El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) grava la obtención de rentas, cualquiera que sea su origen, por parte de quienes tienen residencia fiscal en España. Al margen de la declaración anual de la renta, si eres autónomo, además debes presentar la declaración trimestral del IRPF.
Esta es una de las principales obligaciones que tienen con respecto a Hacienda los trabajadores por cuenta propia, de ahí la importancia de saber bien de qué se trata.
En este artículo aprenderás:
- ¿Qué es la declaración trimestral de IRPF?
- ¿Quién tiene que presentar la declaración trimestral de IRPF?
- Plazos para la presentación trimestral de IRPF
- ¿Qué modelos hay que presentar?
- ¿Tengo que presentar el modelo 130 si aplico IRPF en mis facturas?
- ¿Cómo hacer la declaración trimestral de IRPF?
- Sanciones por no presentar la declaración trimestral de IRPF
¿Qué es la declaración trimestral de IRPF?
Una declaración tributaria es un documento que se presenta ante la Agencia Tributaria con diferentes finalidades, según de qué tipo de trate. Algunas tienen un carácter meramente informativo, mientras que otras realizan el cálculo y determinan la cuantía que el contribuyente debe ingresar en Hacienda, o la devolución de tributos que ha de recibir por parte de la misma.
En el caso de la declaración trimestral de IRPF, se trata de un modelo fiscal en el que se especifican cuáles son las ganancias que se han obtenido con la actividad económica, los gastos deducibles que se han afrontado, y las retenciones e ingresos a cuenta soportados (si los hubiera). A través de ella se determina la cantidad que debe pagarse como ingreso a cuenta del IRPF que se liquida anualmente. Dicho de una manera más sencilla, a través de las declaraciones trimestrales, el trabajador por cuenta propia va abonándole a Hacienda lo que le corresponde pagar por su impuesto sobre la Renta.
¿Quién tiene que presentar la declaración trimestral de IRPF?
Esta es una obligación tributaria que recae sobre las personas físicas que tengan la condición de contribuyentes del IRPF, si están en alguna de las siguientes circunstancias:
- Ejercer una actividad económica (incluidas las ganaderas, agrícolas, forestales y pesqueras) por cuenta propia.
- Realizar una actividad profesional: salvo que un mínimo del 70% de los ingresos de esa actividad hayan tenido una retención o ingreso a cuenta. Solo en este caso no será obligatorio presentar el modelo 130.
- Miembros de sociedades civiles y comunidades de bienes: para declarar los rendimientos obtenidos a través de estas entidades, puesto que las mismas no tienen la condición de contribuyentes a efectos del IRPF.
Plazos para la presentación trimestral de IRPF
El modelo se presenta cada tres meses, y da lugar a la obligación de ingresar en Hacienda el 20% de los beneficios generados por la actividad económica desde el primer día del trimestre y hasta el último. Por ejemplo, entre el 1 de Enero y el 31 de Marzo si estamos hablando del primer trimestre del año.
Tanto si hay que presentar el modelo 130 como si hay que presentar el 131 (luego veremos las diferencias), los plazos a tener en cuenta son los mismos:
- 1 de Enero a 20 o 30 de Enero: presentación de los impuestos del cuarto trimestre del año fiscal anterior.
- 1 al 20 de Abril: IRPF del primer trimestre del año.
- 1 al 20 de Julio: declaración trimestral de IRPF del segundo trimestre.
- 1 al 20 de Octubre: declaración de impuestos del tercer trimestre.
Si el último día del plazo de presentación fuera inhábil, el mismo se extiende hasta el día hábil inmediatamente siguiente. Por ejemplo, si el último día para presentar el modelo trimestral de IRPF es el 20 de Abril y ese día es Domingo, la presentación realizada el lunes 21 de Abril se consideraría válida y realizada dentro del plazo, no estaríamos ante una declaración extemporánea.
¿Qué modelos hay que presentar?
Existen básicamente dos modelos, el modelo 130 y el modelo 131. Como hemos señalado antes, las fechas de presentación son las mismas, la diferencia radica en quién está obligado a usar cada modelo.
El modelo 130 es para autónomos que están en estimación directa normal o en estimación directa simplificada, mientras que el modelo 131 lo emplean los trabajadores por cuenta propia que se han acogido al sistema de módulos.
