Recibir una notificación de Hacienda siempre es motivo de preocupación para los que somos contribuyentes. Sin embargo, no conviene ser agoreros, porque no todas las comunicaciones que recibimos de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) implican malas noticias.
En cualquier caso, es importante que sepamos qué implica una notificación y qué tenemos que hacer
En este artículo aprenderás:
- ¿Qué es una notificación de Hacienda?
- Tipos de notificaciones de la AEAT
- ¿Cómo se practican las notificaciones de Hacienda?
- ¿Cómo ver una notificación de Hacienda?
- ¿Cuántos días hay para abrir una notificación electrónica de Hacienda y qué pasa si no se abre?
- ¿Qué hacer y cómo contestar una notificación de Hacienda?
- ¿Cómo pagar una notificación de Hacienda?
¿Qué es una notificación de Hacienda?
Una notificación es una comunicación emitida por una Administración Pública, en relación con un acto o una resolución dictada en un proceso que involucra a la propia Administración y a uno o varios ciudadanos.
Si tuviéramos que definirla de una forma muy sencilla, podríamos decir que una notificación administrativa es un acto de comunicación en el que la Administración nos informa de una cuestión que es de nuestro interés. Puede ser, por ejemplo, para hacernos saber que nos han puesto una multa, o para solicitarnos que aportemos más documentación al expediente si queremos obtener una licencia de apertura para nuestro negocio.
En el caso concreto de la notificación de Hacienda, se trata de una comunicación que envía la Agencia Tributaria a un individuo para informarle o avisarle sobre un proceso, o para requerirle documentación o solicitar su comparecencia.
Tipos de notificaciones de la AEAT
Las comunicaciones que practica Hacienda pueden ser de diferente tipo en función de su contenido:
Carta informativa
Es un documento en el que la AEAT informa de un hecho, pero no requiere contestación ni ninguna acción por parte del destinatario. Se envía por carta certificada para poder acreditar la recepción.
Un ejemplo es la notificación de Hacienda que recibe un autónomo cuando solicita el alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), que se limita a informar de que se ha llevado a cabo ese alta.
Notificaciones en procesos de comprobación e inspección
Pueden ser de tres tipos:
- Requerimiento: para solicitar al interesado que aporte documentación o información. Sobre sí mismo o sobre terceras personas respecto a las cuales esté obligado a suministrar información. También se le puede requerir para que comparezca ante la Administración.
- Propuesta de liquidación provisional: es una comunicación en la que Hacienda informa de que no está de acuerdo con una autoliquidación o declaración presentada por el contribuyente, y propone una corrección. El interesado puede presentar alegaciones si no está conforme.
- Resolución del procedimiento: informa al obligado tributario sobre la conclusión a la que ha llegado la AEAT al dar por finalizado un procedimiento de comprobación o inspección.
Providencia de apremio
Esta notificación de Hacienda se expide cuando la deuda tributaria no ha sido pagada dentro del plazo voluntario que se da para ello.
Lo que hace la providencia es abrir un nuevo período de pago, y comunicar cuál es el importe actualizado de la deuda una vez que se ha sumado a la misma el recargo de apremio reducido (equivalente al 10% del importe principal de la deuda). Advirtiendo al deudor de que, si no cumple con el pago en el plazo dado, se aplicará el recargo de apremio ordinario (20%) y se aplicarán intereses de demora. También se le avisa de que, si se mantiene en su incumplimiento, se pueden embargar sus bienes.
Diligencia de embargo
Si tras la comunicación de la providencia de apremio y pasado el plazo de pago dado en la misma, la deuda subsiste en todo o en parte, Hacienda puede embargar bienes del obligado tributario para satisfacer su derecho.
La diligencia de embargo es una comunicación que informa al deudor de que sus bienes han sido embargados.
Notificación de inicio de expediente sancionador
Si Hacienda tiene indicios de que una persona ha cometido una infracción fiscal, utiliza esta comunicación para poner en conocimiento del interesado que está llevando a cabo la correspondiente investigación.
A partir de ese momento, empieza a tramitarse un expediente y es posible que el interesado reciba diferentes notificaciones al respecto. Por ejemplo, si se le requiere para que aporte más información, o si tiene que comparecer para hacer algún trámite.
¿Cómo se practican las notificaciones de Hacienda?
Básicamente hay dos sistemas:
- Notificación en papel.
