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Capitalizar el paro para hacerse autónomo: ¿en qué consiste y cómo hacerlo?

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Iniciar una nueva aventura empresarial nunca es sencillo, pero lo es un poco más si sabes explotar ciertos recursos. Si estás en situación de desempleo y tienes derecho a una prestación contributiva por este motivo, es posible que puedas solicitar la capitalización del paro, o lo que es lo mismo, cobrarlo todo de golpe para invertirlo en tu nueva fuente de ingresos.

En este artículo aprenderás:

¿Puedo cobrar el paro de golpe si me hago autónomo?

📹 Vídeo explicativo: En el siguiente vídeo explicamos los requisitos y el procedimiento necesario para capitalizar el paro y hacerse autónomo.

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¿Qué es y en qué consiste la capitalización del paro?

La capitalización del paro es una medida que busca fomentar que las personas en estado de desempleo se aventuren a iniciar su propio camino en lo empresarial. Es decir, es un recurso que permite cobrar a la vez la totalidad de la prestación por desempleo que aún le corresponda a la persona que la solicita para que esta pueda hacer una de estas tres cosas:

  1. Darse de alta como trabajador por cuenta propia (autónomo) para convertirse en empresario individual. Eso sí, quedan excluidas aquellas relaciones de autónomo económicamente dependiente de una empresa o grupo en el que se ha trabajado justo antes de iniciar la actividad.
  2. Incorporarse como socio estable a una sociedad laboral de nueva creación o ya establecida, o en su defecto a una cooperativa.
  3. También es posible destinar la capitalización del paro a aportar capital a una entidad mercantil siempre que sea de nueva creación o lleve constituida menos de un año. Además, se deberá desarrollar una actividad profesional en ella, así como mantener un control efectivo sobre la sociedad y estar dado de alta en el RETA.

¿Quién puede solicitar el pago único del desempleo?

Por desgracia, aunque supone un gran impulso para volver al mercado laboral con un proyecto ilusionante, no todo el mundo puede solicitar la capitalización del paro. Conviene saber que hay que cumplir una serie de requisitos, aunque lo cierto es que, bien mirados, todos ellos tienen bastante sentido.

Lo primero, claro está, es estar en disposición de cobrar una prestación contributiva por desempleo. Eso sí, en caso de que esta provenga de un cese de actividad, la cantidad de meses por cobrar que se requieren para poder aspirar a la capitalización es mayor que el que se le exige a un extrabajador por cuenta propia.

🔗 Ampliar información: Si quieres saber más información sobre la posibilidad de compatibilizar el paro con ser autónomo te recomendamos que leas nuestro artículo específico.

Requisitos para capitalizar el paro

  • Si tu intención es unirte a una cooperativa y sus estatutos estipulan que debes superar un periodo de prueba, deberás haberlo superado a fecha de la petición de capitalización.
  • Para cobrar el pago único, no debes haberlo hecho, en ninguna de sus modalidades, en los 48 meses inmediatamente anteriores.
  • Además, si has compatibilizado la prestación contributiva por desempleo con tu trabajo como autónomo en los 24 meses inmediatamente anteriores a tu solicitud, tampoco te corresponderá la capitalización.
  • El cuarto punto es muy claro. En primer lugar, para optar a la capitalización del paro debes estar en situación de poder cobrar una prestación contributiva por desempleo. De ser así, acceder a ella dependerá de su naturaleza.
    • De la última relación laboral fue por cuenta ajena, deberán quedarte por cobrar al menos tres mensualidades.
    • En caso de estar cobrándola por un cese de actividad como autónomo, deberán restarte al menos seis.
  • Por último, si has decidido denunciar a tu empresa porque consideras que tu despido fue improcedente, no podrás solicitar la capitalización hasta que se resuelva el contencioso.

¿Puedo capitalizar el paro si soy autónomo?

La capitalización del paro es una modalidad que permite cobrar el desempleo como asalariado para emprender un negocio.

Por lo tanto, las personas que ya están dadas de alta como autónomo no pueden capitalizar el paro, puesto que ya son trabajadores por cuenta propia y no tienen derecho a percibir el desempleo.

