El régimen de estimación directa simplificada es una opción de tributación dentro del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), por la que tributan por sus actividades económicas los empresarios autónomos y los profesionales independientes.
Una de las primeras dudas en materia tributaria que suelen tener estos trabajadores, es la relativa al régimen que se les aplicará para determinar el rendimiento de su actividad.
En este artículo aprenderás:
- ¿Qué es el régimen de estimación directa simplificada?
- Requisitos para poder tributar en estimación directa simplificada
- Diferencias entre la estimación directa simplificada y normal
- Obligaciones contables en estimación directa simplificada
- ¿Cómo saber si estoy en estimación directa simplificada o normal?
- ¿Cómo se calcula el beneficio en estimación directa simplificada?
- Ejemplo de régimen de estimación directa simplificada
¿Qué es el régimen de estimación directa simplificada?
El régimen de estimación directa simplificada es una modalidad de tributación en el IRPF que permite a los autónomos y pequeños empresarios calcular sus impuestos de manera más sencilla.
En este régimen, los contribuyentes declaran sus ingresos y gastos deducibles reales que han tenido durante el ejercicio fiscal, de forma que se calcula el IRPF por los beneficios obtenidos y sin tener que llevar la contabilidad de su negocio.
El régimen de estimación directa simplificada está regulado por la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria, en los artículos del 51 a 53.
Requisitos para poder tributar en estimación directa simplificada
Para poder acogerse al régimen de estimación directa simplificada se deben cumplir ciertos requisitos establecidos por la Agencia Tributaria. Entre ellos se incluyen:
- Límite de facturación: el importe neto de la cifra de negocios del conjunto de todas las actividades no puede superar los 600.000€. Si el año inmediato anterior es el año de inicio de la actividad, el importe neto de la cifra de negocios se elevará al año.
- Caso de que se realicen varias actividades: si la empresa realiza varias actividades, no puede acogerse al régimen de estimación directa simplificada, si alguna de las otras actividades de la empresa se determina:
- Mediante el método de estimación objetiva.
- Mediante el método de estimación directa normal.
- No haber renunciado a su aplicación: obviamente, en el caso de que se haya renunciado a su aplicación no se puede utilizar este método.
Diferencias entre la estimación directa simplificada y normal
Las principales diferencias entre el régimen de estimación directa normal y el régimen de estimación directa simplificada son las relativas a la forma de calcular el rendimiento neto y a las obligaciones mercantiles.
- Cálculo del rendimiento neto reducido: el rendimiento neto reducido se calcula de la misma forma en la modalidad normal que en la simplificada, teniendo en cuenta las reducciones que resulten aplicables y con las siguientes particularidades que son de aplicación al régimen de estimación directa simplificada:
- El inmovilizado material se amortiza de forma lineal y según una tabla simplificada específica para esta modalidad.
- El importe de las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación es el 7% del rendimiento neto positivo, sin incluir esos conceptos, con el límite de 2.000€. Si se aplica esta deducción no se podrá aplicar la reducción para trabajadores autónomos económicamente dependientes o con único cliente no vinculado.
- Libros contables: en estimación directa normal se está obligado a llevar una contabilidad ajustada al código de comercio y según el Plan General de Contabilidad. Por su parte, en estimación directa simplificada solo se está obligado a llevar determinados libros contables que detallamos a continuación.
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Obligaciones contables en estimación directa simplificada
En estimación directa simplificada, las obligaciones contables de los autónomos son menos exigentes que en estimación directa normal. Los libros contables que deben llevarse son los siguientes:
- Libro registro de ventas e ingresos : en él se anotarán con la debida separación, la totalidad de los ingresos derivados del ejercicio de la actividad.
- Libro registro de compras y gastos: en el se anotarán, con la debida separación, la totalidad de los gastos derivados del ejercicio de la actividad.
- Libro registro de bienes de inversión: se registrarán, debidamente individualizados, los elementos patrimoniales afectos a una actividad empresarial o profesional.
- Libro registro de provisiones de fondos y suplidos: se anotarán todas las provisiones de fondos y los suplidos a clientes.