El resultado del modelo 130 suele ser a pagar, pero también podría ser que el autónomo no tuviera que abonar nada. Esto sucede si está en pérdidas, o si las retenciones y pagos a cuenta que ya ha realizado superan el 20% de sus beneficios. Pero incluso si el resultado es negativo, la presentación continúa siendo obligatoria. En el caso del modelo 131, el resultado siempre va a ser a ingresar.
Junto a estos modelos, hay otros dos a tener en cuenta. El modelo 111 lo presentan los empleadores para ingresar en Hacienda el IRPF que han detraído de la nómina de sus trabajadores. También lo usan los autónomos y empresarios para ingresar la retención que se ha practicado en las facturas recibidas de otros autónomos.
Así, si un autónomo emite una factura por sus servicios a una empresa, en la misma debe aplicar la retención del IRPF. Dicha empresa, a través del modelo 111, ingresará en Hacienda (a cuenta del IRPF del prestador del servicio) esa cantidad que ha retenido.
El modelo 115 funciona exactamente igual, pero se refiere únicamente a las retenciones por arrendamiento de inmuebles. Si un autónomo alquila un local para ejercer su actividad, retiene un 19% de la renta que ha pactado con el inquilino y, a través de este modelo, ingresa esa cantidad en Hacienda.
¿Tengo que presentar el modelo 130 si aplico IRPF en mis facturas?
Si el autónomo realiza una actividad profesional para una empresa u otro profesional, aplica en sus facturas una retención del 15% (7% si está en sus tres primeros años de actividad y elige esta opción).
Esta retención se aplica como pago a cuenta del IRPF del autónomo, pero aún así, existe la obligación de presentar el modelo 130.
Solo hay una excepción, los autónomos en estimación directa dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en una actividad profesional, que practiquen retenciones en sus facturas, no estarán obligados a presentar la declaración trimestral de IRPF o modelo 130, si más del 70% de las facturas emitidas llevan algún tipo de retención.
¿Cómo hacer la declaración trimestral de IRPF?
Los modelos de Hacienda se han ido simplificando con el paso del tiempo, por lo que su presentación resulta ahora mucho más sencilla que unas décadas atrás. No obstante, no hay que confiarse y conviene revisar siempre bien todos los datos, porque cualquier error u omisión puede tener consecuencias a efectos fiscales.
Los pasos básicos que hay que dar para presentar la declaración del IRPF de cada trimestre son:
- Saber qué modelo hay que presentar, el 130 o el 131, según el caso.
- Tener la contabilidad al día, para estar al tanto de los beneficios obtenidos durante el trimestre y de los gastos que se pueden deducir.
- Conocer bien la normativa fiscal para saber qué reducciones y deducciones pueden aplicarse.
- Estar al tanto de los plazos de presentación para cada modelo y no dejarlo para el último momento.
- Acceder a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria para presentar la declaración.
- Asegurarse de tener dinero suficiente en la cuenta en la que se ha domiciliado el pago, en la fecha en la que Hacienda informa que pasará el cargo.
Sanciones por no presentar la declaración trimestral de IRPF
Si la declaración trimestral de IRPF no se presenta en el plazo señalado para ello, pero se cumple la obligación después y sin que se haya producido un requerimiento previo por parte de la Agencia Tributaria, lo que se aplica es el recargo por presentación extemporánea.
Este es de un 1% de la cantidad que corresponde pagar por la declaración, más otro 1% por cada mes completo de retraso. Si pasan más de 12 meses desde la fecha en que terminó el plazo voluntario de presentación, entonces el recargo pasará a ser del 15%.
Además, si se presenta la liquidación y no se efectúa el pago a tiempo, se aplicarán también intereses de demora que no son incompatibles con el recargo que hemos señalado.
Si la declaración se presenta fuera de plazo tras el requerimiento de Hacienda, entonces se inicia un procedimiento sancionador por haber dejado de ingresar todo o parte de la deuda tributaria (artículo 191 de la Ley General Tributaria). En función de la graduación que se dé a la infracción, la sanción tendrá un importe de entre el 50% y el 150% de la cantidad no pagada. No obstante, se aplican reducciones en caso de conformidad y por pronto pago.
Presentar a tiempo y bien la declaración trimestral de IRPF es una de las obligaciones esenciales del autónomo. Hacerlo, puede ahorrarle una gran cantidad de preocupaciones y unos cuantos cientos de euros.