La única manera que hay de capitalizar el paro es estar en situación de desempleo, tener derecho a la prestación y formalizar la solicitud de capitalización siguiendo los pasos que se han comentado en líneas anteriores. También cabe la posibilidad de compatibilizar la prestación por desempleo y el trabajo por cuenta propia, pero en cualquier caso la solicitud se tendrá que formalizar antes de haber cursado el alta.

Una vez que ya eres autónomo y estás dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), la única manera de tener acceso al paro es cumpliendo alguno de los requisitos del cese de actividad para cobrar el paro de los autónomos.

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Modalidades de capitalización del paro para autónomos

Cuando hablamos de modalidades de capitalización del paro, hablamos de cómo puedes decidir cobrar el dinero que normalmente te llegaría en cómodas mensualidades. A día de hoy existen dos opciones igual de válidas que buscan amoldarse al máximo posible a tu situación y a las que podrás acogerte sin ningún tipo de problema.

  1. Si tu nueva actividad requiere de una inversión económica, podrás financiar hasta el 100% de la cantidad que te quedaba por percibir de tu prestación contributiva por desempleo. ¿Y si no lo necesitas todo? En ese caso podrás coger el porcentaje que necesites e ir cobrando el resto mes a mes en forma de compensación de las cuotas de autónomos, una opción que te aliviará bastante los inicios.
  2. En caso de no necesitar ningún tipo de inversión, podrás dedicar el 100% de tu capitalización a ir pagando dichas cuotas mensuales.
  3. Combinación de paro y cuotas. Los autónomos pueden también escoger la opción de capitalizar una parte de su prestación y percibir el resto en forma de bonificación de sus cuotas durante los primeros meses”

🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre la posibilidad de compatibilizar el paro con ser autónomo te recomendamos que leas nuestro artículo específico

¿Es posible compatibilizar la prestación por desempleo y el alta como autónomo?

Es posible que estés preguntándote si es posible compaginar tu prestación por desempleo con tu nueva actividad como autónomo, ¿verdad? Pues antes habríamos tenido que explicarte unas cuantas cosas en función de tu edad, pero la verdad es que, tras el cambio en la legislación en el año 2015, es bastante sencillo:

  • Si quieres, puedes compatibilizar tu prestación contributiva por desempleo con tu actividad por cuenta propia durante 9 meses. Si te das de baja antes de cumplir dicho periodo de tiempo no ocurrirá nada, seguirás cobrándola el tiempo que te reste.
  • En caso de superar el noveno mes, la prestación quedará congelada hasta el 60º mes. Si te das de baja antes, podrás retomar tu prestación donde la dejaste, mientras que si continúas con tu actividad dicha cantidad se perderá

¿Qué condiciones hay que cumplir para compatibilizar el paro y ser autónomo?

Ya sospecharías que esto tampoco iba a resultar tan sencillo, ¿verdad? Lo cierto es que, el igual que para solicitar la propia capitalización, necesitar reunir una serie de requisitos para poder cobrar tu prestación por desempleo mientras desarrollas tu actividad como trabajador por cuenta propia:

  1. Deberás solicitarlo dentro de tus primeros 15 días como autónomo. Si te pasas, aunque solo sean unas horas, habrás perdido la opción.
  2. Tu trabajo inmediatamente anterior no ha podido ser por cuenta propia.
  3. Si has cobrado algún tipo de prestación o ventaja fiscal como el pago único en los últimos 24 meses, tampoco podrás beneficiarte de esta medida.
  4. Si vas a trabajar como autónomo para el último empresario que te tuvo a sueldo, tampoco podrás compatibilizar las dos situaciones.

¿Dónde solicitar el pago único?

Existen cuatro vías para solicitar la capitalización del paro:

  1. La sede electrónica del SEPE.
  2. Acudiendo a una oficina física (hay que pedir cita en el link de la línea superior).
  3. En cualquier oficina de registro público.
  4. Mediante un correo administrativo.

Pasos a seguir para comenzar a capitalizar el paro

Sin duda, una de las partes del artículo de hoy que más estarías esperando. Vamos a contarte, de manera muy sencilla, cómo solicitar la capitalización de tu prestación por desempleo, ¡atiende!