Estos libros contables, también son obligatorios para aquellos autónomos o profesionales en estimación directa normal, pero, tal y como comentamos en el apartado anterior, en estimación directa simplificada no se está obligado a llevar la contabilidad del negocio.
¿Cómo saber si estoy en estimación directa simplificada o normal?
Para determinar en qué régimen de estimación se encuentra un autónomo, es importante analizar su actividad económica y facturación anual. Si el autónomo cumple con los requisitos establecidos y su facturación no supera el límite establecido, entonces puede optar por aplicar el régimen de estimación directa simplificada. En caso contrario, deberá tributar bajo el régimen de estimación directa normal.
Una vez dado de alta se puede consultar la web de la Agencia Tributaria la situación del contribuyente en el apartado de “mis datos censales”. Dentro de esta opción se pude acceder:
- Dentro del apartado “Mis obligaciones” a las obligaciones de presentación de impuestos del obligado tributario.
- Dentro del apartado “Mi situación tributaria” a los regímenes que le son de aplicación y la fecha en la que se ha dado de alta.
¿Cómo se calcula el beneficio en estimación directa simplificada?
El cálculo del beneficio en el régimen de estimación directa simplificada es relativamente sencillo. Para determinar la base imponible, se deben restar los gastos deducibles a los ingresos brutos obtenidos durante el ejercicio fiscal. Los gastos deducibles incluyen los costes directamente relacionados con la actividad económica, como materiales, suministros, servicios externos y alquileres, entre otros.
El cálculo del rendimiento neto y el resultado de la actividad se realizan de la siguiente manera:
- (+) Ingresos computables (totalidad de los ingresos íntegros derivados de las ventas y de la prestación de servicios, así como, el autoconsumo y las subvenciones, entre otros).
- (-) Gastos deducibles (tienen que estar registrados en los libros registro obligatorios, y vinculados al ejercicio de la actividad y ser necesarios para la obtención de los ingresos).
- (-) Amortizaciones (deben ser fiscalmente deducibles y amortizarse de forma lineal según tabla simplificada específica de la Agencia Tributaria para esta modalidad).
- (=) Rendimiento neto
- (-) Provisiones deducibles y gastos de difícil justificación (límite del 7% del rendimiento neto positivo, con el límite de 2.000 €).
- (=) Beneficio o pérdida.
Ejemplo de régimen de estimación directa simplificada
Supongamos que somos un autónomo que presta servicios de consultoría financiera. Nuestra facturación anual ha sido de 60.000€, por lo que cumplimos con el requisito de facturación para acogernos a al régimen de estimación directa simplificada. Al finalizar el ejercicio fiscal, hemos registrado todos nuestros ingresos, inversiones y gastos en los libros registro obligatorios. Los gastos deducibles ascienden a 15.000€ y según las tablas de amortización especificas para el régimen de estimación directa simplificada puedo amortizar 2.000€.
Para determinar nuestro beneficio, restamos los gastos deducibles, las amortizaciones y los gastos de difícil justificación de nuestros ingresos brutos:
- (+) Ingresos computables: 60.000€
- (-) Gastos deducibles: 15.000€
- (-) Amortizaciones: 2.000€
- (=) Rendimiento neto: 43.000€
- (-) Provisiones deducibles y gastos de difícil justificación: 2.000€ (*)
- (=) Beneficio o pérdida: 41.000€
(*) El 7% de 43.000€ es 3.010€ y excede el límite aplicable de 2.000€.
Por lo tanto, el régimen de estimación directa simplificada es una opción atractiva para aquellos autónomos y pequeñas empresas cuya facturación no supera ciertos límites y que buscan una forma más sencilla de calcular y declarar sus impuestos. Al optar por este régimen, se reducen las obligaciones contables, lo que permite una gestión más ágil y menos burocrática de la actividad económica.
En cualquier caso, siempre es recomendable contar con el asesoramiento de un profesional en materia fiscal, para dar respuesta a cualquier duda que pueda surgir en relación al régimen de estimación directa simplificada o normal.