en la RENTA.
Requisitos para hacer la RENTA con asistencia
En 2024, sólo pueden elaborar la RENTA por teléfono o en las oficinas las siguientes personas:
- Autónomos con actividades económicas en estimación objetiva (módulos)
- Personas (asalariados o autónomos) que no tengan rentas del trabajo superiores a 65.000 euros o rentas del capital mobiliario superiores a 15.000 €.
- Personas que no hayan adquirido más de dos transmisiones de bienes (sin contar herencia o donación)
- Personas que no hayan alquilado más de dos inmuebles o tengan en vigor más de dos contratos de alquiler.
Por lo tanto, y en base a estos requisitos, los autónomos en estimación directa -normal o simplificada-, que son la mayoría del colectivo, no pueden realizar su declaración de la RENTA de manera telefónica o presencial. En estos casos, si necesitan ayuda, tendrán que recurrir a su gestor o a los demás servicios de asistencia de la Agencia Tributaria -herramientas online y números de atención para dudas concretas-.
Fechas para realizar la declaración de la RENTA con asistencia
Este año, la campaña de la RENTA empezará el 3 de abril y se extenderá hasta el primer día de julio. En cualquier momento de ese periodo, todos los autónomos y demás contribuyentes obligados a declarar el IRPF tendrán que haber presentado su declaración de IRPF.
Sin embargo, y aunque el periodo de presentación de la RENTA de manera online dura casi tres meses, los plazos para solicitar y realizar la RENTA con asistencia telefónica o presencial son más cortos.
Según el calendario de la Agencia Tributaria, las fechas para realizar la declaración por las distintas vías disponibles en 2024 son:
- Entre el 3 de abril y el 1 de julio de 2024: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2023.
- Entre el 7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración de Renta 2023 por teléfono. En este caso, los autónomos que lo deseen y cumplan los requisitos deberán haber solicitado cita previa entre el 29 de abril y el 28 de junio.
- 3 de junio hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración de Renta presencialmente en la oficinas. Se tendrá que haber solicitado cita entre el 29 de mayo hasta el 28 de junio.
¿Cómo pedir cita para realizar la RENTA presencial o por teléfono?
La asistencia telefónica o presencial para elaborar la declaración de la RENTA son servicios a los que sólo pueden acceder los contribuyentes que cumplan los requisitos que marca la Ley -en el caso de los autónomos, estar en módulos- y habiendo solicitado antes una cita previa.
Cada uno de los dos canales de asistencia -telefónica o presencial- tiene distintas fechas y procedimientos para solicitar la cita previa.
Cómo solicitar la RENTA telefónica
Los autónomos que cumplan los requisitos para acceder al Plan Le llamamos podrán solicitar cita previa para recibir la llamada de un técnico de la Agencia Tributaria desde el 29 de abril hasta el 28 de junio.
Los canales para solicitar cita previa para asistencia telefónica son los siguientes:
- Internet con NIF/NIE o con Cl@ve, referencia, DNI electrónico o certificado electrónico.
- Mediante la Aplicación “Agencia Tributaria”
- A través del teléfono automático 91 535 73 26 o 901 12 12 24.
- A través del teléfono específico de cita para Renta con atención personal 91 553 00 71 o 901 22 33 44. De lunes a viernes, de 9 a 19 horas.
Una vez concertada la cita para confeccionar por teléfono la declaración de Renta, los técnicos de la Agencia Tributaria llamarán al contribuyente en la fecha y hora acordadas desde el teléfono 810520052 al número de teléfono que se haya facilitado (o desde el 917276222 si se ha facilitado un número de teléfono extranjero).
En el momento de la llamada, deberá estar allí la persona o personas titulares (la llamada será grabada). Para poder identificarse, si el autónomo está dado de alta en Cl@ve PIN, deberá tener a mano el móvil que comunicó al registrarse. En otro caso, deberá obtener el número de referencia por Internet.
Además, dependiendo de su situación personal y fiscal, deberá tener preparada la documentación para la cita de la RENTA que se puede consultar en este enlace.
Cómo solicitar la RENTA presencial
Por otro lado, para elaborar la RENTA con asistencia presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, habrá que solicitar cita entre el 29 de mayo y el 28 de junio por las mismas vías que en la asistencia telefónica, excepto el teléfono automático.
En el caso de la cita presencial, la acreditación y los documentos necesarios para elaborar la RENTA se deberán llevar en persona el día acordado para la asistencia en las oficinas.
Los documentos necesarios para la asistencia en la elaboración de la RENTA en oficinas se puede consultar en este enlace.