1. Documentación

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
  • Extranjeros y extranjeras con residencia legal en España:
    • Nacionales de la Unión Europea: Certificado de registro de ciudadano/a de la Unión Europea en el que consta el NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen.
    • No nacionales de la Unión Europea: Tarjeta de Identidad de Extranjero/a (TIE) en la que consta el NIE, y el pasaporte.
  • Memoria explicativa sobre el proyecto de la actividad a desarrollar y de la inversión a realizar, salvo que se solicite exclusivamente la modalidad de subvención de cuotas a la Seguridad Social.

2. Solicitud

La capitalización del paro es un trámite de lo más habitual, de ahí que no sea demasiado complicado llevarlo a cabo. Lo único que hay que rellenar es el impreso de solicitud de pago único.

3. Obligaciones

Además de las ya mencionadas, como el hecho de tener que iniciar la nueva actividad laboral dentro de los 30 días posteriores a recibir el pago, tendrás que presentar distinta documentación en función de tu situación:

  • Documentos que atestiguan la creación de una cooperativa, de una sociedad laboral o mercantil o que te has unido en las condiciones estipuladas a una ya existente.
  • En caso de hacerte autónomo, documentación que demuestre el alta como tal. y un justificante de tu inversión.

❗️DATO CLAVE: Probar que se han cumplido las normas y que se ha hecho dentro del plazo marcado por la legislación nos ahorrará más de un susto y nos evitará alguna que otra falta grave con la Administración.

¿Si capitalizo el paro cuánto tiempo tengo que seguir siendo autónomo?

Una de las preguntas más frecuentes de los emprendedores es cuánto tiempo tienen que seguir siendo autónomos si han capitalizado el paro para darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

El Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) no marca a día de hoy ningún plazo en el que los autónomos tengan que mantenerse de alta en el RETA si han capitalizado el paro.

Lo que sí es obligatorio, independientemente de que el negocio fracase, es justificar adecuadamente el uso que se le ha dado al dinero recibido por la capitalización del paro. Este dinero tiene que ir destinado a inversiones en el negocio.

El autónomo tiene la obligación de justificar el destino de los fondos recibidos presentando facturas y documentación que acredite la realización del proyecto al que se había comprometido al solicitar la capitalización del paro.

Esto se deberá presentar ante el SEPE  junto con un informe de finalización de la actividad o formación y una memoria explicativa de los resultados 

¿En caso de cierre, hay que devolver el dinero?

Como se ha dicho en líneas anteriores, el emprendedor que capitaliza el paro no se compromete a mantenerse de alta durante un plazo determinado ni, por supuesto, tampoco está obligado a tener abierto su negocio si finalmente no funciona.

Por lo tanto, el SEPE no puede solicitar en ningún caso el reembolso del dinero por haber cerrado el negocio. Lo que sí puede pedir es que se devuelva el dinero si no se ha justificado correctamente el uso de los fondos al capitalizar el paro.

Errores al querer capitalizar el paro

A pesar de todo lo que te hemos contado, es habitual caer en ciertos errores que pueden salirte muy caros. En Quipu queremos ayudarte a evitarlos, así que aquí tienes lo más habituales:

  • Presta muchísima atención a los plazos impuestos por la ley, ¡que no se te pasen!
  • El dinero del pago único debe ir íntegramente destinado a iniciar tu nueva actividad laboral.
  • Si cesas tu actividad antes de 5 años, tendrás que declarar el IRPF correspondiente a la cantidad recibida.
  • Haz tus cuentas sin incluir el IVA en la memoria, ya que el dinero de la capitalización del paro no puede destinarse a este propósito.

Foto del autor

VALIDADO POR

Roger Dobaño - CEO Quipu

Roger es CEO y Fundador de Quipu, un software en la nube que lleva +10 años ayudando a autónomos, pymes y asesorías a digitalizar su operativa precontable. A raíz de una mala experiencia como autónomo, Roger se propuso crear un programa que acompañara a los empresarios a lidiar con la administración.