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Plazos del Kit Consulting: ¿cuáles son?

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El plazo para solicitar el Kit Consulting está activo y las pequeñas y medianas empresas que quieran acogerse a estas nuevas ayudas para la digitalización ya pueden solicitar un cheque de hasta 24.000 euros para recibir asesoramiento.

Sin embargo, deberán cumplir con algunos plazos, no sólo a la hora de solicitar las ayudas, sino también al consumir el cheque o justificar que se han prestado correctamente los servicios.

Si eres una pyme y quieres acceder a nuevas ayudas para recibir asesoramiento pero todavía no sabes hasta cuándo puedes solicitar el Kit Consulting o cuáles son los plazos para consumir el bono, sigue leyendo.

En este artículo aprenderás:

¿Qué es el Kit Consulting?

Kit Consulting es el nombre de la nueva ayuda que, tras el éxito del lanzamiento de Kit Digital, ha puesto en marcha Red.es. Esta segunda línea de subvenciones tiene un funcionamiento muy similar a la anterior. Gracias a ella, las empresas pueden recibir de 12.000 a 24.000 euros, en función de su tamaño, para contratar servicios de asesoría digital.

Al igual que el Kit Digital, la nueva ayuda está financiada con fondos europeos del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia y está gestionada por Red.es. Las bases del programa están publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE), a través de la Orden TDF/436/2024.

Las empresas beneficiarias de la ayuda cobrarán un bono con el que pueden contratar los servicios de empresas de consultoría que les ayuden en su progreso a nivel digital.

Esta consultoría va dirigida a la formación y uso aplicado de la Inteligencia Artificial, a la elaboración de un plan de análisis de datos adaptado al negocio, a implementar sistemas de ciberseguridad, o a mejorar las ventas digitales, entre otros.

🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre cuáles son las categorías de Kit Consulting te recomendamos que leas nuestro artículo específico.

Requisitos para solicitar el Kit Consulting

A diferencia del Kit Digital, donde no se diferenciaba entre empresas y autónomos, el Programa Kit Consulting va dirigido tan sólo a las pequeñas y medianas empresas. Es decir, solamente pueden ser beneficiarias las sociedades jurídicas y no las personas físicas.

Además, las pymes deberán cumplir una serie de requisitos añadidos para ser beneficiarias. Algunas de estas condiciones son:

  • Tener la consideración de pequeña o mediana empresa. Es decir, ni autónomos persona física, ni microempresas de menos de 10 trabajadores, ni grandes empresas de más 250 trabajadores pueden acogerse a esta medida. Tampoco pueden hacerlo cooperativas o sociedades no mercantiles.
  • Estar dada de alta e inscrita en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Tributaria.
  • Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.
  • Tener el domicilio fiscal en España y operar dentro del territorio español.
  • No estar consideradas como empresa en crisis.

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Plazo de solicitud del Kit Consulting

Una vez que el empresario compruebe que cumple los anteriores requisitos, llega el momento de seguir los para realizar la solicitud de la ayuda, sin perder de vista los plazos.

A día de hoy el plazo de solicitud para acceder al programa Kit consulting está abierto y se espera que permanezca así, por lo menos, durante todo este año.

Desde el pasado 18 de junio, todas las pequeñas y medianas empresas que cumplan los requisitos de la convocatoria ya pueden completar el formulario y solicitar estas ayudas para asesoramiento digital. Además, se admitirá el envió de formularios hasta el próximo 31 de diciembre de 2024 a las 11:00 horas.

El proceso de solicitud puede llevarse a cabo a través de la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es) o a través de un formulario automatizado accesible desde la plataforma Acelera Pyme (https://www.acelerapyme.gob.es/).

Plazos para consumir el bono de Kit Consulting

El plazo de solicitud es uno de los más importantes que deben contemplar los autónomos o empresas de cara a las ayudas de Kit Consulting, pero no el único.

Según la convocatoria, una vez hecha la solicitud se notificará la concesión del bono digital. Desde el momento en el que Red.es confirma que la ayuda ha sido concedida, empieza a correr el plazo para contratar los servicios de uno de los agentes digitalizadores que prestarán el servicio de consultoría.

El plazo máximo para cerrar el acuerdo de prestación de estos servicios de asesoramiento será de tres meses. Es decir, si se hace la solicitud de la ayuda en julio y se notifica el día 20 de este mismo mes, el 20 de octubre sería el último mes para poder firmar el acuerdo con el agente digitalizador.

Éste sería el plazo para firmar el primer acuerdo de asesoramiento. Sin embargo, para el resto de acuerdos se contará con más tiempo.

Según dice textualmente la convocatoria, “para el segundo acuerdo y siguientes no aplica este plazo, pero la fecha máxima para la presentación de los acuerdos finalizará el 31 de mayo de 2025 a las 23:59 horas”. 

En resumen, en el momento en el que Red.es notifique al autónomo o a la empresa que se le ha concedido el bono, empezará la cuenta atrás y tendrá tres meses para:

  • Decidir el servicio o los servicios de asesoría que quiere implantar en su negocio
  • Acudir al catálogo de agentes digitalizadores y seleccionar a la empresa que desea para asesorarle
  • Firmar el primer Acuerdo de Prestación de Servicios con su agente digitalizador.

Es importante cumplir con estos plazos ya que, una vez transcurridos esos tres meses, si no se ha firmado el primer acuerdo, podría perderse el importe de la ayuda.

Plazos de prestación de servicios para el agente digitalizador

Tras haber elegido a tiempo al agente digitalizador que le va a prestar el servicio de asesoramiento,  la empresa todavía tendrá que cumplir con otros plazos. De hecho, la firma del acuerdo de prestación de servicios no es más que el principio de todo el proceso.

Como ya hemos avanzado, no sólo hay tiempos concretos para la empresa solicitante, sino que la empresa que prestará los servicios de formación y asesoramiento digital también tendrá que ajustarse a unos determinados tiempos.

Una vez firmado y validado el acuerdo entre ambas partes, el agente digitalizador que vaya a prestar sus servicios de asesoramiento a la pyme contará con tres meses, desde la fecha de validación del contrato, para prestar el servicio.

Es decir, si el acuerdo se ha presentado el 21 de octubre tendrá de tiempo hasta el 21 de enero para prestar el servicio de asesoramiento a la entidad beneficiaria.

Plazos para justificar el servicio de asesoramiento

Por otro lado, al igual que ocurría en el Kit Digital, la empresa digitalizadora también tendrá que justificar que realmente ha prestado el servicio de asesoramiento a la pyme. De igual modo, la pequeña empresa tendrá que firmar una serie de documentos que certifiquen que realmente ha recibido el asesoramiento.

El servicio se dará por finalizado cuando el agente digitalizador haya emitido la factura, tras la prestación de la consultoría.

Una vez finalizado el servicio, el agente digitalizador tendrá un plazo máximo de cinco meses para aportar toda la documentación y las firmas que acrediten que realmente ha prestado el servicio.

Además, la justificación se tendrá que presentar a través del formulario que podrá encontrarse en la Sede Electrónica de Red.es. Este documento estará disponible a partir del próximo 22 de septiembre de 2024. En esta plantilla se indicarán todos los requisitos del proceso y las evidencias que se deben adjuntar.


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VALIDADO POR

Roger Dobaño - CEO Quipu

Roger es CEO y Fundador de Quipu, un software en la nube que lleva +10 años ayudando a autónomos, pymes y asesorías a digitalizar su operativa precontable. A raíz de una mala experiencia como autónomo, Roger se propuso crear un programa que acompañara a los empresarios a lidiar con la administración.