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Régimen general del IVA: qué es y a quién aplica

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En este artículo de nuestro blog daremos una visión general del régimen general del IVA en España. Hablaremos de la ley que lo regula, de quién puede beneficiarse de él y de las obligaciones que deben cumplir las empresas. También compararemos el régimen general del IVA con el régimen simplificado del IVA para que puedas entender mejor la diferencia entre ambos.

En este artículo aprenderás:

¿Qué es el régimen general del IVA?

El Régimen general del IVA es el régimen más común para la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en España. Se trata de un régimen de IVA de carácter obligatorio para todas las actividades “generales”, es decir, aquellas a las que no aplica un régimen especial. Estar en el régimen general del IVA significa que una actividad no puede acogerse a un régimen especial del IVA, como puede ser IVA reducido o estar exento de pagar el IVA.

Las empresas y autónomos que tributan en el régimen general del IVA tienen la obligación de cobrar el IVA en todas las entregas de bienes y servicios que realicen. Además, para tributar correctamente en el régimen general del IVA se debe llevar un registro preciso de todas las transacciones y presentar periódicamente declaraciones de IVA a las autoridades fiscales españolas. Te lo contamos más adelante en este artículo.

¿Qué Ley regula el régimen general del IVA?

En España la normativa legal que regula el régimen general del IVA es la Ley 37/1992, de 28 de Diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Esta ley regula los aspectos generales sobre el IVA en España y enumera los diferentes tipos de regímenes de IVA (general o especiales).

Esta normativa recoge todas las características del régimen general del IVA así como cuáles son los requisitos de cada régimen de tributación especial. Por ejemplo, existen regímenes especiales para agricultura y pesca, venta electrónica o inversión en oro. ¿Es el régimen general del IVA para tu negocio? Leer la Ley puede ser un camino largo y tedioso, sigue leyendo y te lo contamos nosotros.

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¿Quién puede acogerse al régimen general del IVA?

Deben tributar por el régimen general del IVA todas las personas, ya sean físicas o jurídicas, que desarrollan una actividad económica y que no pueden acogerse o renuncia al régimen simplificado del IVA ni a ninguno de los regímenes especiales del IVA existentes hoy en día.

En este caso, a no ser que la actividad esté exenta de IVA, quienes se acojan al régimen de tributación de IVA general deberán gravar sus ventas de productos o servicios con el tipo aplicable que corresponda, marcado por ley y que va del 4 al 21% en función de la actividad.

🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre los tipos de IVA que existen en España te recomendamos que leas nuestro artículo específico.

¿Qué obligaciones conlleva el acogerse al régimen general del IVA?

Las empresas que tributan en el régimen general del IVA en España tienen una serie de obligaciones para tributar correctamente. Si tu empresa está acogida al régimen general del IVA, debe cobrar el IVA por todas las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realice en España. También debe llevar un registro preciso de todas las transacciones y presentar regularmente declaraciones de IVA a las autoridades fiscales españolas.

Estas son las obligaciones de aquellos que tributan con el régimen general del IVA:

  • Documentar los ingresos con la emisión, entrega y conservación de facturas de ventas, normalmente con facturas ordinarias o en algunas situaciones con facturas simplificadas si el importe es inferior a 3.000 euros (IVA incluido).
  • Documentar todas las compras con facturas de gastos. Los autónomos y empresas deben exigir factura a sus proveedores de productos o servicios para poder declarar estos gastos y deducir así el IVA soportado en su declaración del IVA. 
  • Registrar todos los movimientos de contabilidad en los libros registro. Existen una serie de “libros” o registros que permiten ver los detalles contables como son el Libro registro de facturas expedidas, el Libro registro de facturas recibidas, el Libro registro de bienes de inversión o el Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias. Conjuntamente se conocen como los libros de IVA.
  • Presentar las declaraciones del IVA periódicas que correspondan, de forma mensual o trimestral, como es la presentación del modelo 303 del IVA. 
  • Presentar una declaración del IVA de resumen anual. Esta presentación se hace a través del modelo 390, entre el 1 y el 30 del mes de enero del año siguiente. A excepción de aquellos que lleven sus Libros registro a través de la Sede electrónica de la AEAT (sistema SII) y otras excepciones, como aquellos que realicen exclusivamente actividades que tributen en régimen simplificado del IVA y/o arrendamiento de bienes inmuebles urbanos.

¿Cuál es la diferencia entre el régimen general del IVA y el régimen simplificado?

Existen varias diferencias entre el régimen general del IVA y el régimen simplificado, pues se utilizan en actividades diferentes. Mientras que el régimen general del IVA aplica a una gran parte de la economía y rige la tributación de la gran mayoría de negocios, el régimen simplificado es un régimen especial que solo afecta a algunos profesionales autónomos, y esto nos hace entender mejor su naturaleza.

🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre las diferencias entre el régimen general y el régimen simplificado de IVA te recomendamos que leas nuestro artículo específico.

El régimen simplificado de IVA, también denominado como tributación por módulos, es aquel que permite calcular cuotas e ir adelantando cantidades a lo largo del año para minimizar el golpe económico al final del ejercicio. Por otro lado, en el régimen general del IVA, se ha de seguir otro proceso general, y no simplificado, para gestionar el pago del IVA, que es el que queda marcado en las mencionadas obligaciones.


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VALIDADO POR

Inmaculada Romero - Contasult

Inmaculada es directora del departamento fiscal y contable de Contasult en su oficina de Algeciras. Graduada en Administración y Dirección de Empresas por la Universidad de Cádiz con obtención del Premio Extraordinario y Máster en Contabilidad y Auditoría.