- Notificación electrónica.
Notificación en papel
El método tradicional para practicar una notificación de Hacienda es a través de correo certificado enviado al domicilio fiscal del destinatario de la comunicación.
El certificado puede ser recogido por cualquier persona mayor de 14 años que esté en el domicilio y haga constar su identidad.
Si no hay nadie en el domicilio, se intentará la notificación una segunda vez en hora diferente. En caso de que no se pueda comunicar la notificación, se deja constancia de este hecho en el expediente administrativo y se publica la comunicación en el boletín oficial que corresponda.
El interesado, si ve la comunicación en el boletín oficial, puede comparecer ante la Administración para ser notificado personalmente. Si no lo hace, pasados 15 días desde la publicación en el boletín oficial, se entiende que el interesado está notificado.
Notificación electrónica
Existen ciertos sujetos que están obligados a relacionarse de forma electrónica con la Administración.
Están obligados a recibir notificaciones electrónicas:
- Personas jurídicas.
- Entidades sin personalidad jurídica.
- Quienes ejerzan una actividad profesional que requiera colegiación obligatoria. Para los trámites administrativos relacionados con esa actividad profesional.
- Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
- Empleados de las Administraciones Pública, para los trámites y actuaciones que realicen con ellas en su condición de empleados públicos.
Estos son notificados a través de la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHu), es decir, mediante una comunicación digital. O mediante comparecencia en la Sede Electrónica de la Administración.
Incluso aquellas personas que no están obligadas a relacionarse de forma telemática con la Administración, pueden escoger ser notificadas a través de la DEHu para ciertos procedimientos.
¿Cómo ver una notificación de Hacienda?
La normativa establece que, incluso cuando se trata de sujetos que no tienen por qué ser notificados por medios electrónicos, la Administración pondrá la notificación a su disposición a través de canales digitales.
Por tanto, cualquier ciudadano puede comprobar si tiene notificaciones. Los pasos a dar son los siguientes:
- Acceder a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
- Identificarse con DNIe, certificado electrónico o Cl@ve.
- Entrar en “Área personal” > “Mis notificaciones”.
Para facilitar la búsqueda, se pueden consultar de una vez todas las notificaciones y comunicaciones recibidas, o acceder directamente a las que constan como no leídas.
¿Cuántos días hay para abrir una notificación electrónica de Hacienda y qué pasa si no se abre?
El interesado tiene un plazo de 10 días naturales (incluye festivos, sábados y domingos) desde la puesta a disposición de la notificación electrónica de Hacienda para acceder a su contenido y que se le dé por notificado.
Si pasado ese tiempo no consta el acceso, se entiende que la notificación ha sido rechazada. Aquí el efecto es el mismo que si se rechaza una notificación en papel. Es decir, que la notificación se da por realizada y despliega todos sus efectos legales, aunque el interesado no conozca su contenido.
Por eso, es importante conocer el sistema de días de cortesía de Hacienda, y recurrir a ellos si durante un tiempo no se va a poder estar pendiente de las notificaciones electrónicas.
¿Qué hacer y cómo contestar una notificación de Hacienda?
La propia notificación de Hacienda detalla claramente qué es lo que debe hacer el destinatario, cuándo, cómo, y en qué plazo. Por eso, es imprescindible leerla bien.
Salvo que se requiera una comparecencia personal del interesado, la forma más sencilla de contestar es a través de la Sede Electrónica de la AEAT.
Basta con identificarse, acudir al apartado de “Contestar requerimientos o presentar documentación relacionada con un documento recibido de la AEAT” e introducir el Código Seguro de Verificación (CSV) que incluye la notificación.
A continuación el interesado puede presentar documentos y formular sus alegaciones. Pero también cabe la posibilidad de dejar esta labor en manos de un representante debidamente autorizado.
¿Cómo pagar una notificación de Hacienda?
Si la notificación incluye la obligación de hacer un pago a Hacienda, se incluye una carta de pago con la que se puede hacer el abono a través de cualquier entidad bancaria o cajero automático.
También es posible hacer el pago con tarjeta de crédito a través de la Sede Electrónica de la AEAT o de su app para el móvil.
Una notificación de Hacienda puede dar lugar a diferentes situaciones y obligaciones, por lo que es importante leerla con detenimiento y actuar lo antes posible. Como has comprobado, en la mayoría de los casos, puedes hacer los trámites totalmente online.